Norma Legal Oficial del día 05 de junio del año 2019 (05/06/2019)


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NORMAS LEGALES

Miércoles 5 de junio de 2019 /

El Peruano

metodología para la selección de entidades ejecutoras del Plan, prevista en su numeral 5.1; Que, de acuerdo al Informe Nº 220-2019-RCC/GPE, la Gerencia de Planificación Estratégica de la Autoridad emite, en el marco de sus competencias, opinión técnica favorable para efectuar la modificación del Anexo Nº 01 "Fondos destinados para la prevención de inundaciones pluviales, fluviales y movimiento de masas y entidades ejecutoras" y del numeral 4.1.2.2 del artículo 4.1 del Plan, respecto del rango de variación de costos de los módulos habitacionales de Mejoramiento de Vivienda Rural (MVR); Que, de acuerdo al citado Informe Nº 220-2019RCC/GPE, la Gerencia de Planificación Estratégica de la Autoridad emite, en el marco de sus competencias, opinión técnica favorable para efectuar modificaciones a El Plan, relacionada a precisiones, exclusiones y cambio de unidades ejecutoras de intervenciones de los sectores Educación, Saneamiento, Agricultura, Pistas y Veredas, Transportes: Red Subnacional ­ Caminos y Salud, en el citado Plan; Que, la Gerencia de Planificación Estratégica de la Autoridad señala que es necesario modificar El Plan con respecto a las precisiones de seis (6) intervenciones, exclusión de dieciocho (18) intervenciones y cambio de unidad ejecutora de cuarenta (40) intervenciones, correspondientes a los sectores Educación, Saneamiento, Agricultura, Pistas y Veredas, Transportes: Red Subnacional ­ Caminos y Salud; Que, asimismo, según el Informe Nº 220-2019RCC/GPE de la Gerencia de Planificación Estratégica de la Autoridad y el Informe Nº 278-2019-RCC/GL de la Gerencia Legal de la Autoridad se señala que es necesario dejar sin efecto el numeral 3 del Acuerdo Nº 1 de la Trigésima Cuarta Sesión del Directorio de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios, respecto de la exclusión de dos (2) intervenciones a cargo de la Municipalidad Distrital de Kañaris; Que, mediante Acuerdo Nº 1 de la Quincuagésima Sétima Sesión de Directorio de la Autoridad celebrada el 31 de mayo de 2019, se aprobaron las modificaciones al Plan propuestas por la Gerencia de Planificación Estratégica y se autorizó al Director Ejecutivo de la Autoridad a formalizar dicho acuerdo mediante Resolución de Dirección Ejecutiva, la misma que debe ser publicada en el Diario Oficial El Peruano y en el portal institucional de la Autoridad; De conformidad con lo establecido en el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 30556, Ley que aprueba disposiciones de carácter extraordinario para las intervenciones del Gobierno Nacional frente a desastres y que dispone la creación de la Autoridad; su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 003-2019-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1.- Modificar la metodología contenida en el numeral "5.1. Metodología" del numeral "5. Selección de ejecutores" del Plan Integral de la Reconstrucción con Cambios, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 0912017-PCM y modificatorias, en los términos señalados en el Anexo Nº 01 que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Modifíquese el Anexo 01 "Fondos destinados para la prevención de inundaciones pluviales, fluviales y movimiento de masas y entidades ejecutoras" del Plan Integral de la Reconstrucción con Cambios aprobado mediante Decreto Supremo Nº 091-2017-PCM y modificatorias, según se detalla en el Anexo Nº 02 que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 3.- Modifíquese el Anexo Nº 04: "Anexo Soluciones de Vivienda" del Plan Integral de la Reconstrucción con Cambios aprobado mediante Decreto Supremo Nº 091-2017-PCM y modificatorias, según se detalla en el Anexo Nº 03 que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 4.- Modifíquese el numeral 4.1.2.2 del artículo 4.1 del Plan Integral de la Reconstrucción con Cambios aprobado mediante Decreto Supremo Nº 091-2017-PCM y modificatorias, según se detalla en el Anexo Nº 04 que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 5.- Efectúense las precisiones al Plan Integral

de la Reconstrucción con Cambios, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 091-2017-PCM y modificatorias, según se detalla en el Anexo Nº 05 que forman parte integrante de la presente Resolución. Artículo 6.- Exclúyanse las intervenciones del Plan Integral de la Reconstrucción con Cambios aprobado mediante Decreto Supremo Nº 091-2017-PCM y modificatorias, conforme a las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución de Dirección Ejecutiva, según se detalla en el Anexo Nº 06 que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 7.- Déjese sin efecto el numeral 3 del Acuerdo Nº 1 de la Trigésima Cuarta Sesión del Directorio de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios, según se detalla en el Anexo Nº 07 que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 8.- Modifíquese el Plan Integral de la Reconstrucción con Cambios aprobado mediante Decreto Supremo Nº 091-2017-PCM y modificatorias, a fin de efectuar el cambio de unidad ejecutora de intervenciones según se detalla en el Anexo Nº 08 que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 9.- Los Anexos de la presente Resolución, serán publicados por la Gerencia de Comunicación Estratégica en el portal web institucional de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios (www.rcc.gob.pe), el mismo día de la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano Artículo 10.- La presente resolución entra en vigencia el día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Artículo 11.- Encargar a la Gerencia Administrativa la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. NELSON CHUI MEJIA Director Ejecutivo Autoridad para la Reconstrucción con Cambios 1776203-3

CULTURA
Aprueban las Bases de la segunda convocatoria de los Concursos para las Artes escénicas, artes visuales y la música para el año 2019
RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° D000063-2019-DGIA/MC Lima, 4 de junio de 2019 VISTO, el informe N° D000075/DIA/MC, de fecha 29 de mayo de 2019, de la Dirección de Artes; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N°29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura, se creó el Ministerio de Cultura como organismo del Poder Ejecutivo con personería jurídica de derecho público; estableciendo en el literal i) de su artículo 5, que el Ministerio de Cultura es el organismo rector en materia de cultura y ejerce competencia, exclusiva y excluyente, respecto de otros niveles de gobierno en todo el territorio nacional, en la promoción de la creación cultural en todos los campos, el perfeccionamiento de los creadores y gestores culturales, y el desarrollo de las industrias culturales; Que, mediante la Vigésima Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, se autoriza al Ministerio de Cultura, durante el Año Fiscal 2019, a otorgar estímulos económicos a personas naturales y jurídicas privadas que participan en las industrias culturales y las artes, de conformidad con las condiciones, procedimientos y demás normas

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