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4 NORMAS LEGALES Jueves 28 de marzo de 2019 / El Peruano Ordenanza Nº 005-2019/MDPN.- Aprueban realización de matrimonio civil comunitario por la celebración del Día de la Madre 91 R.A. Nº 064-2019/AL/MDPN.- Designan responsables de la entrega de información de Acceso Público y de la elaboración y actualización del portal de transparencia de la Municipalidad 92 MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE LURIGANCHO Ordenanza Nº 390.- Ordenanza que regula el proceso del Presupuesto Participativo B asado en Resultados en el distrito de San Juan de Lurigancho para el Año Fiscal 2020 93 MUNICIPALIDAD DE SURQUILLO Ordenanza Nº 421-MDS.- Ordenanza que aprueba el Proyecto Educativo Local - PEL de la Municipalidad Distrital de Surquillo 94PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MAJES R.A. Nº 059-2019-MDM.- Delegan en el Gerente Municipal la facultad de aprobar modificaciones en el Nivel Funcional Programático durante el Ejercicio Presupuestario 2019 94 MUNICIPALIDAD DISTRITAL VEINTISEIS DE OCTUBRE Acuerdo N° 006-2019-MDVO-CM.- Fijan remuneración mensual de Alcalde y dieta de Regidores 95 PODER LEGISLATIVO CONGRESO DE LA REPUBLICA RESOLUCIÓN LEGISLATIVA Nº 30923 EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA; Ha dado la Resolución Legislativa siguiente: RESOLUCIÓN LEGISLATIVA QUE CONCEDE PENSIÓN DE GRACIA A DON ARTURO REYES ROSALES, POR SU DESTACADA LABOR COMO CANTANTE Y COMPOSITOR DE HUÁNUCO Artículo 1. Del objeto Concédese pensión de gracia a don Arturo Reyes Rosales, ascendente a DOS (2) REMUNERACIONES MÍNIMAS VITALES mensuales, cuyo merecimiento ha sido debidamente cali fi cado. Artículo 2. De la naturaleza La pensión de gracia a que se re fi ere el artículo precedente es personal, intransferible y no genera derecho de pensión de sobrevivientes. Artículo 3. Del cumplimiento El Ministerio de Cultura queda encargado del cumplimiento de la presente resolución legislativa, debiendo efectuarse las acciones administrativas con cargo a su presupuesto institucional aprobado por la Ley 30879, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; sin generar una demanda de recursos adicionales al tesoro público y de acuerdo con las normas presupuestarias vigentes. Artículo 4. De la vigencia La presente resolución legislativa entra en vigencia el día siguiente de su publicación en el diario o fi cial El Peruano. Comuníquese al señor Presidente de la República para su promulgación. En Lima, a los veintiún días del mes de marzo de dos mil diecinueve. DANIEL SALAVERRY VILLA Presidente del Congreso de la República LEYLA CHIHUÁN RAMOS Primera Vicepresidenta del Congreso de la RepúblicaAL SEÑOR PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Lima, 27 de marzo de 2019. Cúmplase, regístrese, comuníquese, publíquese y archívese. MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República SALVADOR DEL SOLAR LABARTHE Presidente del Consejo de Ministros 1754562-1 PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS Declaran Estado de Emergencia en los distritos de Puerto Inca, Tournavista, Yuyapichis, Codo del Pozuzo y Honoria de la provincia de Puerto Inca del departamento de Huánuco, y en los distritos de Constitución, Palcazú y Puerto Bermúdez de la provincia de Oxapampa del departamento Pasco DECRETO SUPREMO Nº 050-2019-PCM EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICACONSIDERANDO: Que, el artículo 44 de la Constitución Política del Perú prevé que son deberes primordiales del Estado garantizar la plena vigencia de los derechos fundamentales, proteger a la población de las amenazas contra su seguridad y promover el bienestar general que se fundamenta en la justicia y en el desarrollo integral y equilibrado de la Nación; Que, asimismo, el artículo 137 de la Carta Magna establece que el Presidente de la República, con acuerdo del Consejo de Ministros, puede decretar, por plazo determinado, en todo el territorio nacional, o en parte de él, y dando cuenta al Congreso o a la Comisión Permanente, los estados de excepción señalados en dicho artículo, entre los cuales se encuentra el Estado de Emergencia, en caso de perturbación de la paz o del orden interno,