Norma Legal Oficial del día 05 de mayo del año 2019 (05/05/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

El Peruano / Domingo 5 de mayo de 2019

NORMAS LEGALES

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modificaciones, el Decreto Supremo N° 038-2014-EM que aprueba el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Energía y Minas y sus modificaciones, la Ley N° 30705, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, aprobado por Decreto Supremo N° 031-2007-EM y sus modificaciones; SE RESUELVE: Artículo 1.- Establecer con carácter temporal la servidumbre de ocupación para desarrollar estudios a nivel de factibilidad relacionados a la actividad de generación de energía eléctrica para la futura Central Eólica "Parque Eólico Los Vientos" a favor de la concesión temporal de la que es titular Kallpa Generación S.A., ubicada en los distritos de Ocucaje y Santiago, provincia y departamento de Ica, según las coordenadas UTM (WGS 84) que figuran en la documentación técnica y los planos proporcionados por la empresa que forman parte del Expediente, conforme al siguiente cuadro:
Descripción de la Servidumbre Central Eólica Parque 31249119 Eólico Los Vientos Ubicación: distritos de Ocucaje y Santiago, provincia y departamento de Ica Área "A" Cód. Exp. Área de Servidumbre Área total: 78 400.00 m2 Propietario

Artículo 5.- Establecer que la presente Resolución Ministerial entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. FRANCISCO ISMODES MEZZANO Ministro de Energía y Minas 1763288-1

Reconforman el Comité de Gobierno Digital del Ministerio de Energía y Minas, constituido por R.M. N° 342-2018-MEM/DM
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 125-2019-MEM/DM Lima, 2 de mayo de 2019 VISTOS: El Informe Técnico N° 019-2019-MEM-OGAOTI/SRQ, de la Oficina de Tecnologías de la Información de la Oficina General de Administración; y el Informe N° 389-2019-MEM/OGAJ, de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Energía y Minas; CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, declara al Estado Peruano en proceso de modernización en sus diferentes instancias, entidades, organizaciones y procedimientos, con la finalidad de mejorar la gestión pública y contribuir en el fortalecimiento de un Estado moderno, descentralizado y con mayor participación de la ciudadanía; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 081-2013-PCM se aprueba la Política Nacional de Gobierno Electrónico 2013-2017, de alcance nacional y cumplimiento obligatorio por parte de todas las entidades de la Administración Pública, la cual precisa lineamientos estratégicos para la adopción del Gobierno Electrónico en el país; Que, mediante Decreto Supremo N° 033-2018PCM, se crea la Plataforma Digital Única del Estado Peruano para orientación al ciudadano y se establecen disposiciones adicionales para el desarrollo del Gobierno Digital, entre ellas, la designación como Líder nacional de Gobierno Digital a la Secretaría de Gobierno Digital de la Presidencia del Consejo de Ministros, quien dirige, evalúa y supervisa el proceso de transformación digital y dirección estratégica del Gobierno Digital; Que, el artículo 1 de la Resolución Ministerial N° 119-2018-PCM, establece que cada entidad de la Administración Pública debe constituir un Comité de Gobierno Digital, el mismo que debe estar conformado por el/la titular de la entidad o su representante; el/la líder de Gobierno Digital; el/la responsable del área de informática o quien haga sus veces; el/la responsable del área de recursos humanos o quien haga sus veces; el/la responsable del área de atención al ciudadano o quien haga sus veces; y; el/la Oficial de seguridad de la información; Que, mediante Resolución Ministerial N° 342-2018MEM/DM, se resuelve constituir el Comité de Gobierno Digital del Ministerio de Energía y Minas (MEM), estableciendo las funciones que debe cumplir y los miembros que lo conforman; y asimismo, mediante la Resolución Ministerial N° 002-2019-MEM/DM de fecha 03 de enero de 2019, se aprobó la conformación del Comité de Gestión de Seguridad de la Información del Ministerio de Energía y Minas cumpliendo con lo dispuesto para todas las entidades estatales; Que, mediante Resolución Ministerial N° 087-2019PCM, que aprueba disposiciones sobre la conformación y funciones del Comité de Gobierno Digital, se dispone modificar los artículos 1 y 2 de la Resolución Ministerial Nº 119-2018-PCM, referidos a la creación del Gobierno Digital y las funciones del referido Comité; Que, asimismo el artículo 2 de la norma citada en el considerando precedente, dispone dejar sin efecto los artículos 2, 5 y 5.A de la Resolución Ministerial N° 004-

Área: 19 600 m2 Coordenadas UTM (WGS 84) de puntos de referencia del área: Vértice Este Norte 1A 412 776 8 382 079 2A 412 636 8 382 079 3A 412 636 8 381 939 4A 412 776 8 381 939 Área: 19 600 m2 Coordenadas UTM (WGS 84) de puntos de referencia del área: Vértice Este Norte 1B 402 464 8 384 004 2B 402 324 8 384 004 3B 402 324 8 383 864 4B 402 464 8 383 864 Área: 19 600 m2 Coordenadas UTM (WGS 84) de puntos de referencia del área: Vértice Este Norte 1C 403 410 8 379 257 2C 403 270 8 379 257 3C 403 270 8 379 117 4C 403 410 8 379 117 Área: 19 600 m2 Coordenadas UTM (WGS 84) de puntos de referencia del área: Vértice Este Norte 1D 409 984 8 373 896 2D 409 844 8 373 896 3D 409 844 8 373 756 4D 409 984 8 373 756

Estado

Área "B"

Estado

Área "C"

Estado

Área "D"

Estado

Artículo 2.- Disponer que Kallpa Generación S.A. adopte las medidas necesarias a fin que las áreas afectadas no sufran daño ni perjuicio por causa de la servidumbre, quedando sujeta a la responsabilidad civil pertinente en caso de incumplimiento. Artículo 3.- Disponer que Kallpa Generación S.A. vele permanentemente para evitar que en las áreas afectadas por las servidumbres, o sobre estas, se ejecute cualquier tipo de construcción que restrinja su ejercicio. Artículo 4.- Disponer que la duración de la servidumbre temporal será por el plazo que dure la concesión temporal otorgada a Kallpa Generación S.A. mediante la Resolución Ministerial N° 036-2019-MEM/DM.

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