Norma Legal Oficial del día 11 de julio del año 2019 (11/07/2019)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 90

90

NORMAS LEGALES

Jueves 11 de julio de 2019 /

El Peruano

SUPERINTENDENCIA DEL MERCADO DE VALORES
Autorizan funcionamiento de Óptima Sociedad Administradora de Fondos de Inversión S.A.C. como sociedad administradora de fondos de inversión
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENTE Nº 087-2019-SMV/02 Lima, 5 de julio de 2019 El Superintendente del Mercado de Valores VISTOS: El Expediente N° 2018048658, así como el Informe N° 745-2019-SMV/10.2 del 5 de julio de 2019, presentado por la Superintendencia Adjunta de Supervisión Prudencial; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de Intendencia General de Supervisión de Entidades Nº 092-2018-SMV/10.2 del 13 de agosto de 2018, se otorgó a los señores Piero Eduardo Ghezzi Solís y Óscar Máximo Flores Lama, la autorización de organización de una sociedad administradora de fondos de inversión que será denominada Óptima Sociedad Administradora de Fondos de Inversión S.A.C., que también podrá utilizar la denominación abreviada Óptima SAFI S.A.C.; Que, los señores Piero Eduardo Ghezzi Solis y Óscar Máximo Flores Lama solicitaron a la Superintendencia del Mercado de Valores ­ SMV autorización de funcionamiento de Óptima Sociedad Administradora de Fondos de Inversión S.A.C. para actuar como una sociedad administradora de fondos de inversión; Que, el artículo 18 del Reglamento de Fondos de Inversión y sus Sociedades Administradoras, aprobado por Resolución SMV N° 029-2014-SMV/01 y normas modificatorias, así como el Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Superintendencia del Mercado de Valores, aprobado por Resolución de Superintendente Nº 023-2015-SMV/02, señalan los requisitos mínimos que deben cumplirse para obtener la autorización de funcionamiento de una sociedad administradora de fondos de inversión; Que, a efectos de verificar que Óptima Sociedad Administradora de Fondos de Inversión S.A.C. cuenta con la infraestructura física, capacidad tecnológica y recursos humanos necesarios para su funcionamiento, la SMV, a través de la Intendencia General de Supervisión de Entidades, realizó una visita de inspección a las instalaciones de la referida sociedad el 4 de julio de 2019; Que, de la evaluación de la documentación presentada por Óptima Sociedad Administradora de Fondos de Inversión S.A.C. y de la visita de inspección efectuada, se determinó que dicha empresa cumple con los requisitos previstos para la obtención de la autorización de funcionamiento como sociedad administradora de fondos de inversión; y, Estando a lo dispuesto por el artículo 3, numeral 1, del Texto Único Concordado de la Ley Orgánica de la Superintendencia del Mercado de Valores, aprobado mediante Decreto Ley N° 26126 y modificado por Ley N° 29782, Ley de Fortalecimiento de la Supervisión del Mercado de Valores, y por el artículo 12, numeral 1, del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia del Mercado de Valores, aprobado por Decreto Supremo N° 216-2011-EF y modificatorias; RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar el funcionamiento de Óptima Sociedad Administradora de Fondos de Inversión

S.A.C. como sociedad administradora de fondos de inversión. Artículo 2°.- Disponer la inscripción de Óptima Sociedad Administradora de Fondos de Inversión S.A.C. en la sección correspondiente del Registro Público del Mercado de Valores. Artículo 3°.- Disponer la difusión de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano y en el Portal de la Superintendencia del Mercado de Valores (www.smv. gob.pe). Artículo 4°.- La presente resolución entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Artículo 5°.- Transcribir la presente resolución a Óptima Sociedad Administradora de Fondos de Inversión S.A.C. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ MANUEL PESCHIERA REBAGLIATI Superintendente del Mercado de Valores 1786324-1

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE LOS REGISTROS PUBLICOS
Designan Asesor de la Gerencia General de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos
RESOLUCIÓN DEL SUPERINTENDENTE NACIONAL DE LOS REGISTROS PÚBLICOS N° 140-2019-SUNARP/SN Lima, 10 de julio de 2019 CONSIDERANDO: Que, de conformidad al artículo 3 de la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, la designación de funcionarios en cargos de confianza distintos a los comprendidos en el artículo 1 de la citada Ley, se efectúa mediante Resolución Ministerial o del Titular de la Entidad correspondiente; Que, de acuerdo a lo establecido en el literal j) del artículo 9° del Reglamento de Organización y Funciones de la Sunarp, aprobado por Decreto Supremo N° 0122013-JUS, es facultad del Superintendente Nacional designar, sancionar y remover al personal de confianza de la Sede Central de la Sunarp; Que, el cargo de confianza de Asesor de la Gerencia General de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos se encuentra vacante, por lo que resulta necesario designar a la persona que ocupe dicho cargo; Con el visado de la Gerente General y del Jefe de la Oficina General de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designación Designar, a partir del 11 de julio de 2019, al señor Juan Alarico Morales Córdova, en el cargo de confianza de Asesor de la Gerencia General de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos. Regístrese, comuníquese y publíquese. MANUEL AUGUSTO MONTES BOZA Superintendente Nacional de los Registros Públicos SUNARP 1787174-1

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.