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10 NORMAS LEGALES Lunes 4 de noviembre de 2019 / El Peruano enero de 2019, y del correo electrónico de fecha 17 de octubre de 2019, la Dirección del Acceso y Promoción de la Información emitió opinión favorable respecto de la aprobación de la Directiva denominada “Regulación del uso temporal de los ambientes de la Biblioteca Nacional del Perú” propuesta por la O fi cina de Administración a través del Memorando Nº 000234-2019-BNP-GG-OA; Que, a través del Informe Técnico Nº 000127-2019-BNP- GG-OPP-EMO y del Memorando Nº 001200-2019-BNP-GG-OPP, ambos de fecha 18 de octubre de 2019, el Equipo de Trabajo de Modernización y la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, respectivamente, emitieron opinión favorable sobre la aprobación de la referida Directiva; por lo que recomendó se modi fi que el Anexo Nº 1 del Tarifario, a fi n de que lo dispuesto en dichos documentos de gestión se encuentren alineados; así como, la inclusión del Anexo 3 “Condiciones de Uso de los Ambientes de la Biblioteca Nacional del Perú” en el Tarifario; Que, mediante Informe Legal Nº 000271-2019-BNP- GG-OAJ de fecha 18 de octubre de 2019, la O fi cina de Asesoría Jurídica consideró legalmente viable que la Titular de la entidad emita el acto resolutivo a través del cual se modi fi que el Tarifario; Con el visado de la Gerencia General; de la Dirección del Acceso y Promoción de la Información; de la O fi cina de Administración; de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto; y, de la O fi cina de Asesoría Jurídica; De conformidad con la Ley Nº 30570, Ley General de la Biblioteca Nacional del Perú; el Reglamento de Organización y Funciones de la Biblioteca Nacional del Perú, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2018-MC; y, demás normativa pertinente; SE RESUELVE: Artículo 1.- MODIFICAR el Anexo Nº 1 “Uso de Ambientes” e incorporar el Anexo Nº 3 “Condiciones de uso de Ambientes de la Biblioteca Nacional del Perú” en el Tarifario de los Servicios No Prestados en Exclusividad de la Biblioteca Nacional del Perú – 2019, aprobado mediante Resolución Jefatural Nº 029-2019-BNP, y que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- DISPONER que la O fi cina de Tecnologías de la Información y Estadística publique la presente Resolución y sus Anexos en el portal web institucional (www.bnp.gob.pe) en la fecha de publicación de la Resolución en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.MARIA EMMA MANNARELLI CAVAGNARI Jefa Institucional 1822577-1 ORGANISMOS REGULADORES ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION PRIVADA EN TELECOMUNICACIONES Designan Vocales Titulares y Suplentes del Tribunal Administrativo de Solución de Reclamos de Usuarios del OSIPTEL RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO N° 143-2019-CD/OSIPTEL Lima, 24 de octubre de 2019 Materia:Designación de Vocales del Tribunal Administrativo de Solución de Reclamos de Usuarios – TRASUVISTOS: La propuesta del Presidente del Consejo Directivo presentada en la Sesión Nº 719/19; el Informe N° 001-2019 de la Comisión encargada de la conducción del proceso de selección de Vocales del TRASU, designada mediante Memorando N° 00036-PD/2019, y con la conformidad de la Gerencia de Asesoría Legal; CONSIDERANDO:Que, la Ley N° 27336, Ley de Desarrollo de las Funciones y Facultades del OSIPTEL, establece en su artículo 37° que el Tribunal Administrativo de Solución de Reclamos de Usuarios (TRASU) es competente para resolver los reclamos de los usuarios en segunda instancia, siendo su conformación y funcionamiento defi nidos por el OSIPTEL mediante Resolución del Consejo Directivo. Que, el artículo 94° del Reglamento General del Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones (OSIPTEL), aprobado mediante Decreto Supremo N° 008-2001-PCM, dispone que los Vocales integrantes del TRASU serán designados por el Consejo Directivo, pudiendo establecer su número y el mecanismo de conformación de las Salas, de acuerdo a sus necesidades. Que, mediante Resolución de Consejo Directivo Nº 0102-2017-CD/OSIPTEL se aprobó el Reglamento Interno del TRASU, en cuyo artículo 5º establece que los Vocales del TRASU serán nombrados por el Consejo Directivo del OSIPTEL, sobre la base de una propuesta presentada por el Presidente de dicho Consejo. El nombramiento de los Vocales del TRASU será por un período de tres (3) años, renovables. Que, a través de la Resolución N° 053-2017-CD/ OSIPTEL se aprobó el Procedimiento para la designación de los Vocales del TRASU. Que, mediante Informe N° 001-2019 de fecha 18 de octubre de 2019, la Comisión encargada de la conducción del proceso de selección de Vocales del TRASU presentó los resultados de la evaluación realizada de acuerdo al procedimiento aprobado por el Consejo Directivo y propuso la designación de cuatro (4) Vocales Titulares considerando la lista de candidatos fi nalistas. Que, atendiendo a los resultados del proceso de selección realizado, corresponde al Presidente del Consejo Directivo proponer al Consejo Directivo, la designación de los profesionales que se desempeñen en el cargo de Vocales del TRASU. En aplicación de lo previsto en el segundo párrafo del artículo 94º y en el literal i) del artículo 75° del Reglamento General del OSIPTEL y estando a lo acordado por el Consejo Directivo del OSIPTEL en su Sesión Nº 719; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Designar, a partir del 04 de noviembre de 2019 y por un período de tres (3) años, como Vocales Titulares del Tribunal Administrativo de Solución de Reclamos de Usuarios del OSIPTEL, a los señores: - AGUILAR RAMOS MERCEDES. - CAIRAMPOMA ARROYO VICENTE ALBERTO.- ESPINOZA LOZADA JESÚS ELOY. - ZÚÑIGA FERNÁNDEZ TANIA. Artículo Segundo.- Designar, a partir del 04 de noviembre de 2019 y por un período de tres (3) años, como Vocales Suplentes del Tribunal Administrativo de Solución de Reclamos de Usuarios del OSIPTEL, a los señores: - FERRER TAFUR HÉCTOR. - OCHOA MENDOZA FRANCISCO JUAN DE DIOS. Artículo Tercero.- Encargar a la Gerencia General disponer las acciones necesarias para la publicación de