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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE AGOSTO DEL AÑO 2019 (16/08/2019)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 27

27 NORMAS LEGALES Viernes 16 de agosto de 2019 El Peruano / PRODUCE Aprueban los “Lineamientos para la reducción del plástico de un solo uso y la promoción del consumo responsable del plástico en el Ministerio de la Producción, en sus programas y en sus organismos públicos adscritos” RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 341-2019-PRODUCE Lima, 14 de agosto de 2019VISTOS:El Informe Nº 046-2019-PRODUCE/OGA de la Ofi cina General de Administración; el Informe Nº 164-2019-PRODUCE/OGPPM/OPM de la O fi cina de Planeamiento y Modernización de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; el Memorando Nº 1261-2019- PRODUCE/OGRH de la Ofi cina General de Recursos Humanos; y el Informe Nº 676-2019- PRODUCE/OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, el Decreto Supremo Nº 013-2018-MINAM, Decreto Supremo que aprueba la reducción del plástico de un solo uso y promueve el consumo responsable del plástico en las Entidades del Poder Ejecutivo, tiene como objeto promover el consumo responsable del plástico y reducir el uso del plástico de un solo uso en las entidades del Poder Ejecutivo, debiendo reemplazarlos progresivamente por plástico reutilizable, biodegradable u otros cuya degradación no genere contaminación por microplásticos o sustancias peligrosas y que aseguren su valorización; Que, el numeral 7.1 del artículo 7 del Decreto Supremo Nº 013-2018-MINAM dispone que las entidades del Poder Ejecutivo dictan las medidas administrativas que correspondan para garantizar el cumplimiento de lo establecido en el referido Decreto Supremo; Que, la Ley Nº 30884, Ley que regula el plástico de un solo uso y los recipientes o envases descartables, tiene la fi nalidad de contribuir en la concreción del derecho que tiene toda persona a gozar de un ambiente equilibrado y adecuado al desarrollo de su vida, reduciendo para ello el impacto adverso del plástico de un solo uso, de la basura marina, fl uvial y lacustre y de otros contaminantes similares, en la salud humana y del medio ambiente; Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 7 del Decreto Supremo Nº 009-2009-MINAM, Decreto Supremo que aprueba las Medidas de Ecoe fi ciencia para el Sector Público, corresponde a la O fi cina General de Administración disponer la implementación de las medidas de ecoe fi ciencia; dichas medidas, conforme a lo establecido en los artículos 2 y 3 de la misma norma, son acciones que permiten la mejora continua del servicio público, mediante el uso de menos recursos así como la generación de menos impactos negativos en el ambiente, y son de aplicación obligatoria en todas las entidades del sector público; Que, el literal b) del artículo 48 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2017-PRODUCE, dispone que la O fi cina de Abastecimiento de la O fi cina General de Administración tiene la función de formular, proponer e implementar lineamientos, directivas y procedimientos institucionales para el funcionamiento del proceso de abastecimiento en el Ministerio de la Producción; Que, en cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 7 del Decreto Supremo Nº 009-2009- MINAM en concordancia con lo establecido en el numeral 7.1 del artículo 7 del Decreto Supremo Nº 013-2018-MINAM y el literal b) del artículo 48 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, la O fi cina General de Administración a través del Informe Nº 046- 2019- PRODUCE/OGA propone y sustenta el documento denominado: “Lineamientos para la reducción del plástico de un solo uso y la promoción del consumo responsable del plástico en el Ministerio de la Producción, en sus programas y en sus organismos públicos adscritos”, para su respectiva aprobación mediante Resolución Ministerial; Que, en mérito a lo establecido en el marco normativo antes señalado, y teniendo en consideración la propuesta formulada por la O fi cina General de Administración, resulta necesario emitir la Resolución Ministerial que aprueba el documento denominado: “Lineamientos para la reducción del plástico de un solo uso y la promoción del consumo responsable del plástico en el Ministerio de la Producción, en sus programas y en sus organismos públicos adscritos”; Con las visaciones de la Secretaría General, de la Ofi cina General de Administración, de la Ofi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, de la Ofi cina General de Recursos Humanos, de la O fi cina de Comunicaciones e Imagen Institucional, y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1047, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción; la Ley Nº 30884, Ley que regula el plástico de un solo uso y los recipientes o envases descartables; el Decreto Supremo Nº 009-2009-MINAM, Decreto Supremo que aprueba las Medidas de Ecoe fi ciencia para el Sector Público; el Decreto Supremo Nº 013-2018- MINAM, Decreto Supremo que aprueba la reducción del plástico de un solo uso y promueve el consumo responsable del plástico en las entidades del Poder Ejecutivo; y el Decreto Supremo Nº 002-2017-PRODUCE, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobar el documento denominado: “Lineamientos para la reducción del plástico de un solo uso y la promoción del consumo responsable del plástico en el Ministerio de la Producción, en sus programas y en sus organismos públicos adscritos”, el mismo que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y su respectivo Anexo en el Portal Institucional del Ministerio de la Producción (www.gob.pe/produce), el mismo día de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.ROCIO BARRIOS ALVARADO Ministra de la Producción LINEAMIENTOS PARA LA REDUCCIÓN DEL PLÁSTICO DE UN SOLO USO Y LA PROMOCIÓN DEL CONSUMO RESPONSABLE DEL PLÁSTICO EN EL MINISTERIO DE LA PRODUCCIÓN, EN SUS PROGRAMAS Y EN SUS ORGANISMOS PUBLICOS ADSCRITOS Formulada por: Ofi cina General de Administración I. OBJETIVO Establecer disposiciones para promover el consumo responsable del plástico y reducir el uso de plástico de un solo uso en los órganos, unidades orgánicas y programas del Ministerio de la Producción (en adelante, PRODUCE) y en sus organismos públicos adscritos, debiendo reemplazarlos progresivamente por plástico reutilizable, biodegradable u otros cuya degradación no genere contaminación por microplásticos o sustancias peligrosas y que aseguren su valoración. II. FINALIDAD Reducir el impacto negativo que ocasiona el uso de plástico de un solo uso en el ambiente y la salud pública.