Norma Legal Oficial del día 31 de octubre del año 2018 (31/10/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 110

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NORMAS LEGALES

Miércoles 31 de octubre de 2018 /

El Peruano

órganos de gobierno local, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, lo cual es concordante con lo dispuesto en el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972 y, que dicha autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el artículo 29º del Texto Único Ordenado del Código Tributario aprobado mediante Decreto Supremo Nº 133-203-EF, establece que el plazo para el pago de la deuda tributaria podrá ser prorrogado con carácter general por la Administración Tributaria; Que, mediante Ordenanza Nº 287-2017/MLV publicada el 27 de setiembre de 2018, se aprobaron los Incentivos Tributarios y No Tributarios por pago al contado o fraccionado hasta el Ejercicio 2018 y descuento en Arbitrios Municipales por pago al contado hasta el Ejercicio 2018, la misma que tiene vigencia hasta el 31 de octubre del presente año; Que, la Cuarta Disposición Final y Transitoria de la Ordenanza Nº 287-2018/MLV, faculta al señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía pueda ampliar la vigencia de los incentivos tributarios otorgados por la precitada ordenanza; Que, mediante Informe Nº 087-2018-GSAT/MLV de fecha 15 de octubre del 2018, la Gerencia de Servicio de Administración Tributaria, solicita la prórroga del plazo de vigencia de los alcances de la Ordenanza Nº 287-2018/MLV hasta el 30 de noviembre del 2018, a fin de otorgar facilidades a los contribuyentes para que cumplan oportunamente con el pago de sus obligaciones tributarias; y a la vez, poder cumplir con la proyección de ingresos establecidos para los meses de junio y julio del Ejercicio 2018; Que, mediante el Informe Nº 988-2018-GAJ/MDLV de fecha 15 de octubre del 2018, la Gerencia de Asesoría Jurídica opina que se emita el decreto de alcaldía que prorroga el plazo de vencimiento de los "Incentivos Tributarios y No Tributarios por Pago al Contado o Fraccionado hasta el Ejercicio 2018 y Descuento en Arbitrios Municipales por Pago al Contado hasta el Ejercicio 2018" contempladas en la Ordenanza Nº 2872018/MLV; Estando a lo expuesto y en ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo 20º numeral 6) y artículo 42º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972 y de conformidad con la Cuarta Disposición Complementaria y Final de la Ordenanza Nº 287-2018/MLV; SE DECRETA: Artículo Primero.- PRORROGAR hasta el 30 de noviembre del 2018, la vigencia de la Ordenanza Nº 287-2018/MLV que otorga "Incentivos Tributarios y No Tributarios por Pago al Contado o Fraccionado hasta el Ejercicio 2018 y Descuento en Arbitrios Municipales por Pago al Contado hasta el Ejercicio 2018", de conformidad con las consideraciones expuestas en el presente decreto. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Servicios de Administración Tributaria y sus unidades orgánicas correspondientes, el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía; a la Secretaría General en coordinación con la Sub Gerencia de Logística y Control Patrimonial, su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Sub Gerencia de Imagen Institucional la efectiva difusión del presente Decreto de Alcaldía, y a la Sub Gerencia de Tecnología de la Información, la publicación en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de La Victoria (www.munilavictoria. gob.pe). Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. HARRY MAX CASTRO DURAND Alcalde 1707422-1

MUNICIPALIDAD DE LINCE
Declaran día no laborable en la Municipalidad el 5 de noviembre de 2018
DECRETO DE ALCALDÍA Nº 012-2018-MDL Lince, 25 de octubre de 2018 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE LINCE; VISTO: El Informe N° 139-2018-MDL-GAF de fecha 15 de octubre de 2018, emitido por la Gerencia de Administración y Finanzas, Informe N° 579-2018-MDLGAJ de fecha 24 de octubre de 2018, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú, en su artículo 74º y 194°, reconoce a los Gobiernos Locales autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; Que, mediante Informe N° 139-2018-MDL-GAF de fecha 15 de octubre de 2018, la Gerencia de Administración y Finanzas señala que como parte de las acciones preparatorias para la transferencia de gestión, se tiene planeado organizar, en conformidad con el plan de bienestar de la Subgerencia de Recursos Humanos, actividades fuera del local municipal a fin de mejorar el clima laboral entre los trabajadores, motivo por el cual se requeriría declarar como DÍA NO LABORABLE el día 05 de noviembre próximo; salvaguardando la continuidad de los servicios públicos municipales; Que, mediante Informe N° 579-2018-MDL-GAJ de fecha 24 de octubre de 2018, la Gerencia de Asesoría Jurídica señala que, desde el 05 de noviembre del año de 1979, se instauró a nivel nacional el DÍA DEL TRABAJADOR MUNICIPAL, por lo que las autoridades ediles hacen un alto en sus labores en reconocimiento al desempeño y esfuerzo de sus trabajadores; en consecuencia, el órgano asesor muestra su conformidad para que se declare DÍA NO LABORABLE el lunes 05 de noviembre del año en curso; Que, estando a lo expuesto y conforme a las atribuciones conferidas por el numeral 6) del artículo 20º de la Ley 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA: Artículo Primero.DECLARAR DÍA NO LABORABLE el lunes 05 de noviembre de 2018, por las razones expuestas en la parte considerativa del presente Decreto. Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia Municipal en coordinación con las Gerencias y Subgerencias, de acuerdo a sus competencias, disponga la dotación del personal necesario para la continuidad de los servicios públicos municipales. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario Oficial El Peruano. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Subgerencia de Informática y Tecnología la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Portal de la Municipalidad Distrital de Lince y a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen su difusión correspondiente. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. MARTÍN PRINCIPE LAINES Alcade 1707550-1

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