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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2019 (04/11/2019)

CANTIDAD DE PAGINAS: 12

TEXTO PAGINA: 4

4 NORMAS LEGALES Lunes 4 de noviembre de 2019 / El Peruano - ARFFS a través de las Administraciones Técnicas y de Fauna Silvestre (ATFFS), hasta que culmine la trasferencia antes mencionada; Que, el artículo 104° de la Ley en mención dispone que la ARFFS elabora y aprueba los calendarios regionales de caza deportiva, considerando las unidades de gestión forestal y de fauna silvestre (UGFFS) dentro de su jurisdicción, de acuerdo a la especie, distribución, abundancia de interés cinegético, fi jando las temporadas de caza y las cuotas de extracción totales y por autorización; Que, el artículo 88° del Reglamento para la Gestión de Fauna Silvestre, aprobado por Decreto Supremo N°019-2015-MINAGRI, establece que los calendarios se elaboran y se aplican con un enfoque de manejo adaptativo y señalan, para cada UFFS existente dentro del ámbito de la ARFFS, las especies de fauna silvestre permitidas de extraer por sexo y categoría por edad, según corresponda, por el ámbito total y/o por cazador, por temporada o por día y salida, según corresponda; las temporadas de caza por especie; la cuota o número de especímenes permitidos, de acuerdo a la biología de la especie, la cuota o número de especímenes permitidos, de acuerdo a la biología de la especie, el monto de pago del pago por derecho de aprovechamiento o costo de las autorizaciones; Que, de otro parte el artículo 90° del Reglamento en mención, dispone que para la caza deportiva solo deben emplearse las armas autorizadas en el calendario regional de caza deportiva, según los lineamientos técnicos aprobados por el SERFOR, siendo posible, el empleo de armas de fuego, en los tipos, calibres y características establecidas en la normatividad correspondiente, así como de armas neumáticas, arcos y ballestas; Que el Informe N° 064-2019-MINAGRI-SERFOR- ATFFS-AREQUIPA-EFS/KEL, recomienda aprobar el calendario Regional de Caza Deportiva para el periodo de vigencia de 02 años, aplicable en el ámbito territorial de competencia de la Administración Técnica Forestal y de Fauna Silvestre, expone las consideraciones técnicas y legales para el establecimiento de las especies, ámbito geográ fi co, temporadas de caza, derecho de aprovechamiento, tipos de armas, condiciones y cuotas máximas por cazador, y precisa que, según la legislación vigente, las mismas no se encuentran amenazadas y la actividad de caza deportiva no afecta su supervivencia; De conformidad con la Ley N° 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre; el Reglamento para la Gestión de Fauna Silvestre aprobado por Decreto Supremo N° 019-2015-MINAGRI SE RESUELVE: Artículo 1º.- APROBAR el Calendario Regional de Caza Deportiva para el ámbito territorial de competencia de la Administración Técnica Forestal y de Fauna Silvestre Arequipa fuera de las Áreas Naturales Protegidas por el Estado para el periodo de dos año calendario, que como Anexo N° 001 forma parte integrante de la presente, resolución, cuya vigencia es de dos (02) años calendario, contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente resolución. Artículo 2º.- Para realizar la práctica de caza deportiva, en virtud al calendario aprobado, se debe contar la respectiva licencia y la autorización para la caza deportiva. Artículo 3°.- Los tipos de armas permitidas para la caza deportiva así como sus calibres mínimos y características, son los establecidos por el SERFOR mediante la Resolución de Dirección Ejecutiva N°073-2018-MINAGRI-SERFOR/DE Artículo 4.- La práctica de la caza deportiva debe efectuarse conforme a la normatividad de la materia Artículo 5.- Disponer la publicación de la presente Resolución y sus anexos en el Diario O fi cial el Peruano y en el Portal Institucional del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre. www.serfor.gob.pe Regístrese, comuníquese y publíquese.L. FELIPE GONZÁLES DUEÑAS Administrador Técnico Forestal y de Fauna SilvestreServicio Nacional Forestal y deFauna Silvestre - SERFORATFFS AREQUIPA ANEXO 001 Propuesta de Calendario Regional de Caza Deportiva de especies de fauna silvestre no amenazadas, para el ámbito territorial de competencia de la Administración Técnica Forestal y de Fauna Silvestre Arequipa, fuera de las Áreas Naturales Protegidas por el Estado para el periodo de dos años calendario Clase FamiliaNombre cientí fi coNombre Común Ámbito Geográ fi coTemporada de CazaCuota MáximaCuota máxima por cazadorDerecho de Aprove- chamiento/ ejemplar (S/)GrupoEspañol Inglés TinamidaeNothoprocta pentlandiiPerdiz serranaAndean tinamouCAYLLOMA01 setiembre –31 noviembre72 7 16.5Grupo 1 CASTILLA(Caza menor) Anas bahamensisPato gargantilloWhite Cheecked PintailISLAY01 setiembre –31 noviembre35 2 12.38Grupo 1 (Caza menor) Anas cyanopteraPato acaneladoCinammon tealCAMANA, CASTILLA ISLAY01 mayo – 30 octubre71 4 12.38Grupo 1 (Caza menor) Anas fl avirostris Pato sutroSpeckled teal CAYLLOMA CASTILLA01 mayo – 31 agosto 9 1 12.38Grupo 1 Anatidae(Caza menor) Anas geórgica Pato jergaYellowbilled tealISLAY 01 mayo – 31 agosto 10 1 12.38Grupo 1 (Caza menor) Aves** Anas puna Pato puna Silver tealAREQUIPA, CAYLLOMA01 Abril – 30 junio 11 1 12.38Grupo 1 (Caza menor) Lophonetta specularioidesPato serranoCrested duckCAYLLOMA 01 mayo – 30 junio 4 1 12.38Grupo 1 (Caza menor) Oressochen melanopterusHuallataAndean gooseAREQUIPA, CAYLLOMA CASTILLA01 mayo – 31 octubre46 1 20.63Grupo 1 (Caza menor) Patagioenas maculosaPaloma cenizaSpot- windged pigeonAREQUIPA01 marzo – 31 agosto60 5 2.48Grupo 1 (Caza menor)