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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2019 (30/12/2019)

CANTIDAD DE PAGINAS: 172

TEXTO PAGINA: 39

39 NORMAS LEGALES Lunes 30 de diciembre de 2019 El Peruano / que Facilita la Adquisición, Expropiación y Posesión de Bienes Inmuebles para Obras de Infraestructura y Declara de Necesidad Pública la Adquisición o Expropiación de Bienes Inmuebles afectados para la Ejecución de diversas Obras de Infraestructura, Ley Nº 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, El Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Resolución Ministerial Nº 959-2019 MTC/01, y el Decreto Supremo Nº 011-2019-VIVIENDA, que aprueba el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 1192, Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobación de la Ejecución de la Expropiación del área del Bien Inmueble y del Valor de la Tasación Aprobar la ejecución de la expropiación del área del inmueble afectado por la ejecución de la Obra: “Rehabilitación y Mejoramiento de la Carretera Pallasca – Mollepata - Mollebamba – Santiago de Chuco- EMP. Ruta 10, Tramo: Mollepata - Pallasca”, y el valor de la Tasación del mismo ascendente a S/ 24,647.30, conforme se detalla en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Consignación del Valor de la Tasación Disponer que el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional – PROVIAS NACIONAL, consigne en el Banco de la Nación, el monto del valor de la Tasación a favor de los Sujetos Pasivos de la expropiación, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes de emitida la presente Resolución. Artículo 3.- Información Necesaria para Inscribir el área del Bien Inmueble a Favor del Bene fi ciario y Orden de Levantar toda Carga o Gravamen que contenga la Partida Registral 3.1 Disponer que el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional – PROVIAS NACIONAL, remita al Registro de Predios de la O fi cina Registral correspondiente de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (SUNARP), la información señalada en el artículo 30 del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2019-VIVIENDA, a efectos de inscribir el área del bien inmueble expropiado a favor del bene fi ciario, en atención a lo establecido en el último párrafo del numeral 6.1 del artículo 6 de la referida norma. 3.2 Disponer que el Registrador, bajo responsabilidad, proceda al levantamiento de toda carga o gravamen que contenga la Partida Registral respecto del área del inmueble afectado. Los acreedores pueden cobrar sus acreencias con el valor de la Tasación pagado directamente o vía consignación a los Sujetos Pasivos. Artículo 4.- Inscripción Registral del área del Bien Inmueble a Favor del Bene fi ciario Disponer que la O fi cina Registral correspondiente de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (SUNARP) inscriba a favor del bene fi ciario el área expropiada del inmueble afectado, bajo responsabilidad y sanción de destitución. Artículo 5.- Noti fi cación a los Sujetos Pasivos Disponer que el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional – PROVIAS NACIONAL, noti fi que la presente Resolución a los Sujetos Pasivos de la expropiación, conforme a lo dispuesto en el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2019-VIVIENDA, requiriéndole la desocupación y entrega del área expropiada del bien inmueble afectado dentro de un plazo máximo de diez (10) días hábiles siguientes de noti fi cada la presente Resolución, de encontrarse el área del inmueble desocupada, o treinta (30) días hábiles de estar ocupada o en uso, bajo apercibimiento de iniciar el procedimiento de ejecución coactiva para el lanzamiento o toma de posesión del área del bien inmueble materia de expropiación. Regístrese, comuníquese y publíquese.EDMER TRUJILLO MORI Ministro de Transportes y Comunicaciones ANEXO VALOR DE LA TASACIÓN DEL ÁREA DE UN (01) INMUEBLE AFECTADO POR LA EJECUCIÓN DE LA OBRA: “REHABILITACIÓN Y MEJORAMIENTO DE LA CA RRETERA PALLASCA - MOLLEPATA - MOLLEBAMBA - SANTIAGO DE CHUCO - EMP. RUTA 10, TRAMO: MOLLE PATA - P ALLASCA” No.SUJETO ACTIVO / BENEFICIARIOSUJETO PASIVO IDENTIFICACIÓN DEL BIEN INMUEBLEVALOR DE LA TASACIÓN (S/) 1MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES - PROVIAS NACIONAL- FELIZARDO, PAREDES TOLENTINO- ATANASIA,ZAVALETA BOLAÑOS- SOFIA,ZAVALETA BOLAÑOS DE PAREDESCODIGO: MP-T1-MOL-146 AREA AFECTADA: 318.00 m2 AFECTACIÓN: Parcial del Inmueble 24, 647.30LINDEROS Y MEDIDAS PERIMÉTRICAS DEL ÁREA AFECTADA:• Por el Norte: Colinda con la carretera Mollepata-Pallasca, con una longitud de 49.18 m.• Por el Sur: Colinda con área remanente, con longitud de 53.45 m.• Por el Este: Colinda con propiedad del Estado con longitud de 6.25 m.• Por el Oeste: Colinda con camino, con una longitud de 8.69 m. PARTIDA REGISTRAL: Nº11054000 perteneciente a la Ofi cina Registral de Otuzco de la Zona Registral Nº V - Sede Trujillo.CERTIFICADO DE BÚSQUEDA CATASTRAL: Emitido con fecha 17.10.2018 Informe Técnico Nº 9869-2018-ZR-V-ST/OC por la O fi cina Registral de Trujillo de la Zona Registral Nº V - Sede Trujillo.CERTIFICADO REGISTRAL INMOBILIARIO: Emitido con fecha 11.06.2019, por la O fi cina Registral de Otuzco de la Zona Registral Nº V - Sede Trujillo.COORDENADAS UTM DE VALIDEZ UNIVERSAL DEL INMUEBLE VERTICES LADO DISTANCIA (m) WGS84 ESTE (X) NORTE (Y) 1 1-2 12.66 174912.0570 9093099.1763 2 2-3 8.62 174924.1849 9093095.5577 3 3-4 10.62 174932.6614 9093094.0045 4 4-5 6.25 174943.2779 9093093.8432 5 5-6 10.32 174942.0713 9093087.7076 6 6-7 28.81 174931.8949 9093089.4384 7 7-8 5.30 174903.4839 9093094.2413 8 8-9 5.30 174898.3124 9093095.4016 9 9-10 3.72 175893.2925 9093097.1018 10 10-11 0.76 174889.9156 9093098.6605 11 11-12 7.93 174890.5126 9093099.1238 12 12-13 9.76 174895.8090 9093105.0317 13 13-1 7.52 174905.0555 9093101.9115 1841336-2