Norma Legal Oficial del día 06 de mayo del año 2019 (06/05/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

El Peruano / Lunes 6 de mayo de 2019

NORMAS LEGALES
Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS MELGAR ROMARIONI Secretario General 1766221-1

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ORGANISMOS AUTONOMOS

SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES
Autorizan inscripción de persona natural en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, Empresas de Reaseguros del Exterior y Actividades de Seguros Transfronterizas
RESOLUCIÓN SBS Nº 1714-2019 Lima, 24 de abril de 2019 EL SECRETARIO GENERAL VISTA: La solicitud presentada por la señora Mariana Arens Ortiz de Maravi para que se autorice su inscripción en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, Empresas de Reaseguros del Exterior y Actividades de Seguros Transfronterizas (Registro): Sección III De los Corredores de Seguros: A. Personas Naturales punto 2.Corredores de Seguros de Personas; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución SBS N° 808-2019 se aprueba el Reglamento del Registro y se deroga parcialmente el Reglamento del Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, aprobado por Resolución SBS N° 1797-2011 y normas modificatorias; estableciéndose asimismo, en el Artículo Cuarto de la Resolución SBS N° 808-2019, que a los procesos de inscripción en curso a la fecha de entrada en vigencia de dicha norma, se les seguirá aplicando las disposiciones del Reglamento aprobado mediante Resolución SBS N° 1797-2011; Que, el Reglamento del Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros aprobado mediante Resolución SBS N° 1797-2011, establece los requisitos formales para la inscripción de los Corredores de Seguros en el Registro respectivo; Que, la Secretaría Técnica mediante Acta de Evaluación de fecha 25 de febrero de 2019, ha considerado pertinente aceptar la inscripción de la señora Mariana Arens Ortiz de Maravi postulante a Corredor de Seguros de Personas - persona natural, con arreglo a lo dispuesto en el Reglamento del Proceso de Evaluación de los Postulantes al Registro, concluyéndose el proceso de evaluación; Que, la solicitante ha cumplido con los requisitos formales y procedimientos establecidos en las citadas normas administrativas; y, De conformidad con lo establecido en la Ley N° 26702 y sus modificatorias - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros; y, en el Texto Único de Procedimientos Administrativos de esta Superintendencia aprobado por Resolución SBS N° 1678-2018; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar la inscripción de la señora Mariana Arens Ortiz de Maravi, con matrícula número N-4726, en el Registro, Sección III De los Corredores de Seguros: A. Personas Naturales punto 2.- Corredores de Seguros de Personas, a cargo de esta Superintendencia. Artículo Segundo.- La presente Resolución entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.

GOBIERNOS LOCALES

MUNICIPALIDAD DE LURIGANCHO CHOSICA
Autorizan la celebración de Matrimonios Comunitarios en el año 2019 en el distrito
DECRETO DE ALCALDÍA Nº 001-2019/MDL Chosica, 11 de enero de 2019 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LURIGANCHO; CONSIDERANDO: Que, el Gerente de Desarrollo Social, mediante Informe Nº 02-2018/MDL-GDS, teniendo en cuenta el Informe Nº 002-19/MDL-GDS-SGRC, emitido por el Sub Gerente de Registro Civil y Cementerio, sugiere se emita el Decreto de Alcaldía que disponga la celebración de los Matrimonios Comunitarios a fin que las parejas regularicen su unión, reforzando así la consolidación y fortalecimiento del núcleo familiar, al amparo de lo preceptuado por los artículos 233 y 234 del Código Civil y la Ley Orgánica de Municipalidades, proponiendo las siguientes fechas para la realización de dichos eventos: sábado 25 de mayo y sábado 19 de octubre. Que, mediante Memorándum Nº 016-2019/MDL-GM, el Gerente Municipal dispone se emita el Decreto de Alcaldía para la celebración de Matrimonios Comunitarios del 2019, en las fechas señaladas de acuerdo a las normas vigentes, para posterior suscripción por parte del Titular; y, Por los fundamentos expuestos y en atribución de los artículos 84º y 20º, incisos 6) y 16) de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; SE DECRETA: Primero.- AUTORIZAR en el año 2019, la celebración de MATRIMONIOS COMUNITARIOS en el distrito de Lurigancho, de acuerdo al siguiente cronograma: - Sábado 25 de mayo (Chosica), con motivo del mes de celebración del Día de la Madre. - Sábado 19 de octubre (Chosica), con motivo de celebración del Aniversario del distrito. Segundo.- ENCARGAR a la Sub Gerencia de Registro Civil y Cementerio la organización de los correspondientes expedientes matrimoniales bajo la estricta supervisión y responsabilidad de la Gerencia de Desarrollo Social, señalándose como obligatorios la presentación y cumplimiento de los requisitos señalados en el artículo 248º del Código Civil. Tercero.- AUTORIZAR a la Alcaldía para que vía resolución, pueda incluir nuevas fechas para la celebración de matrimonios comunitarios. Cuarto.- ENCARGAR a la Sub Gerencia de Prensa y Relaciones Públicas y a la Sub Gerencia de Gestión Tecnológica, la difusión en el portal web municipal para estos importantes eventos. Regístrese, comuníquese y cúmplase. VICTOR A. CASTILLO SANCHEZ Alcalde 1765911-1

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