Norma Legal Oficial del día 05 de julio del año 2019 (05/07/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 25

El Peruano / Viernes 5 de julio de 2019

NORMAS LEGALES

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con cargo al Pliego 118: Sunedu - Unidad Ejecutora 001: Sunedu - Sede Central, de acuerdo al siguiente detalle: CARLOS MARTIN BENAVIDES ABANTO Pasajes aéreos (incluye TUUA) : US$ 1 283,39 Viáticos : US$ 1 110,00 (02 días de evento y 01 de instalación - US $ 370,00 x día) CLAUDIA LIVIA BAYRO VALENZA Pasajes aéreos (incluye TUUA) : US$ 1 283,39 Viáticos : US$ 1 480,00 (03 días de evento y 01 de instalación - US $ 370,00 x día) CLAUDIA JANETTI VARGAS SALAS Pasajes aéreos (incluye TUUA) : US$ 1 283,39 Viáticos : US$ 1 480,00 (03 días de evento y 01 de instalación - US $ 370,00 x día) Artículo 4.- Disponer que el funcionario y las servidoras citados en los artículos 1 y 2 precedente, dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, presenten un informe detallado sobre el desarrollo y resultados del evento, así como la rendición de cuentas por los viáticos entregados. Artículo 5.- La presente resolución no irrogará gasto alguno al Tesoro Público, ni dará derecho de exoneración o liberación de impuestos y/o derechos aduaneros, cualesquiera fuese su denominación o clase a favor del funcionario y servidoras cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese. FLOR PABLO MEDINA Ministra de Educación 1785240-1

Aprueban el "Diseño Curricular Básico Nacional de la Formación Inicial Docente Programa de Estudios de Educación Inicial" y dictan otras disposiciones
RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL N° 163-2019-MINEDU Lima, 4 de julio de 2019 VISTOS, el Expediente N° 135254-2019, los informes contenidos en el referido expediente y el Informe N° 00723-2019-MINEDU/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 13 y 16 de la Constitución Política del Perú, la educación tiene como finalidad el desarrollo integral de la persona humana; correspondiéndole al Estado coordinar la política educativa y formular los lineamientos generales de los planes de estudios, así como los requisitos mínimos de la organización de los centros educativos; Que, el artículo 79 de la Ley Nº 28044, Ley General de Educación, establece que el Ministerio de Educación es el órgano del Gobierno Nacional que tiene por finalidad definir, dirigir y articular la política de educación, cultura, recreación y deporte, en concordancia con la política general del Estado; Que, a través de la Ley Nº 30512, Ley de Institutos y Escuelas de Educación Superior y de la Carrera Pública de sus Docentes, en adelante la Ley, se regula la creación, licenciamiento, régimen académico, gestión, supervisión y fiscalización de los Institutos de Educación Superior y Escuelas de Educación Superior públicos y privados; así como, el desarrollo de la carrera pública docente de los

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