Norma Legal Oficial del día 11 de julio del año 2019 (11/07/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 4

4 GOBIERNOS LOCALES

NORMAS LEGALES

Jueves 11 de julio de 2019 /

El Peruano

MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO DE SURCO

MUNICIPALIDAD DE MAGDALENA DEL MAR Ordenanza Nº 061-2019-MDMM.- Ordenanza que modifica el artículo 32° del Reglamento Interno de Servidores Civiles de la Municipalidad de Magdalena del Mar, aprobado por Ordenanza N° 046-2019-MDMM 130 MUNICIPALIDAD DE PUNTA HERMOSA D.A. Nº 001-2019-MDPH.- Disponen el embanderamiento general del distrito 131 MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE MIRAFLORES Ordenanza Nº 408-MDSJM.- Ordenanza que otorga beneficios para facilitar el pago de deudas tributarias a los contribuyentes del distrito 132 D.A. Nº 02-2019/MDSJM.- Disponen el embanderamiento general del distrito 133

D.A. Nº 06-2019-MSS.- Disponen el embanderamiento general del distrito 135

PROVINCIAS
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE ILO R.A. Nº 583-2019-A-MPI.- Designan responsable de elaborar y actualizar el Portal de Transparencia Estándar de la Municipalidad Provincial de Ilo 135 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE MARISCAL NIETO Ordenanza Nº 013-2018-MPMN.- Aprueban el "Esquema de Ordenamiento Urbano - CLEMESI 2018 - 2028" 136

PODER EJECUTIVO

PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS
Decreto Supremo que declara el Estado de Emergencia en la localidad de Sillapata del distrito de Sillapata, provincia de Dos de Mayo, del departamento de Huánuco, por desastre debido a desplazamiento de masa
DECRETO SUPREMO Nº 121-2019-PCM EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, a consecuencia del sismo ocurrido el 26 de mayo de 2019 a las 02:41 horas, el 28 de junio de 2019 se produjo un desplazamiento de masas, causando daños a viviendas y locales públicos en la localidad de Sillapata del distrito de Sillapata, provincia de Dos de Mayo, del departamento de Huánuco; Que, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 68.5 del artículo 68 del Reglamento de la Ley Nº 29664, del Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD), aprobado por el Decreto Supremo Nº 0482011-PCM, en concordancia con los numerales 5.3 y 9.2 de los artículos 5 y 9, respectivamente, de la "Norma Complementaria sobre la Declaratoria de Estado de Emergencia por Desastre o Peligro Inminente, en el marco de la Ley Nº 29664, del Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres", aprobada mediante el Decreto Supremo Nº 074-2014-PCM; la Presidencia del Consejo de Ministros, excepcionalmente presenta de oficio ante el Consejo de Ministros, la declaratoria de Estado de Emergencia ante la condición de peligro inminente o la ocurrencia de un desastre, previa comunicación de la situación y propuesta de medidas y/o acciones inmediatas que correspondan, efectuada por el Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI); Que, mediante el Oficio Nº 3014-2019-INDECI/5.0 de fecha 2 de julio de 2019, el Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI), remite y hace suyo el Informe Situacional Nº 0033-2019-INDECI/11.0, de fecha 2 de julio de 2019, emitido por la Dirección de Respuesta de dicha Entidad,

que señala que se ha presentado un desplazamiento de masa, a consecuencia del sismo ocurrido el 26 de mayo de 2019 a las 02:41 horas, afectando zonas urbanas de la localidad de Sillapata del distrito de Sillapata, provincia de Dos de Mayo, del departamento de Huánuco, produciendo daños a la salud de la población, así como afectación de viviendas, infraestructura pública y privada, servicios básicos y vías de comunicación; resultando necesario la ejecución de acciones, inmediatas y necesarias, de respuesta y rehabilitación en salvaguarda de la vida e integridad de las personas y el patrimonio público y privado; Que, para la elaboración del Informe Situacional Nº 0033-2019-INDECI/11.0 y sus conclusiones, el Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI), ha tenido en consideración el Informe de Emergencia N° 597­ 02/072019/COEN-INDECI/ 11:40 horas (Informe N° 02), emitido por el Centro de Operaciones de Emergencia Nacional (COEN) administrado por el Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI); Que, asimismo, en el citado Informe Situacional, el Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI) señala que las acciones de respuesta realizadas en las zonas afectadas son insuficientes; indicando que, por los daños ocasionados a consecuencia del desplazamiento de masa, la capacidad de respuesta del Gobierno Regional de Huánuco, ha sido sobrepasada, por lo que resulta necesaria la intervención del Gobierno Nacional; recomendando se declare el Estado de Emergencia por el plazo de sesenta (60) días calendario, en la localidad de Sillapata del distrito de Sillapata, provincia de Dos de Mayo, del departamento de Huánuco, por desastre debido a desplazamiento de masa, teniendo en consideración la magnitud de daños y complejidad de solución, para la ejecución de medidas y acciones de excepción, inmediatas y necesarias, de respuesta y rehabilitación que correspondan; Que, estando a lo expuesto, y en concordancia con lo establecido en el numeral 43.2 del artículo 43 del Reglamento de la Ley Nº 29664 que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD), aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 048-2011-PCM, en el presente caso se configura una emergencia de nivel 4; Que, en efecto, la magnitud de la situación descrita demanda la adopción de medidas urgentes que permitan al Gobierno Regional de Huánuco, a la Municipalidad Provincial de Dos de Mayo, a la Municipalidad Distrital de Sillapata, con la coordinación técnica y seguimiento permanente del Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI) y la participación del Ministerio de Salud, del Ministerio de Educación, del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, del Ministerio de Agricultura y Riego, del Ministerio de

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