Norma Legal Oficial del día 18 de mayo del año 2019 (18/05/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

El Peruano / Sábado 18 de mayo de 2019

NORMAS LEGALES

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Lucha contra la Corrupción, establece que las entidades del Estado que se encuentran dentro del ámbito de su aplicación, tienen a su cargo la implementación y ejecución de la misma, en el marco de sus competencias; Que, mediante Decreto Supremo Nº 044-2018-PCM, se aprobó el "Plan Nacional de Integridad y Lucha contra la Corrupción 2018 - 2021", instrumento que establece las acciones priorizadas que sobre la materia se deben emprender para prevenir y combatir la corrupción, e impulsar la integridad pública, en el marco de la Política Nacional de Integridad y Lucha contra la Corrupción; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 0071-2019-MINAGRI, se aprueba el "Plan de Integridad y Lucha contra la Corrupción del Sector Agricultura y Riego 2019 ­ 2020", el cual contiene las acciones y medidas consensuadas y validadas por los actores del sector Agricultura y Riego, con el objetivo de implementar una cultura de Integridad y combatir los actos de corrupción, a través de su prevención, gestión y sanción; Que, el "Plan de Integridad y Lucha contra la Corrupción del Sector Agricultura y Riego 2019 ­ 2020", establece que las Unidades Orgánicas del Ministerio de Agricultura y Riego y sus Organismos Públicos Adscritos, en un plazo máximo de noventa (90) días calendarios de aprobado dicho Plan, deberán: i) Aprobar el Plan Institucional de Integridad y Lucha Contra la Corrupción, y ii) Incorporar dentro de su Plan Operativo Institucional, las actividades, indicadores que correspondan en el marco del Plan Sectorial de Integridad y Lucha Contra la Corrupción, a fin de contar con la asignación presupuestal correspondiente que asegure su cumplimiento; Que, a través del Informe de visto, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto sustenta la elaboración de la propuesta del "Plan Institucional de Integridad y Lucha Contra la Corrupción 2019-2020", el cual es necesario aprobar, a fin de contar con un instrumento de gestión que oriente las acciones a desarrollar para prevenir y combatir la corrupción e impulsar la integridad en la Autoridad Nacional del Agua; Que, la Oficina de Asesoría Jurídica mediante Informe Legal N° 384-2019-ANA-OAJ de fecha 15 de mayo del 2019, opina que es legalmente viable expedir acto resolutivo que apruebe el "Plan Institucional de Integridad y Lucha Contra la Corrupción 2019-2020", de la Autoridad Nacional del Agua ­ ANA; Con los vistos de la Oficina de Asesoría Jurídica, Oficina de Planeamiento y Presupuesto y de la Gerencia General; y en uso de las facultades conferidas en el inciso h) del artículo 12º del Reglamento de Organización y Funciones de la ANA, aprobado por Decreto Supremo Nº 018-2017-MINAGRI; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar, el "Plan Institucional de Integridad y Lucha Contra la Corrupción 2019-2020", de la Autoridad Nacional del Agua ­ ANA, el mismo que como Anexo forma parte de la presente Resolución. Artículo 2º.- Incorporar en el Plan Operativo Institucional 2019 de la Autoridad Nacional del Agua, las actividades e indicadores del Plan Institucional aprobado en el artículo precedente. Artículo 3º.- El proceso de Seguimiento y Evaluación de la ejecución del Plan Institucional aprobado en el artículo 1° de la presente Resolución, se efectuará semestralmente, y estará a cargo de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, la que mantendrá informada a la Alta Dirección Institucional, sobre los avances en su ejecución. Artículo 4º.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Portal Institucional de la Autoridad Nacional del Agua (www.ana.gob.pe), al día siguiente de su emisión. Regístrese, comuníquese y publíquese. WALTER OBANDO LICERA Jefe Autoridad Nacional del Agua 1770477-2

COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO
Autorizan viaje de representante de PROMPERÚ a República Dominicana, Panamá y Guatemala, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 168-2019-MINCETUR Lima, 14 de mayo de 2019 Visto, el Oficio N° 224-2019-PROMPERÚ/GG, de la Gerencia General de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo - PROMPERÚ. CONSIDERANDO: Que, la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo ­ PROMPERÚ, es un organismo público técnico especializado adscrito al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, competente para proponer y ejecutar los planes y estrategias de promoción de bienes y servicios exportables, así como de turismo interno y receptivo, promoviendo y difundiendo la imagen del Perú en materia turística y de exportaciones; Que, en cumplimiento de las actividades programadas por la Subdirección de Promoción Internacional de la Oferta Exportable, se ha organizado la participación de PROMPERÚ conjuntamente con empresas peruanas exportadoras del sector alimentos, en la "Misión Comercial Superfood Centroamérica" a realizarse en las ciudades de Santo Domingo, República Dominicana, Panamá, República de Panamá, Ciudad de Guatemala y Quetzal, República de Guatemala, del 20 al 25 de mayo de 2019, con el objetivo de posicionar la marca sectorial Superfoods Perú, como fuente de nuestra oferta de productos frescos y procesados de calidad con propiedades nutricionales y funcionales; Que, es importante la participación de PROMPERÚ en dicha misión porque permitirá identificar negocios en el sector HORECA (hoteles, restaurantes, catering y foodservice), en las líneas de productos frescos, procesados, granos y legumbres; además se ha previsto realizar una prospección al sector logístico, con la finalidad de evaluar las facilidades logísticas para hacer más fluido el intercambio comercial; para tal efecto se visitarán los puertos de Caucedo en República Dominicana, Balboa en República de Panamá y Quetzal en República de Guatemala, así como a supermercados y puntos de venta; Que, por tal razón, la Gerencia General de PROMPERÚ ha solicitado se autorice el viaje al exterior de la señorita Mónica Sofía Arias Guerrero, quien labora en la Subdirección de Promoción Internacional de la Oferta Exportable, de la Dirección de Promoción de las Exportaciones, para que en representación de PROMPERÚ, realice acciones de promoción de las exportaciones en la misión antes señalada; Que, la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, establece que los viajes al exterior de servidores, funcionarios o representantes del Estado con cargo a recursos públicos, deben realizarse en categoría económica y ser autorizados conforme lo establece la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos y sus normas reglamentarias; De conformidad con la Ley N° 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos y sus modificatorias, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modificado por el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM y el Decreto Supremo N° 013-2013-MINCETUR, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de PROMPERÚ;

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