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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE OCTUBRE DEL AÑO 2018 (30/10/2018)

CANTIDAD DE PAGINAS: 160

TEXTO PAGINA: 80

80 NORMAS LEGALES Martes 30 de octubre de 2018 / El Peruano Que, el artículo 1 del Decreto Legislativo Nº 1068, Decreto Legislativo del Sistema de Defensa Jurídica del Estado, dispone como fi nalidad del sistema fortalecer, unifi car y modernizar la defensa jurídica del Estado en el ámbito local, regional, nacional, supranacional e internacional, en sede judicial, militar, arbitral, Tribunal Constitucional, órganos administrativos e instancias de similar naturaleza, arbitrajes y conciliaciones; Que, el numeral 10.1 del artículo 10 del Decreto Legislativo Nº 1068 establece que el Consejo de Defensa Jurídica del Estado evalúa y propone al Presidente de la República la designación de los Procuradores Públicos del Poder Ejecutivo, quienes son designados mediante Resolución Suprema con refrendo del Presidente del Consejo de Ministros, del Ministro de Justicia y Derechos Humanos y del Ministro del sector correspondiente; Que, el literal b) del artículo 7 del Decreto Legislativo Nº 1068, establece que es atribución y obligación del Consejo de Defensa Jurídica del Estado, proponer la designación de los Procuradores Públicos del Poder Ejecutivo; Que, el numeral 12.1 del artículo 12 del Decreto Legislativo Nº 1068, estipula que los Procuradores Públicos del Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial y de los Organismos Constitucionalmente Autónomos ejercen la defensa jurídica del Estado de acuerdo la Constitución, al presente Decreto Legislativo y su Reglamento; Que, mediante Sesión Extraordinaria del 2 de octubre de 2018, el Consejo de Defensa Jurídica del Estado acordó proponer la designación del abogado Robert Alberto Lazaro Gonzalez como Procurador Público de la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 de la Constitución Política del Perú; la Ley Nº 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; el Decreto Legislativo Nº 1068, Decreto Legislativo del Sistema de Defensa Jurídica del Estado; y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-2008-JUS; SE RESUELVE: Artículo 1.- Designar al abogado Robert Alberto Lázaro González, como Procurador Público de la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías. Artículo 2.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Justicia y Derechos Humanos y el Ministro de Transportes y Comunicaciones. Regístrese, comuníquese y publíquese.MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República CÉSAR VILLANUEVA ARÉVALO Presidente del Consejo de Ministros VICENTE ANTONIO ZEBALLOS SALINAS Ministro de Justicia y Derechos Humanos EDMER TRUJILLO MORI Ministro de Transportes y Comunicaciones 1707407-11 PRODUCE Designan Presidenta Ejecutiva del Organismo Nacional de Sanidad Pesquera (SANIPES) RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 015-2018-PRODUCE Lima, 29 de octubre de 2018VISTO: El Informe N° 0006-2018-PRODUCE/DVPA del Despacho Viceministerial de Pesca y Acuicultura; y, CONSIDERANDO:Que, la Ley N° 30063, Ley de creación del Organismo Nacional de Sanidad Pesquera (SANIPES) y modi fi catorias, dispone en el artículo 2, la creación del SANIPES como organismo técnico especializado adscrito al Ministerio de la Producción, encargado de normar, supervisar y fi scalizar las actividades de sanidad e inocuidad pesquera, acuícola y de piensos de origen hidrobiológico, en el ámbito de su competencia; asimismo, establece que el citado organismo cuenta con personería jurídica de derecho público interno, con autonomía técnica, funcional, económica, fi nanciera y administrativa; y constituye pliego presupuestal; Que, el artículo 8 de la precitada Ley, señala, entre otros aspectos, que el Presidente Ejecutivo del SANIPES tiene la condición de funcionario público de libre designación y remoción; es designado por resolución suprema a propuesta del Ministro de la Producción, en mérito a su experiencia profesional, especialidad y trayectoria personal; Que, mediante el artículo 2 de la Resolución Suprema N° 012-2018-PRODUCE, se encarga al señor Javier Fernando Miguel Atkins Lerggios, Viceministro de Pesca y Acuicultura del Ministerio de la Producción, el cargo de Director Ejecutivo del SANIPES, ahora Presidente Ejecutivo del SANIPES, en tanto se designe al titular; Que, al encontrarse vacante el cargo de Presidente Ejecutivo del SANIPES, corresponde designar al funcionario que desempeñará el citado cargo; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley N° 30063, Ley de creación del Organismo Nacional de Sanidad Pesquera (SANIPES) y modi fi catorias; SE RESUELVE:Artículo 1.- Dar por concluido el encargo de la Dirección Ejecutiva del Organismo Nacional de Sanidad Pesquera (SANIPES), ahora Presidencia Ejecutiva, al señor Javier Fernando Miguel Atkins Lerggios, Viceministro de Pesca y Acuicultura del Ministerio de la Producción, efectuado mediante el artículo 2 de la Resolución Suprema N° 012-2018-PRODUCE, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Designar a la señora Mónica Patricia Saavedra Chumbe en el cargo de Presidenta Ejecutiva del Organismo Nacional de Sanidad Pesquera (SANIPES). Artículo 3.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Ministro de la Producción. Regístrese, comuníquese y publíquese.MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República RAÚL PÉREZ-REYES ESPEJO Ministro de la Producción 1707407-12 Autorizan viaje de profesional del IMARPE a Chile, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 473-2018-PRODUCE Lima, 29 de octubre de 2018VISTOS: El documento de fecha 07 de setiembre de 2018 de la Facultad de Ciencias de la Universidad Católica de la Santísima Concepción; el Memorando Nº 490-2018-IMARPE/DGIA, de la Dirección General de Investigaciones en Acuicultura del Instituto del Mar del Perú - IMARPE; el Memorándum Nº 963-2018-IMARPE/