Norma Legal Oficial del día 18 de mayo del año 2019 (18/05/2019)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 5

El Peruano / Sábado 18 de mayo de 2019

NORMAS LEGALES
Pasajes aéreos Viáticos $ 540 x 4 días (1+3) : : US $ US $

5
1 774,09 2 160,00

registrada según la legislación alemana con miembros de 40 países de los continentes en todo el mundo, tiene como finalidad trabajar con la comunidad de repositorios y otras partes interesadas para desarrollar una comunidad de conocimiento global, sostenible e inclusiva; Que, mediante Carta de fecha 26 de febrero de 2019, la representante de la Confederación de Repositorios de Acceso Abierto (COAR) invita al señor Héctor Andrés Melgar Sasieta, Director de la Dirección de Evaluación y Gestión del Conocimiento del CONCYTEC, a participar en la "Reunión Anual y Asamblea General de la Confederación de Repositorios de Acceso Abierto ­ COAR 2019", que se realizará en la ciudad de Lyon, República Francesa, del 21 al 23 de mayo de 2019; Que, respecto a la importancia de la participación del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica (CONCYTEC) en el mencionado evento, el Informe N° 021-2019-CONCYTEC-DEGC-FRRC elaborado por la Dirección de Evaluación y Gestión del Conocimiento indica que: i) El CONCYTEC ha sido invitado en su calidad de miembro de la COAR y asimismo teniendo en cuenta que ha sido elegido como anfitrión de la Reunión Anual COAR del 2020, por lo que la participación en el evento nos ayudará en el proceso de planificación para la próxima reunión anual; ii) Permitirá presentar ante la comunidad internacional tanto los logros como las necesidades de los gestores de información científica peruanos; iii) Posibilitará recibir el apoyo y colaboración de instituciones de primera importancia mundial, para el fortalecimiento e integración de los sistemas del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica (CONCYTEC) en los repositorios institucionales del SINACYT; iv) Permitirá incorporar a la infraestructura de información para la producción científica en Perú las mejores prácticas y estándares internacionales sobre Repositorios Institucionales de Acceso Abierto; v) Permitirá fortalecer una provechosa integración entre el SINACYT y la comunidad internacional de expertos en Repositorios Institucionales de Acceso Abierto; y, vi) Permitirá facilitar la realización de nuevas capacitaciones técnicas internacionales en español para los responsables de los Repositorios Institucionales del Perú, según las necesidades nacionales; Que, la participación del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica (CONCYTEC) en el referido evento, contribuirá al fortalecimiento de capacidades del país en el ámbito de la ciencia, tecnología e innovación tecnológica, entre otros; Que, en razón del interés institucional, resulta pertinente autorizar el viaje del señor Héctor Andrés Melgar Sasieta, Director de la Dirección de Evaluación y Gestión del Conocimiento del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica (CONCYTEC), cuyos gastos por pasajes y viáticos serán cubiertos con cargo al presupuesto del CONCYTEC; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y modificatorias; y, el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 022-2017-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar, el viaje del señor Héctor Andrés Melgar Sasieta, Director de la Dirección de Evaluación y Gestión del Conocimiento del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica (CONCYTEC), del 19 al 24 de mayo de 2019, a la ciudad de Lyon, República Francesa, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolución ministerial. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolución ministerial, serán con cargo al Presupuesto Institucional del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica (CONCYTEC), de acuerdo al siguiente detalle:

Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, la persona cuyo viaje se autoriza deberá presentar ante la Titular de su Entidad, un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos. En el mismo plazo presentará las rendiciones de cuentas por los viáticos entregados debidamente documentada. Artículo 4.- La presente resolución ministerial no otorga derecho a exoneración de impuestos o de derechos aduaneros, de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. SALVADOR DEL SOLAR LABARTHE Presidente del Consejo de Ministros 1770593-2

AGRICULTURA Y RIEGO
Suspenden la aplicación de los requisitos fitosanitarios establecidos en la R.D. N° 0006-2019-MINAGRI-SENASA-DSV
RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 0007-2019-MINAGRI-SENASA-DSV 17 de mayo de 2019 VISTOS: El Informe N°0007-2019-MINAGRI-SENASA-DSVSCV-ODOLORES de fecha 17 de mayo del 2019, así como la Resolución Directoral N°0006­2019­MINAGRI­ SENASA-DSV fecha 12 de mayo de 2019, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Directoral N°0006­2019­ MINAGRI­SENASA-DSV publicada el 12 de mayo de 2019, se publicaron los requisitos fitosanitarios de cumplimiento obligatorio, para la importación de quinua grano de origen y procedencia España, estableciéndose en los antecedentes como Declaración Adicional, lo siguiente: Producto Libre de: - Latheticus oryzae, Corcyra ceohalonica, Cadra calidella, Trogoderma granarium y Trogoderma inclusum. - Tratamiento de fumigación pre embarque con: - Bromuro de metilo(utilizar una de las siguientes dosis): 40 gr/m³/12h/Tº a mayores o igual a 32 °C; 56 gr/ m³/12h/Tº de 27 a 31 °C; 92 gr/m³/12h/Tº de 21 a 26 °C; 96 gr/m³/12h/Tº de 16 a 20 °C; 120 gr/m³/12h/Tº de 10 a 15 °C; 144 gr/m³/12h/Tº de 4 a 9 ºC o2.2.2. - Fosfamina (utilizar una de las siguientes dosis: 3 gr/ m³/72h/Tº de 16 a 20 °C; 2 gr/m³/96h/Tº mayor o igual a 21 °C; 2 gr/m³/120h/Tº de 16 a 20 °C; 2 gr/m³/144h/Tº de 11 a 15 °C; 2 gr/m³/240h/Tº de 5 a 10 °C). Que, mediante el informe del visto, se indica que habiéndose tomado conomiento luego de la publicación de la Resolución Directoral N°006-2019­MINAGRI­ SENASA-DSV, que en el Manual Quarantine Treatments and Application Procedures: I. Methyl Bromide Fumigation, del Government of India Ministry of Agriculture Department of Agriculture & Cooperation, se ha establecido que para el control de la plaga trogoderma variabilis, la dosis mínima aplicada de bromuro de metilo es de 80 gr/ m3. Asimismo, en el manual de fumigaciones de The Australian Fumigation Accreditation Scheme (AFAS), sobre el tratamiento aplicado a la plaga "Khapra Beetle" con Bromuro de Metilo, la dosis mínima igualmente aplicada es de 80 gr/m3;

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.