Norma Legal Oficial del día 11 de julio del año 2019 (11/07/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 110

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NORMAS LEGALES

Jueves 11 de julio de 2019 /

El Peruano

Que, en uso de las atribuciones conferidas por el Decreto Legislativo Nº 052 ­ Ley Orgánica del Ministerio Público y conforme a lo establecido en el considerando precedente; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Crear en el Distrito Fiscal de Ventanilla, la Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Violencia contra la Mujer y los Integrantes del Grupo Familiar de Santa Rosa, con competencia en los distritos de Santa Rosa y Ancón, las cuales estarán conformadas por plazas presupuestadas ya existentes, en número de tres (03) fiscales provinciales y seis (06) fiscales adjuntos provinciales, provenientes de la Primera, Segunda y Tercera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Santa Rosa, así como las correspondientes plazas administrativas, de conformidad con el anexo que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo Segundo.- Facultar a la señora Fiscal de la Nación la distribución, redistribución y/o conversión de las plazas fiscales de las fiscalías involucradas en la presente resolución, de acuerdo a las necesidades y requerimientos del servicio. Artículo Tercero.- Precísese que las plazas de fiscales señaladas en el artículo primero no deberán ser convocadas a Concurso Público por la Junta Nacional de Justicia. Artículo Cuarto.- Facultar a la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Ventanilla para que disponga las medidas destinadas al cumplimiento de la presente resolución, conforme a lo establecido en el artículo 157°, literal f) del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio Público, aprobado mediante Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 3893-2018-MPFN, de fecha 30 de octubre de 2018. Artículo Quinto.- Disponer que la Gerencia General del Ministerio Público adopte las acciones pertinentes para el cumplimiento de la presente resolución. Artículo Sexto.- Hacer de conocimiento la presente Resolución al Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, Junta Nacional de Justicia, Corte Suprema de Justicia de la República, Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Ventanilla; Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores de Distrito Fiscal de Ventanilla, Oficina General de Potencial Humano y Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales. Regístrese, comuníquese y publíquese. ZORAIDA AVALOS RIVERA Fiscal de la Nación Presidenta de la Junta de Fiscales Supremos 1787545-3

Lima y el Oficio N° 513-2019-MP-FN-OGASEJ, de fecha 29 de mayo de 2019, de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: En el artículo 1° de la Ley N° 26872, Ley de Conciliación y sus modificatorias, se declaró de interés nacional la institucionalización y desarrollo de la conciliación como mecanismo alternativo de solución de conflictos. Mediante el Decreto Supremo N° 014-2008-JUS, se aprueba el Reglamento de la Ley de Conciliación modificado por el Decreto Legislativo N° 1070, que en su artículo 7° precisa que el conciliador en materia de familia, colaborará para que las partes encuentren las mejores alternativas de solución al conflicto, privilegiando el interés superior del niño. A través de la Ley N° 28494, Ley de Conciliación Fiscal en Asuntos de Derechos de Familia, se modificó el artículo 96°- A de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada mediante el Decreto Legislativo N° 052, considerando entre una de las atribuciones de los Fiscales de Familia intervenir, a solicitud de parte, como conciliador en asuntos de familia. Mediante Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 1133-2005-MP-FN, de fecha 13 de mayo de 2005, se aprobó la Directiva General N° 005-2005-MP-FN, denominada "Normas para la Aplicación de Conciliación en Asuntos de Derecho de Familia a Nivel Nacional". A través del Oficio de vistos, las Fiscalías Provinciales de Familia Especializadas en Prevención de Violencia de Género y Personas en condición de Vulnerabilidad de Lima, solicitan la exoneración de la Tasa por Derecho de Presentación de Solicitud y Copias Certificadas contemplada en la Directiva General N° 005-2005-MPFN "Normas para la Aplicación de Conciliación en Asuntos de Derecho de Familia a Nivel Nacional", con la finalidad de garantizar la gratuidad en las solicitudes de conciliación extrajudicial no solo en materia de Alimentos, sino también en Tenencia y Régimen de Visitas, lo cual fomentará e impulsará una cultura de paz, promoviendo en la sociedad la adopción de acuerdos conciliatorios en materia de familia, contribuyendo así a la prevención de la violencia de género. A través del Memorando de vistos, la Oficina General de Finanzas opinó favorablemente sobre la exoneración del pago de Tasa por Derecho de Presentación de Solicitud y Copias Certificadas correspondiente a la Directiva General N° 005-2005-MP-FN. Por lo expuesto, y a efectos de garantizar el acceso universal a la justicia, promoviendo la desjudicialización de los conflictos, la cultura de paz y la mayor utilización de los mecanismos alternativos de solución de conflictos, resulta necesario la exoneración del pago de tasas con la finalidad de fomentar los acuerdos conciliatorios en materia de familia. Contando con los vistos de la Gerencia General, Oficina General de Planificación y Presupuesto, Oficina General de Finanzas, y la Oficina General de Asesoría Jurídica. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 64° del Decreto Legislativo N° 052, Ley Orgánica del Ministerio Público; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Suprimir el numeral 5.11 TASA POR DERECHO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUD Y COPIAS CERTIFICADAS, correspondiente a la Directiva General N° 005-2005-MP-FN, aprobada con Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 1133-2005-MP-FN, de fecha 13 de mayo de 2005, de conformidad con los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo Segundo.- Dejar sin efecto toda disposición que se oponga a la presente resolución. Artículo Tercero.- Encargar a la Oficina General de Tecnologías de la Información, la publicación de la presente resolución en el Portal Institucional del Ministerio Público.

Suprimen el numeral 5.11 Tasa por Derecho de Presentación de Solicitud y Copias Certificadas, correspondiente a la Directiva General N° 005-2005-MP-FN, aprobada por Res. N° 1133-2005-MP-FN
RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 1689-2019-MP-FN Lima, 10 de julio de 2019 VISTOS: El Oficio N° 772-2019-MP-FN-GG, de fecha 18 de junio de 2019, de la Gerencia General; el Oficio N° 1204-2019-MP-FN-GG-OGPLAP, de fecha 5 de junio de 2019, de la Oficina General de Planificación y Presupuesto; el Memorando N° 094-2019-MP-FN-GG-OGFIN, de fecha 29 de abril de 2019, de la Oficina General de Finanzas; el Oficio N° 040-2019-4° FPFEPVGPCV-MP-FN, de fecha 9 de mayo de 2019, de las Fiscalías Provinciales de Familia Especializadas en Prevención de Violencia de Género y Personas en condición de Vulnerabilidad de

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