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23 NORMAS LEGALES Lunes 6 de mayo de 2019 El Peruano / ORGANISMOS AUTONOMOS SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES Autorizan inscripción de persona natural en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, Empresas de Reaseguros del Exterior y Actividades de Seguros Transfronterizas RESOLUCIÓN SBS Nº 1714-2019 Lima, 24 de abril de 2019 EL SECRETARIO GENERALVISTA: La solicitud presentada por la señora Mariana Arens Ortiz de Maravi para que se autorice su inscripción en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, Empresas de Reaseguros del Exterior y Actividades de Seguros Transfronterizas (Registro): Sección III De los Corredores de Seguros: A. Personas Naturales punto 2.- Corredores de Seguros de Personas; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución SBS N° 808-2019 se aprueba el Reglamento del Registro y se deroga parcialmente el Reglamento del Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, aprobado por Resolución SBS N° 1797-2011 y normas modi fi catorias; estableciéndose asimismo, en el Artículo Cuarto de la Resolución SBS N° 808-2019, que a los procesos de inscripción en curso a la fecha de entrada en vigencia de dicha norma, se les seguirá aplicando las disposiciones del Reglamento aprobado mediante Resolución SBS N° 1797-2011; Que, el Reglamento del Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros aprobado mediante Resolución SBS N° 1797-2011, establece los requisitos formales para la inscripción de los Corredores de Seguros en el Registro respectivo; Que, la Secretaría Técnica mediante Acta de Evaluación de fecha 25 de febrero de 2019, ha considerado pertinente aceptar la inscripción de la señora Mariana Arens Ortiz de Maravi postulante a Corredor de Seguros de Personas - persona natural, con arreglo a lo dispuesto en el Reglamento del Proceso de Evaluación de los Postulantes al Registro, concluyéndose el proceso de evaluación; Que, la solicitante ha cumplido con los requisitos formales y procedimientos establecidos en las citadas normas administrativas; y, De conformidad con lo establecido en la Ley N° 26702 y sus modi fi catorias - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros; y, en el Texto Único de Procedimientos Administrativos de esta Superintendencia aprobado por Resolución SBS N° 1678-2018; RESUELVE:Artículo Primero.- Autorizar la inscripción de la señora Mariana Arens Ortiz de Maravi, con matrícula número N-4726, en el Registro, Sección III De los Corredores de Seguros: A. Personas Naturales punto 2.- Corredores de Seguros de Personas, a cargo de esta Superintendencia. Artículo Segundo.- La presente Resolución entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano.Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS MELGAR ROMARIONI Secretario General 1766221-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE LURIGANCHO CHOSICA Autorizan la celebración de Matrimonios Comunitarios en el año 2019 en el distrito DECRETO DE ALCALDÍA Nº 001-2019/MDL Chosica, 11 de enero de 2019EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LURIGANCHO; CONSIDERANDO:Que, el Gerente de Desarrollo Social, mediante Informe Nº 02-2018/MDL-GDS, teniendo en cuenta el Informe Nº 002-19/MDL-GDS-SGRC, emitido por el Sub Gerente de Registro Civil y Cementerio, sugiere se emita el Decreto de Alcaldía que disponga la celebración de los Matrimonios Comunitarios a fi n que las parejas regularicen su unión, reforzando así la consolidación y fortalecimiento del núcleo familiar, al amparo de lo preceptuado por los artículos 233 y 234 del Código Civil y la Ley Orgánica de Municipalidades, proponiendo las siguientes fechas para la realización de dichos eventos: sábado 25 de mayo y sábado 19 de octubre. Que, mediante Memorándum Nº 016-2019/MDL-GM, el Gerente Municipal dispone se emita el Decreto de Alcaldía para la celebración de Matrimonios Comunitarios del 2019, en las fechas señaladas de acuerdo a las normas vigentes, para posterior suscripción por parte del Titular; y, Por los fundamentos expuestos y en atribución de los artículos 84º y 20º, incisos 6) y 16) de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; SE DECRETA:Primero.- AUTORIZAR en el año 2019, la celebración de MATRIMONIOS COMUNITARIOS en el distrito de Lurigancho, de acuerdo al siguiente cronograma: - Sábado 25 de mayo (Chosica), con motivo del mes de celebración del Día de la Madre. - Sábado 19 de octubre (Chosica), con motivo de celebración del Aniversario del distrito. Segundo.- ENCARGAR a la Sub Gerencia de Registro Civil y Cementerio la organización de los correspondientes expedientes matrimoniales bajo la estricta supervisión y responsabilidad de la Gerencia de Desarrollo Social, señalándose como obligatorios la presentación y cumplimiento de los requisitos señalados en el artículo 248º del Código Civil. Tercero.- AUTORIZAR a la Alcaldía para que vía resolución, pueda incluir nuevas fechas para la celebración de matrimonios comunitarios. Cuarto.- ENCARGAR a la Sub Gerencia de Prensa y Relaciones Públicas y a la Sub Gerencia de Gestión Tecnológica, la difusión en el portal web municipal para estos importantes eventos. Regístrese, comuníquese y cúmplase. VICTOR A. CASTILLO SANCHEZ Alcalde 1765911-1