Norma Legal Oficial del día 01 de abril del año 2019 (01/04/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 12

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NORMAS LEGALES

Lunes 1 de abril de 2019 /

El Peruano

señalados en la Resolución Ministerial N° 050-2001-EMSG, que regula el Procedimiento para la oficialización de eventos nacionales por parte del Ministerio de Energía y Minas, a solicitud de entidades públicas o privadas, por lo que resulta procedente disponer la oficialización del mencionado evento; De conformidad con la Ley Nº 30705, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, aprobado por Decreto Supremo N° 031-2007-EM, y sus modificatorias; y la Resolución Ministerial N° 050-2001-EM-SG; SE RESUELVE: Artículo Único.- Oficializar el evento denominado "Perú Energía 2019", a realizarse los días 27 y 28 de mayo de 2019, en la ciudad de Lima, República del Perú. Regístrese, comuníquese y publíquese. FRANCISCO ISMODES MEZZANO Ministro de Energía y Minas 1755373-1

Recomponen el Comité para la Igualdad de Género del Ministerio
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 091-2019-MEM/DM Lima, 28 de marzo de 2019 VISTOS: El Informe N° 020-2019-MEM/OGPPOPPIC, de la Oficina de Planeamiento, Programación de Inversiones y Cooperación Internacional de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; y el Informe N° 315-2019-MEM/OGAJ, de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Energía y Minas; CONSIDERANDO: Que, el artículo 2 inciso 2 de la Constitución Política del Perú, establece que todas las personas tienen derecho a la igualdad ante la ley, por tanto, nadie debe ser discriminado por motivo de origen, raza, sexo, idioma, religión, opinión, condición económica o de cualquiera otra índole; Que, la Ley N° 28983, Ley de Igualdad de Oportunidades entre Mujeres y Hombres dispone que el Estado Peruano, en sus tres niveles de gobierno debe adoptar todas las acciones necesarias para que mujeres y hombres alcancen el goce y ejercicio de sus derechos, sin ningún tipo de discriminación en todas las esferas de su vida pública y privada; Que, el "Plan Nacional de Igualdad de Género 20122017" aprobado por Decreto Supremo N° 004-2012-MIMP ha establecido 08 objetivos estratégicos de cumplimiento al 2017, estando el primero referido a promover y fortalecer la transversalización del enfoque de género en los tres niveles de gobierno; Que, en el marco de las normas antes indicadas, mediante Decreto Supremo N° 005-2017-MIMP, se dispone que en las entidades públicas del Gobierno Nacional y de los Gobiernos Regionales se cree un mecanismo ­ comisión, comité o grupo de trabajo para la Igualdad de Género; con el objetivo de coordinar, articular y fiscalizar la incorporación del enfoque de género en las políticas y gestión institucional, a fin de promover el cierre de brechas de género y la igualdad entre mujeres y hombres, en el marco de la implementación y cumplimiento de la política nacional en materia de igualdad de género; Que, mediante la Resolución Ministerial N° 3942017-MEM/DM, se creó el Comité para la Igualdad de Género del Ministerio de Energía y Minas, el cual tiene las funciones de elaborar el Plan de actividades, proponer estrategias, monitorear e informar sobre los avances y resultados de las políticas de igualdad de género de competencia de la entidad;

Que, en el marco del Decreto Supremo N° 021-2018EM, que modificó el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, la Secretaría General del Ministerio de Energía y Minas por encargo del Ministro de Energía y Minas, solicita emitir el acto resolutivo a fin de recomponer el Comité para la Igualdad de Género del Ministerio de Energía y Minas creado mediante Resolución Ministerial N° 394-2017-MEM/DM; Que, mediante Memorando N° 0046-2019/MEMVMM, de fecha 14 de febrero de 2019, el Viceministro de Minas del Ministerio de Energía y Minas designa a El/la Director/a de Sostenibilidad y Articulación Minera de la Dirección General de Promoción y Sostenibilidad Minera, en su representación ante el citado Comité; Que, posteriormente, mediante el Memorando N° 0055-2019/MEM-VMH, de fecha 21 de febrero de 2019, el Viceministro de Hidrocarburos del Ministerio de Energía y Minas designa a El/la Director/a General de Asuntos Ambientales de Hidrocarburos, en su representación ante el citado Comité; Que, en ese sentido, resulta necesario emitir el acto resolutivo a fin de recomponer la composición del Comité para la Igualdad de Género del Ministerio de Energía y Minas, dejando subsistentes las demás disposiciones de la Resolución Ministerial N° 394-2017MEM/DM; De conformidad con lo dispuesto en el inciso 2 del artículo 2 de la Constitución Política del Perú, en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; en la Ley N° 30705, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas; los artículos 1, 2, 3, 4, 5 y 6 del Decreto Supremo N° 005-2017-MIMP; y en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas aprobado por Decreto Supremo N° 031-2007-EM, y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Recomponer el Comité para la Igualdad de Género del Ministerio de Energía y Minas, creado mediante Resolución Ministerial N° 394-2017-MEM/DM, quedando de la siguiente manera: · La señorita Giovanna Fabiola Vélez Fernández, Asesora del despacho de la Secretaría General de la entidad, en representación del Titular de la entidad, quien lo preside. · El/la Director/a General de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, quien actúa como Secretaría Técnica. · El/la Director/a de la Oficina de Recursos Humanos. · El/la Director/a de la Oficina de Imagen Institucional y Comunicaciones. · El/la Director/a General de la Dirección General de Eficiencia Energética, en representación del Despacho Viceministerial de Electricidad. · El/la Director/a de Sostenibilidad y Articulación Minera de la Dirección General de Promoción y Sostenibilidad Minera, en representación del Despacho Viceministerial de Minas. · El/la Director/a General de Asuntos Ambientales de Hidrocarburos, en representación del Despacho Viceministerial de Hidrocarburos. Los integrantes del Comité para la Igualdad de Género del Ministerio de Energía y Minas deben designar a su representante alterno, mediante comunicación dirigida a la Presidencia del Comité. Artículo 2.- Dejar subsistentes las demás disposiciones de la Resolución Ministerial N° 394-2017MEM/DM. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Portal Institucional del Ministerio de Energía y Minas (www.minem.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. FRANCISCO ISMODES MEZZANO Ministro de Energía y Minas 1755382-1

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