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4 NORMAS LEGALES Domingo 5 de mayo de 2019 / El Peruano VISTOS: El Memorando N° 694-2019-MINAGRI-SG/OGPP, de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, los Informes Nos. 051-2019-MINAGRI-SG/OGPP-OPLA y 052-2019-MINAGRI-SG/OGPP-OPLA, emitido por la O fi cina de Planeamiento de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, y, el Informe Legal N° 469-2019-MINAGRI-SG/OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, el literal a) del numeral 23.1 del artículo 23 y 25 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece entre otras funciones generales que los Ministerios deben formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar la política nacional y sectorial bajo su competencia, aplicable a todos los niveles de gobierno; asimismo, dispone que a los Ministros de Estado, les corresponde las funciones de dirigir el proceso de planeamiento estratégico sectorial, en el marco del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y determinar los objetivos sectoriales, funcionales y nacionales aplicables a todos los niveles de gobierno, así como aprobar los planes de actuación; Que, el Decreto Legislativo N° 997, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, modi fi cado por la Ley N° 30048, dispone que el ahora denominado Ministerio de Agricultura y Riego es el órgano rector del Sector Agricultura y Riego, el cual, entre otros, diseña, establece, ejecuta y supervisa las políticas nacionales y sectoriales en materia agraria; ejerce la rectoría en relación con ella y vigila su obligatorio cumplimiento por los tres niveles del gobierno; Que, por Decreto Legislativo N° 1088, Ley del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico se crea el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico (CEPLAN), como órgano rector y orientador del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico; Que, el literal d) del numeral 7.2 del artículo 7 de la Directiva para la Actualización del Plan Estratégico de Desarrollo Nacional, aprobada con Resolución de Presidencia del Consejo Directivo N° 026-2017/CEPLAN/PCD, establece que las políticas institucionales se concretan en los Planes Estratégicos Institucionales – PEI y los planes operativos institucionales – POI; Que, a través de la Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 033-2017/ CEPLAN/PCD, se aprobó la Guía para el Planeamiento Institucional que comprende la política y los planes que permiten la elaboración o modi fi cación del Plan Estratégico Institucional – PEI y el Plan Operativo Institucional – POI, en el marco del ciclo de planeamiento estratégico para la mejora continua; Que, la Sección 6 de la acotada Guía para el Planeamiento Institucional aprobada por la Resolución de Presidencia del Consejo Directivo N° 033-2017/CEPLAN/PCD y modi fi catorias, señala, entre otros, que el POI comprende la programación multianual de las actividades operativas e Inversiones necesarias para ejecutar las AEI de fi nidas en el PEI, por un período no menor de tres años, respetando el período de vigencia del PEI, además, establece los recursos fi nancieros y las metas físicas mensuales para cada periodo anual (programación física, de costeo y fi nanciera), en relación con los logros esperados de los objetivos del PEI; Que, con el documento de Vistos, la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto remite los Informes N° 051-2019-MINAGRI-SG/OGPP-OPLA y 052-2019-MINAGRI-SG/OGPP-OPLA, de la O fi cina de Planeamiento en el que señala que se ha elaborado el Plan Operativo Institucional Multianual 2020–2022 del Pliego 013: Ministerio de Agricultura y Riego, a través de un proceso participativo con los órganos, programas, proyectos especiales y unidades ejecutoras del Ministerio de Agricultura y Riego, a la Guía para el Planeamiento Institucional y al Plan Estratégico Institucional PEI 2019-2022 del Ministerio de Agricultura y Riego, aprobado por Resolución Ministerial N° 0054-2019-MINAGRI; que permitirá viabilizar el logro de los objetivos y acciones estratégicas institucionales;Que, la Comisión de Planeamiento Estratégico del Pliego 013: MINAGRI, creada por Resolución Ministerial N° 0129-2018-MINAGRI y modi fi cada por Resolución Ministerial N° 0438-2018-MINAGRI, ha validado en el ámbito de sus funciones el Plan Operativo Institucional Multianual 2020–2022 del Pliego 013: Ministerio de Agricultura según Acta N° 002-2019-MINAGRI-SG/OGPP-ST/CPE-PLIEGO: 013 de fecha 29 de abril del presente año. Que, el numeral 6.2 de la Guía para el Planeamiento Institucional, modi fi cada por el artículo 1 de la Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 00016-2019/CEPLAN/PCD, establece que el Titular de la Entidad, aprueba el Plan Operativo Institucional (POI) Multianual hasta el 30 de abril y se registra a través del aplicativo CEPLAN V.01; Que, habiéndose registrado el Plan Operativo Institucional Multianual 2020–2022 del Pliego 013: Ministerio de Agricultura y Riego a través del aplicativo CEPLAN V.01 dentro del plazo establecido, corresponde formalizar su aprobación mediante acto resolutivo; Que, la O fi cina de Planeamiento de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, recomienda la aprobación del Plan Operativo Institucional Multianual 2020–2022 del Pliego 013: Ministerio de Agricultura y Riego, a fi n de ejecutar las actividades operativas e inversiones de cada uno de los Órganos, Programas, Proyectos Especiales y Unidades Ejecutoras No Estructuradas del Pliego 013: MINAGRI; Que, con el visado de la Secretaría General, de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, y de la Ofi cina General Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo N° 997, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura y Riego modi fi cado por la Ley N° 30048; el Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2014-MINAGRI, y sus modi fi catorias; y, la Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 033-2017/CEPLAN/PCD, que aprueba la Guía para el Planeamiento Institucional, y modi fi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar el Plan Operativo Institucional Multianual 2020–2022 del Pliego 013: Ministerio de Agricultura y Riego, cuyo texto en Anexo forma parte de la presente Resolución. Artículo 2.- Remitir la presente Resolución y sus antecedentes a la Oficina de Planeamiento de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Agricultura y Riego, para su posterior ajuste y consistencia al Presupuesto Institucional de Apertura 2020. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano; y sus Anexos en el Portal Institucional del Ministerio de Agricultura y Riego (www.gob.pe/minagri y en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese.FABIOLA MARTHA MUÑOZ DODERO Ministra de Agricultura y Riego 1766390-1 Autorizan viaje de servidor del SENASA a Brasil, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0160-2019-MINAGRI Lima, 03 de mayo de 2019VISTOS; el O fi cio N° 0159-2019-MINAGRI-SENASA, del Jefe del Servicio Nacional de Sanidad Agraria; y, el Informe Legal N° 473-2019-MINAGRI-SG/OGAJ, de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Agricultura y Riego; y,