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7 NORMAS LEGALES Sábado 27 de julio de 2019 El Peruano / c) En la cuenca del Río Maure para el proyecto “Vilavilani” (65.69 hm3). Ene Feb Mar Abr May Jun Jul Ago Sep Oct Nov Dic Río Maure (en Vilachaullani)0.090 0.090 0.090 0.090 0.090 0.090 0.090 0.090 0.090 0.090 0.090 0.090 Río Chiliculco 0.120 0.120 0.120 0.120 0.120 0.120 0.120 0.120 0.120 0.120 0.120 0.120 Manantial Ojos Copapujo0.323 0.333 0.332 0.295 0.280 0.278 0.290 0.295 0.301 0.287 0.282 0.300 Manantial Mamuta 0.030 0.030 0.030 0.030 0.030 0.030 0.030 0.030 0.030 0.030 0.030 0.030 Manantiales Chiluy o Grande0.050 0.050 0.050 0.050 0.050 0.050 0.050 0.050 0.050 0.050 0.050 0.050 Río Caño 0.239 0.870 0.363 0.273 0.191 0.217 0.210 0.198 0.129 0.132 0.116 0.151 Aguas Subterráneas Kallapuma y Alrededores 0.200 0.200 0.200 0.200 0.200 0.200 0.200 0.200 0.200 0.200 0.200 0.200 Aguas Subterráneas Caño0.390 0.390 0.390 0.390 0.390 0.390 0.390 0.390 0.390 0.390 0.390 0.390 Aguas Subterráneas El Ayro0.650 0.650 0.650 0.650 0.650 0.650 0.650 0.650 0.650 0.650 0.650 0.650 Caudal Total (m3/s) 2.092 2.733 2.225 2.098 2.001 2.025 2.030 2.023 1.960 1.949 1.928 1.981 Volúmen Total (hm3)5.60 6.61 5.96 5.44 5.36 5.25 5.44 5.42 5.08 5.22 5.00 5.31 65.69Fuente Hídrica Caudales medios mensuales m3/s Vol. Total (hm3) Artículo 2°.- Supervisión de la reserva de recursos hídricos La Autoridad Administrativa del Agua Caplina-Ocoña y la Administración Local del Agua Caplina - Locumba, son los responsables de supervisar el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución, debiendo informar periódicamente a la Dirección de Calidad y Evaluación de Recursos Hídricos. Artículo 3°.- Publicación Publíquese la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano y en el Portal Web Institucional de la Autoridad Nacional del Agua (www.ana.gob.pe) Regístrese y comuníquese.WALTER OBANDO LICERA JefeAutoridad Nacional del Agua 1792878-4 COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO Autorizan viaje de representante de PROMPERÚ a Chile, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 262-2019-MINCETUR Lima, 25 de julio de 2019Visto, el O fi cio N° 036-2019-PROMPERÚ/PE, de la Presidencia Ejecutiva de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo - PROMPERÚ. CONSIDERANDO:Que, la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo – PROMPERÚ, es un organismo público técnico especializado adscrito al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, competente para proponer y ejecutar los planes y estrategias de promoción de bienes y servicios exportables, así como de turismo interno y receptivo, promoviendo y difundiendo la imagen del Perú en materia turística y de exportaciones; Que, en cumplimiento de las actividades programadas por la Subdirección de Promoción del Turismo Receptivo de PROMPERÚ, se ha organizado la actividad “Lanzamiento Perú Week Chile 2019”, a realizarse en la ciudad de Santiago, República de Chile, el día 01 de agosto de 2019, con el objetivo de promover, difundir y posicionar al Perú y su gastronomía en el mercado chileno, presentando al Perú como un destino de escapadas (feriados largos y fi nes de semana); asimismo, para los días 30 y 31 de julio del año en curso, se realizarán reuniones de coordinación con la productora y de capacitación con tour operadores, restaurantes y medios de prensa que participantes en el Perú Week; Que, “Perú Week Chile” es una actividad que se realizará en las ciudades de Santiago, Viña del Mar y Valparaíso, República de Chile, del 02 al 16 de agosto de 2019, a través de un mini sitio creado especialmente para esta campaña, con la fi nalidad de divulgar ofertas turísticas, como pasajes internacionales con descuentos especiales, paquetes turísticos al Perú, entre otros; asimismo, el día 02 de agosto del mismo año, se realizarán reuniones de coordinación con la empresa Faro Travel para las acciones de marketing a realizarse en el segundo semestre; Que, en tal razón, la Presidencia Ejecutiva de PROMPERÚ ha solicitado que se autorice el viaje al exterior de la señorita Karen Natalia Morales Serpa, quien labora en la Subdirección de Promoción del Turismo Receptivo, de la Dirección de Promoción del Turismo, para que en representación de PROMPERÚ, participe en la referida actividad, realizando acciones de promoción del turismo receptivo; Que, la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, establece que los viajes al exterior de servidores, funcionarios o representantes del Estado con cargo a recursos públicos, deben realizarse en categoría económica y ser autorizados conforme lo establece la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos y sus normas reglamentarias; De conformidad con la Ley N° 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio