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112 NORMAS LEGALES Jueves 29 de agosto de 2019 / El Peruano Económico, del 19 de agosto de 2019 al 31 de diciembre de 2019, el que ejercerá sus funciones bajo el régimen laboral de Contratación Administrativa de Servicios - CAS, regulado por el Decreto Legislativo Nº 1057, con e fi cacia anticipada al 19 de agosto de 2019. Artículo Segundo.- ENCÁRGASE a la Gerencia Municipal, a la Gerencia de Rentas y Desarrollo Económico y a la Subgerencia de Recursos Humanos, el cumplimiento de la presente Resolución. Artículo Tercero.- ENCÁRGASE a la Secretaría General su publicación en el Diario O fi cial El Peruano y a la Gerencia de Tecnología de la Información, en el Portal Institucional de la Municipalidad: www.muniplibre.gob.pe y en el portal del Estado Peruano: www.peru.gob.pe Regístrese, comuníquese y cúmplese.STEPHEN YURI HAAS DEL CARPIO Alcalde 1801693-3 MUNICIPALIDAD DE PUNTA NEGRA Ordenanza que establece beneficios para el pago de multas administrativas en la jurisdicción del distrito ORDENANZA Nº 015-2019/MDPN Punta Negra, 26 de Junio del 2019EL ALCALDE MUNICIPAL DEL DISTRITO DE PUNTA NEGRA POR CUANTO:El Concejo Municipal de Punta Negra, en Sesión Ordinaria N° 12 de Concejo de la fecha, y; VISTOS:Memorandum N° 163-2019-GM/MDPN, de fecha 20 de Junio del 2019, emitido por la Gerencia Municipal; Informe N° 035-2019-GFC-MDPN, de fecha 20 de Junio del 2019, emitido por la Gerencia de Fiscalización y Control; Memorandum Nº 166-2019-GM/MDPN, de fecha 21 de Junio del 2019, emitido por la Gerencia Municipal e Informe Nº 0187-2019-SGyAJ/MDPN, de fecha 21 de Junio del 2019, emitido por la Secretaria General y Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo estipulado en el artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modi fi cado por la Ley N° 30305, las municipalidades distritales son órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Conforme el artículo 3, del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad Distrital de Punta Negra, indica que “La Municipalidad Distrital de Punta negra es un órgano de Gobierno promotor del desarrollo local, con personería jurídica de derecho público y con plena capacidad para el cumplimiento de sus fi nes, goza de autonomía política, economía y administrativa en los asuntos de su competencia. Conforme a Constitución Política del Perú, ejerce actos de gobierno administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico”. Que, mediante documento de vistos, Informe N° 035-2019-GFC-MDPN, de fecha 20 de Junio del 2019, la Gerencia de Fiscalización y Control propone el proyecto de Ordenanza que “Establezca bene fi cios para el pago de multas administrativas en la jurisdicción del Distrito de Punta Negra”, cuyo objetivo es otorgar bene fi cios para la cancelación de las deudas no tributarias, es decir, otorgar a los administrados un bene fi cio para el pago de las multas administrativas impuestas por la Gerencia de Fiscalización y Control, en la jurisdicción del distrito de Punta Negra; se podrán acoger al presente al presente bene fi cio aquellas personas naturales o jurídicas que mantengan deuda pendientes, inclusive estando en la vía coactiva, toda vez que consiste en la reducción gradual de las sanciones administrativas. Que, mediante documentos de vistos, Informe Nº 0187-2019-SGyAJ/MDPN, de fecha 21 de Junio del 2019, la Secretaria General y Asesoría Jurídica opina que resulta procedente el Proyecto de Ordenanza que “Establezca bene fi cios para el pago de multas administrativas en la jurisdicción del Distrito de Punta Negra”. Estando a lo expuesto, conforme a lo establecido en el inciso 8 del artículo 9º y artículo 40° de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972, con el voto UNANIME de los miembros del Concejo Municipal y con la dispensa de aprobación y lectura del Acta, se aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE ESTABLEZCA BENEFICIOS PARA EL PAGO DE MULTAS ADMINISTRATIVAS EN LA JURISDICCIÓN DEL DISTRITO DE PUNTA NEGRA Artículo Primero.- OBJETIVO La presente Ordenanza tiene como objetivo, otorgar bene fi cios para la cancelación de las deudas no tributarias, es decir, bene fi cio para el pago de las multas administrativas, en la jurisdicción del Distrito de Punta Negra. Artículo Segundo.- ALCANCES Se podrán acoger al presente bene fi cio aquellas personas naturales o jurídicas que mantengan deuda pendiente con la Municipalidad distrital del Punta Negra, proveniente de las multas administrativas, inclusive estando en la vía coactiva, toda vez que consiste en la reducción gradual de las sanciones administrativas. Las Multas Administrativas, son las Obligaciones No tributarias, que sobrevienen de procedimientos administrativos sancionadores seguidos por la Subgerencia de Operaciones de Fiscalización, así como los que se encuentren en la vía coactiva, que se hubieren iniciado hasta antes de la entrada en vigencia de la presente Ordenanza. Artículo Tercero.- VIGENCIA El bene fi cio rige desde el día siguiente de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano y tendrá vigencia hasta el 31 de JULIO del 2019; vencido el plazo de vigencia, la municipalidad procederá a cobrar el íntegro de la multa administrativa, reajustada a la fecha de pago. Artículo Cuarto.- BENEFICIOS El bene fi cio que obtiene el administrado, es una rebaja y/o descuento de las multas administrativas, con la condición del pago al contado, sobre las multas administrativas que decida el administrado. Durante la vigencia de la presente Ordenanza, los Administrados gozarán de los siguientes bene fi cios: 1) Las deudas por las multas administrativas provenientes de la Subgerencia de Operaciones de Fiscalización, tendrán una rebaja y/o descuento sobre el monto insoluto conforme al cuadro siguiente: DESCUENTO EN PORCENTAJE PERIODO Desde el año 2015 hasta el año 2016Desde el año 2017 hasta el año 2018Desde 01 de enero del 2019 hasta el 30 de junio del año 2019 CONCEPTO DE DEUDA INSOLUTO DE LA MULTA90% 70% 50% COSTAS Y COSTOS100% 100% 100% 2) Las deudas por multas administrativas provenientes de la Subgerencia de Operaciones de Fiscalización,