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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE ABRIL DEL AÑO 2019 (01/04/2019)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 12

12 NORMAS LEGALES Lunes 1 de abril de 2019 / El Peruano señalados en la Resolución Ministerial N° 050-2001-EM- SG, que regula el Procedimiento para la o fi cialización de eventos nacionales por parte del Ministerio de Energía y Minas, a solicitud de entidades públicas o privadas, por lo que resulta procedente disponer la o fi cialización del mencionado evento; De conformidad con la Ley Nº 30705, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, aprobado por Decreto Supremo N° 031-2007-EM, y sus modi fi catorias; y la Resolución Ministerial N° 050-2001-EM-SG; SE RESUELVE:Artículo Único.- Ofi cializar el evento denominado “Perú Energía 2019”, a realizarse los días 27 y 28 de mayo de 2019, en la ciudad de Lima, República del Perú. Regístrese, comuníquese y publíquese.FRANCISCO ISMODES MEZZANO Ministro de Energía y Minas 1755373-1 Recomponen el Comité para la Igualdad de Género del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 091-2019-MEM/DM Lima, 28 de marzo de 2019VISTOS: El Informe N° 020-2019-MEM/OGPP- OPPIC, de la O fi cina de Planeamiento, Programación de Inversiones y Cooperación Internacional de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto; y el Informe N° 315-2019-MEM/OGAJ, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Energía y Minas; CONSIDERANDO:Que, el artículo 2 inciso 2 de la Constitución Política del Perú, establece que todas las personas tienen derecho a la igualdad ante la ley, por tanto, nadie debe ser discriminado por motivo de origen, raza, sexo, idioma, religión, opinión, condición económica o de cualquiera otra índole; Que, la Ley N° 28983, Ley de Igualdad de Oportunidades entre Mujeres y Hombres dispone que el Estado Peruano, en sus tres niveles de gobierno debe adoptar todas las acciones necesarias para que mujeres y hombres alcancen el goce y ejercicio de sus derechos, sin ningún tipo de discriminación en todas las esferas de su vida pública y privada; Que, el “Plan Nacional de Igualdad de Género 2012- 2017” aprobado por Decreto Supremo N° 004-2012-MIMP ha establecido 08 objetivos estratégicos de cumplimiento al 2017, estando el primero referido a promover y fortalecer la transversalización del enfoque de género en los tres niveles de gobierno; Que, en el marco de las normas antes indicadas, mediante Decreto Supremo N° 005-2017-MIMP, se dispone que en las entidades públicas del Gobierno Nacional y de los Gobiernos Regionales se cree un mecanismo – comisión, comité o grupo de trabajo para la Igualdad de Género; con el objetivo de coordinar, articular y fi scalizar la incorporación del enfoque de género en las políticas y gestión institucional, a fi n de promover el cierre de brechas de género y la igualdad entre mujeres y hombres, en el marco de la implementación y cumplimiento de la política nacional en materia de igualdad de género; Que, mediante la Resolución Ministerial N° 394- 2017-MEM/DM, se creó el Comité para la Igualdad de Género del Ministerio de Energía y Minas, el cual tiene las funciones de elaborar el Plan de actividades, proponer estrategias, monitorear e informar sobre los avances y resultados de las políticas de igualdad de género de competencia de la entidad; Que, en el marco del Decreto Supremo N° 021-2018- EM, que modi fi có el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, la Secretaría General del Ministerio de Energía y Minas por encargo del Ministro de Energía y Minas, solicita emitir el acto resolutivo a fi n de recomponer el Comité para la Igualdad de Género del Ministerio de Energía y Minas creado mediante Resolución Ministerial N° 394-2017-MEM/DM; Que, mediante Memorando N° 0046-2019/MEM- VMM, de fecha 14 de febrero de 2019, el Viceministro de Minas del Ministerio de Energía y Minas designa a El/la Director/a de Sostenibilidad y Articulación Minera de la Dirección General de Promoción y Sostenibilidad Minera, en su representación ante el citado Comité; Que, posteriormente, mediante el Memorando N° 0055-2019/MEM-VMH, de fecha 21 de febrero de 2019, el Viceministro de Hidrocarburos del Ministerio de Energía y Minas designa a El/la Director/a General de Asuntos Ambientales de Hidrocarburos, en su representación ante el citado Comité; Que, en ese sentido, resulta necesario emitir el acto resolutivo a fi n de recomponer la composición del Comité para la Igualdad de Género del Ministerio de Energía y Minas, dejando subsistentes las demás disposiciones de la Resolución Ministerial N° 394-2017-MEM/DM; De conformidad con lo dispuesto en el inciso 2 del artículo 2 de la Constitución Política del Perú, en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; en la Ley N° 30705, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas; los artículos 1, 2, 3, 4, 5 y 6 del Decreto Supremo N° 005-2017-MIMP; y en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas aprobado por Decreto Supremo N° 031-2007-EM, y sus modi fi catorias; SE RESUELVE:Artículo 1.- Recomponer el Comité para la Igualdad de Género del Ministerio de Energía y Minas, creado mediante Resolución Ministerial N° 394-2017-MEM/DM, quedando de la siguiente manera: • La señorita Giovanna Fabiola Vélez Fernández, Asesora del despacho de la Secretaría General de la entidad, en representación del Titular de la entidad, quien lo preside. • El/la Director/a General de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, quien actúa como Secretaría Técnica. • El/la Director/a de la O fi cina de Recursos Humanos. • El/la Director/a de la O fi cina de Imagen Institucional y Comunicaciones. • El/la Director/a General de la Dirección General de Efi ciencia Energética, en representación del Despacho Viceministerial de Electricidad. • El/la Director/a de Sostenibilidad y Articulación Minera de la Dirección General de Promoción y Sostenibilidad Minera, en representación del Despacho Viceministerial de Minas. • El/la Director/a General de Asuntos Ambientales de Hidrocarburos, en representación del Despacho Viceministerial de Hidrocarburos. Los integrantes del Comité para la Igualdad de Género del Ministerio de Energía y Minas deben designar a su representante alterno, mediante comunicación dirigida a la Presidencia del Comité. Artículo 2.- Dejar subsistentes las demás disposiciones de la Resolución Ministerial N° 394-2017-MEM/DM. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Portal Institucional del Ministerio de Energía y Minas (www.minem.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. FRANCISCO ISMODES MEZZANO Ministro de Energía y Minas 1755382-1