Norma Legal Oficial del día 17 de julio del año 2019 (17/07/2019)


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NORMAS LEGALES

Miércoles 17 de julio de 2019 /

El Peruano

una American Standard, bastante popular en América Latina; Que, tecnológicamente como sistema de funcionamiento representa por un lado un avance tecnológico en relación a la locomoción mecánica a fuerza de sangre y por otro en comparación con las locomotoras que emplean diésel, un sistema de funcionamiento en desuso, pero que es símbolo de la dinámica de movimiento de tracción a vapor, característico del siglo XIX, y cuyo uso significó un progreso tecnológico que repercutió en la capacidad productora de la industria ferroviaria; Que, se le otorga a la Locomotora a Vapor Nº 3, importancia tecnológica ya que es un testimonio del progreso tecnológico que supuso la revolución industrial en los medios de transporte del siglo XIX en relación a su sistema de funcionamiento de tracción a vapor. Se le otorga importancia histórica, por los procesos sociales de la historia ferroviaria peruana en los que se contextualiza el bien, iniciados durante el gobierno de Castilla e impulsados bajo una política de modernidad durante el gobierno de José Balta, de mano de la inversión en obras públicas en construcción y estudios de diversas vías férreas. Es así que, la Locomotora a Vapor Nº 3 fue encargada para su funcionamiento en la que es la segunda línea férrea más antigua del país, la línea Tacna-Arica de la Estación del mismo nombre. Por otro lado, se le otorga un significado social, ya que se presenta como símbolo de la abnegada lucha y entrega del ejército peruano en la defensa del territorio nacional durante la Guerra del Pacífico, relacionada con el traslado de tropas peruanas a cargo del coronel Francisco Bolognesi durante la Batalla de Arica; Que, en ese sentido y habiéndose pronunciado favorablemente los órganos técnicos competentes, resulta procedente la declaratoria de Patrimonio Cultural de la Nación de un (1) bien cultural mueble identificado como Locomotora a Vapor Nº 3, ubicado en el Parque La Locomotora de la ciudad de Tacna, advirtiéndose que los informes técnicos emitidos constituyen parte integrante de la presente Resolución Viceministerial, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS; De conformidad con lo establecido en la Constitución Política del Perú; la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación; la Ley Nº 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura; el Decreto Supremo Nº 011-2006-ED, que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación; y el Decreto Supremo Nº 005-2013-MC, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura; y el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS; SE RESUELVE: Artículo 1.- Declarar Patrimonio Cultural de la Nación de un (1) bien cultural mueble identificado como Locomotora a Vapor Nº 3, ubicada en el Parque La Locomotora de la ciudad de Tacna, y que se describe en el anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Viceministerial. Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución Viceministerial conjuntamente con el anexo correspondiente en el Diario Oficial "El Peruano" y en el Portal Institucional del Ministerio de Cultura (www.cultura. gob.pe). Artículo 3.- Notificar la presente Resolución Viceministerial a la Dirección Desconcentrada de Cultura de Tacna, Gobierno Regional de Tacna, y a la Dirección General de Museos para los fines correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS GUILLERMO CORTÉS CARCELÉN Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales 1788995-1

DEFENSA
Designan Secretaria Ministerial V del Despacho

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0867-2019-DE/SG Jesús María, 16 de julio de 2019 VISTOS: El Oficio N° 853-2019-MINDEF/DM, del Despacho Ministerial, del 15 de julio de 2019; Informe N° 104-2019-MINDEF/VRD-DGRRHH-DIPEC del Director de Personal Civil, del 15 de julio de 2019; y, el Informe Legal de la Oficina General de Asesoría Jurídica. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 306-2011-DE-SG del 31 de marzo de 2011, se aprobó el Cuadro para Asignación de Personal - CAP del Ministerio de Defensa, documento de gestión institucional que contiene los cargos clasificados de este Ministerio (Unidad Ejecutora 001: Administración General), el mismo que fue reordenado mediante Resolución Ministerial N° 682-2018-DE/SG y Resolución Ministerial N° 697-2019-DE/SG, y que ha previsto el cargo de Secretaria V dentro del Despacho Ministerial, considerándolo como cargo de confianza; Que, con el Oficio del visto, se requiere la designación de la señora María Luisa Peña de Silva como Secretaria V del Despacho Ministerial, a partir del 15 de julio de 2019, por lo que resulta válido formalizar el citado acto de administración interna bajo los alcances de la figura de eficacia anticipada, conforme a lo previsto en el numeral 17.1 del artículo 17 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General, aprobado por el Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, concordante con el segundo párrafo del numeral 7.1 del artículo 7 del mismo cuerpo normativo; Que, conforme a lo señalado por la Dirección de Personal Civil en el Informe N° 104-2019-MINDEF/VRD/ DGRRHH-DIPEC, la plaza de Secretaria V del Despacho Ministerial está considerada como de confianza y se encuentra vacante; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; y, el Decreto Legislativo Nº 1134 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa. SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar, con eficacia anticipada al 15 de julio de 2019, a la señora María Luisa Peña de Silva, en el cargo de Secretaria V del Despacho Ministerial. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE MOSCOSO FLORES Ministro de Defensa 1789444-1

Autorizan viaje de personal naval a Colombia, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0868-2019-DE/MGP Lima, 16 de julio de 2019 Visto, el Oficio Nº 3240/51 del Secretario del Comandante General de la Marina, de fecha 26 de junio del 2019;

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