Norma Legal Oficial del día 01 de julio del año 2019 (01/07/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

El Peruano / Lunes 1 de julio de 2019

NORMAS LEGALES

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de Planeamiento Estratégico, el cual tiene entre sus funciones asesorar a las Entidades del Estado y a los gobiernos regionales y orientar a los gobiernos locales en la formulación, el seguimiento y la evaluación de políticas y planes estratégicos de desarrollo, con la finalidad de lograr que se ajusten a los objetivos estratégicos de desarrollo nacional previstos en el Plan Estratégico de Desarrollo Nacional; Que, el literal d) del numeral 7.2 de la Directiva N° 001-2017-CEPLAN/PCD, "Directiva para la actualización del Plan Estratégico de Desarrollo Nacional", aprobada por Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 026-2017/CEPLAN/PCD, dispone que las políticas institucionales se concretan en los planes estratégicos institucionales y los planes operativos institucionales; Que, mediante Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 033-2017/CEPLAN/PCD, modificada por Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 0532018/CEPLAN/PCD y Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 016-2019/CEPLAN/PCD, se aprueba la "Guía para el Planeamiento Institucional", (en adelante, la Guía), en el marco del ciclo de planeamiento estratégico para la mejora continua, aplicable para las entidades que integran el Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico en los tres niveles de gobierno; Que, el numeral 4.1 de la Guía establece que el Plan Estratégico Institucional - PEI es un instrumento de gestión que define la estrategia del Pliego para lograr sus objetivos, en un periodo mínimo de tres (3) años, a través de iniciativas diseñadas para producir una mejora en el bienestar de la población a la cual sirve. Estos objetivos se deben reflejar en resultados; Que, de conformidad con el numeral 4.2 de la Guía, para el planeamiento institucional el Titular de la entidad conforma una Comisión de Planeamiento Estratégico bajo su liderazgo; asimismo, estipula que el Titular del Pliego es responsable de la aprobación, ejecución, seguimiento y evaluación del PEI en línea con la política institucional que tiene una orientación de largo plazo, en armonía con las políticas de Estado, Política General de Gobierno, políticas nacionales, sectoriales y territoriales, según corresponda; Que, el numeral 5.7 de la Guía establece que el CEPLAN verifica y valida la metodología, la consistencia y coherencia del PEI con el Plan Estratégico de Desarrollo Nacional y la Política General de Gobierno, y emite un informe técnico, el cual contiene la Evaluación de Diseño del PEI. Luego de contar con dicho informe, el Titular del Pliego emite el acto resolutivo de aprobación del PEI y dispone su publicación en el Portal de Transparencia Estándar de la entidad; Que, el CEPLAN a través del Oficio N° D000283-2019CEPLAN-DNCP remite el Informe Técnico N° D0001692019-CEPLAN/DNCPPEI en el cual se señala que se ha realizado la verificación y validación correspondientes al Plan Estratégico Institucional - PEI 2020-2022 del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, alcanzado por la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, cuya validación fue efectuada previamente por la Comisión de Planeamiento Estratégico del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, conformada por Resolución Ministerial N° 069-2018-MIDIS; por lo que, recomienda continuar con el trámite de aprobación y publicación en el Portal de Transparencia Estándar de la entidad; Que, mediante Memorando N° 726-2019-MIDIS/ SG/OGPPM, la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización sustenta y propone la aprobación del Plan Estratégico Institucional ­ PEI 20202022 del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, el mismo que cuenta con la opinión favorable de la Oficina de Planeamiento e Inversiones, brindada con Informe N° 023-2019-MIDIS/SG/OGPPM/OPI; Que, en el marco de la normativa aplicable y de los documentos de Vistos, corresponde emitir el acto resolutivo de aprobación del Plan Estratégico Institucional ­ PEI 2020-2022 del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; Con el visado del Despacho Viceministerial de Prestaciones Sociales, del Despacho Viceministerial de Políticas y Evaluación Social, de la Secretaría General,

de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, y de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 29792, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; el Decreto Legislativo N° 1088, Ley del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, aprobado por Decreto Supremo N° 006-2017-MIDIS, modificado por Decreto Supremo N° 008-2017-MIDIS; y la "Guía para el Planeamiento Institucional", aprobada por Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 033-2017/CEPLAN/ PCD y modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar el Plan Estratégico Institucional ­ PEI 2020-2022 del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, el mismo que como Anexo forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 2.- Encargar a la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización realizar el seguimiento y evaluación del Plan Estratégico Institucional ­ PEI 2020-2022 del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, aprobado por el artículo 1 de la presente resolución. Artículo 3.- Disponer que la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización realice los registros correspondientes en el aplicativo CEPLAN V.01. Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente resolución y su Anexo, en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) y en el Portal Institucional del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (www.gob. pe/midis), el mismo día de la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. PAOLA BUSTAMANTE SUÁREZ Ministra de Desarrollo e Inclusión Social 1784050-1

Designan Directora General de la Dirección General de Coordinación Territorial del Ministerio
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 161-2019-MIDIS Lima, 27 de junio de 2019 VISTOS: El Memorando Nº 309-2019-MIDIS/VMPS del Viceministerio de Prestaciones Sociales; el Informe Nº 249-2019-MIDIS/SG/OGRH de la Oficina General de Recursos Humanos; y, el Informe Nº 256-2019-MIDIS/SG/ OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 29792, se creó el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, determinándose su ámbito, competencias, funciones y estructura orgánica básica; Que, por Decreto Supremo Nº 006-2017-MIDIS, modificado por Decreto Supremo Nº 008-2017-MIDIS, se aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, estableciéndose que la Dirección de Coordinación de las Prestaciones Sociales es una unidad orgánica de la Dirección General de Articulación y Coordinación de las Prestaciones Sociales del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 105-2019-MIDIS, se aprueba el Cuadro para Asignación de Personal Provisional ­ CAP Provisional del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, el cual contempla el cargo estructural de Director/a de la Dirección de Coordinación

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