Norma Legal Oficial del día 01 de abril del año 2019 (01/04/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 14

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NORMAS LEGALES

Lunes 1 de abril de 2019 /

El Peruano

JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Autorizan viaje de Viceministro de Derechos Humanos y Acceso a la Justicia a la Confederación Suiza, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0117-2019-JUS Lima, 29 de marzo de 2019 VISTOS, el OF. RE (DDH) N° 2-19-B/498 del Director de Derechos Humanos del Ministerio de Relaciones Exteriores; el Oficio Nº 171-2019-JUS/DGDH, del Director General de la Dirección General de Derechos Humanos; el Informe Nº 078-2019-JUS/OGPM y el Oficio Nº 764-2019-JUS/OGPM-OPRE, de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; y el Informe N° 350-2019-JUS/OGAJ, de la Oficina General de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, el Comité contra las Desapariciones Forzadas es el órgano de expertos independientes que supervisa la aplicación de la Convención Internacional para la protección de todas las personas contra las desapariciones forzadas por parte de sus Estados Partes. El Comité se reúne en Ginebra y celebra dos periodos de sesiones anuales; Que, mediante OF. RE (DDH) N° 2-19-B/498, el Director de Derechos Humanos del Ministerio de Relaciones Exteriores informó acerca de la comunicación recibida por parte de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (OHCHR) en relación con la versión sin editar de la Lista de Cuestiones relativas al informe presentado por el Perú ante el Comité contra las Desapariciones Forzadas (CED), indicando que el citado Comité llevará a cabo un diálogo constructivo con la delegación peruana los días 10 y 11 de abril de 2019, durante su 16° Período de Sesiones en la ciudad de Ginebra, Confederación Suiza; Que, de acuerdo a lo establecido en el literal e) del artículo 14 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, aprobado mediante Decreto Supremo N° 013-2017JUS, es competencia del Despacho Viceministerial de Derechos Humanos y Acceso a la Justicia aprobar el informe periódico o eventual requerido por los órganos de los sistemas de protección internacional de derechos humanos; Que, teniendo en cuenta la importancia y trascendencia de la referida diligencia, resulta de interés institucional autorizar el viaje del señor Daniel Sánchez Velásquez, Viceministro de Derechos Humanos y Acceso a la Justicia. Asimismo, por razones de itinerario es pertinente autorizar el presente viaje del 07 al 13 de abril de 2019; Que, los gastos que genere dicho viaje serán asumidos con cargo al presupuesto institucional del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; Que, el artículo 26 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece que los Ministros de Estado pueden encargar a un Viceministro para que, con retención de su cargo, desempeñe las funciones de otro Viceministro por ausencia del Titular; por lo que a fin de mantener el normal funcionamiento del Viceministerio de Derechos Humanos y Acceso a la Justicia, se ha dispuesto encargar sus funciones al Viceministro de Justicia, en tanto dure la ausencia de su Titular; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; el Decreto Supremo N° 0132017-JUS, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del

Sector Público para el Año Fiscal 2019; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus modificatorias; y el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje del señor Daniel Sánchez Velásquez, Viceministro de Derechos Humanos y Acceso a la Justicia, del 07 al 13 de abril de 2019, a la ciudad de Ginebra, Confederación Suiza, por los motivos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2.- Encargar al señor Fernando Rafael Castañeda Portocarrero, Viceministro de Justicia, con retención de su cargo, las funciones del Viceministerio de Derechos Humanos y Acceso a la Justicia, a partir del 07 de abril de 2019 y en tanto dure la ausencia de su titular. Artículo 3.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución, serán cubiertos con recursos del presupuesto del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, de acuerdo al siguiente detalle: Daniel Sánchez Velásquez, Viceministro Derechos Humanos y Acceso a la Justicia Pasajes Viáticos x 06 días US$ 3,163.48 US$ 3,240.00 de

Artículo 4.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a la culminación del viaje, el funcionario citado en el artículo precedente de la presente Resolución deberá presentar ante el Titular de la Entidad un informe dando cuenta de las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas por los viáticos entregados. Artículo 5.- La presente autorización no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. VICENTE ANTONIO ZEBALLOS SALINAS Ministro de Justicia y Derechos Humanos 1755102-1

Formalizan la creación de la Unidad Ejecutora "Centros Juveniles"
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0119-2019-JUS Lima, 29 de marzo de 2019 VISTO, el Informe N° 007-2019-EF/50.06 de la Dirección General de Presupuesto Público, el Informe N° 011-2019-OGPM-OOM de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización y el Informe N° 109-2019-JUS/OGAJ; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo N° 1299 se transfiere el Sistema Nacional de Reinserción Social del Adolescente Social en Conflicto con la Ley Penal al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; Que, la citada norma establece en su Primera Disposición Complementaria Modificatoria la incorporación del literal h) al artículo 4 de la Ley N° 29809, ampliando el ámbito de competencias del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, contemplando la "Reinserción social de las y los adolescentes en conflicto con la Ley Penal"; asimismo, modifica el literal e) del artículo 7, del citado dispositivo

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