Norma Legal Oficial del día 13 de abril del año 2019 (13/04/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 41

El Peruano / Sábado 13 de abril de 2019

NORMAS LEGALES

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10. Con relación a los medios probatorios presentados con el escrito de apelación, correspondiente a cuatro recibos de luz a nombre de Avelino Adriazola Phocco (fojas 14 a 17), así como las constancias de domicilio de Avelino Adriazola Phocco y Alexandra Edith Roque Huamaní (fojas 18 y 19), este órgano colegiado estima que, en atención a lo expuesto en el considerando 4 y 5, al ser el proceso electoral uno de naturaleza especial y de plazos perentorios, no es posible valorar los documentos que no hayan sido presentados en su oportunidad. 11. En tal virtud, no habiéndose cumplido con acreditar los dos años continuos de domicilio, corresponde declarar infundado el recurso de apelación interpuesto por el citado personero legal, y confirmar la resolución venida en grado. Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Artículo Único.Declarar INFUNDADO el recurso de apelación, y CONFIRMAR la Resolución N.° 00008-2019-JEE-PUNO/JNE, del 25 de marzo de 2019, emitida por el Jurado Electoral Especial de Puno,

en el extremo que declaró improcedente la solicitud de inscripción de Avelino Adriazola Phocco y Alexandra Edith Roque Huamaní, candidatos a alcalde y regidora 4 para el Concejo Distrital de Alto Inambari, provincia de Sandia, departamento de Puno, en el marco de las Elecciones Municipales Complementarias 2019. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. TICONA POSTIGO ARCE CÓDOVA CHANAMÉ ORBE CHÁVARRY CORREA RODRÍGUEZ VÉLEZ Concha Moscoso Secretaria General 1760433-1 RECURSO DE APELACIÓN Lima, ocho de abril de dos mil diecinueve VISTO, en audiencia pública de la fecha, el recurso de apelación interpuesto por Vickthor Fernando Jump Ramírez, personero legal alterno de la organización política Avanzada Regional Independiente Unidos por Huánuco, en contra de la Resolución Nº 00012-2019-JEEHNCO/JNE, del 24 de marzo de 2019, emitida por el Jurado Electoral Especial de Huánuco, en el extremo que declaró improcedente la solicitud de inscripción de Rosas Orlando Herrera Calixto, candidato a alcalde para la Municipalidad Distrital de Pampamarca, provincia de Yarowilca, departamento de Huánuco, presentada por la mencionada organización política, en el marco de las

Revocan la Res. N° 00012-2019-JEE-HNCO/ JNE, en extremo que declaró improcedente solicitud de inscripción de candidato a alcalde para la Municipalidad Distrital de Pampamarca, provincia de Yarowilca, departamento de Huánuco
RESOLUCIÓN Nº 0031-2019-JNE Expediente Nº EMC.2019000118 PAMPAMARCA - YAROWILCA - HUÁNUCO JEE HUÁNUCO (EMC.2019000079) ELECCIONES MUNICIPALES COMPLEMENTARIAS 2019

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