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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE OCTUBRE DEL AÑO 2019 (31/10/2019)

CANTIDAD DE PAGINAS: 140

TEXTO PAGINA: 88

88 NORMAS LEGALES Jueves 31 de octubre de 2019 / El Peruano EmpresaMonto total a reconocer por Osinergmin (Soles) Electro Tocache 6 021,20Electro Ucayali 17 252,43Electrocentro 157 729,78Electronoroeste 65 064,93Electronorte 155 703,57Electrosur 14 618,09Emsemsa 3 579,38Emseusac 5 163,60Enel Distribución Perú 14 792,33Hidrandina 163 796,23Luz del Sur 16 223,91Seal 28 510,89Sersa 4 114,30TOTAL 1 323 496,07 Artículo 2.- A efectos de los reembolsos de los gastos reconocidos en la presente resolución, la instrucción de orden de pago al fi duciario a que se hace referencia en el Artículo 19.3 de la Norma “Procedimiento para el reconocimiento de costos administrativos y operativos del FISE de las distribuidoras eléctricas en sus actividades vinculadas con el descuento en la compra del balón de gas”, aprobada con Resolución Osinergmin Nº 187-2014-OS/CD, la realizará el Jefe de Proyecto FISE e informará al Consejo Directivo de Osinergmin. Artículo 3.- La presente resolución deberá ser publicada en el Diario O fi cial El Peruano y consignada en el portal de internet de Osinergmin: http://www.osinergmin.gob.pe/Resoluciones/Resoluciones-GRT-2019.aspx, junto con el Informe Técnico Nº 0572-2019-GRT y el Informe Legal Nº 363-2019-GRT. JAIME MENDOZA GACON GerenteGerencia de Regulación de Tarifas 1822685-2 ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS AUTORIDAD DE TRANSPORTE URBANO PARA LIMA Y CALLAO Aceptan renuncia de Gerente General de la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao - ATU RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA N° 45-2019-ATU/PE Lima, 30 de octubre de 2019 CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 30900, se crea la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao -ATU, como organismo técnico especializado, estableciéndose, que esta tiene como objetivo organizar, implementar y gestionar el Sistema Integrado de Transporte de Lima y Callao, en el marco de los lineamientos de política que apruebe el Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, el literal e) del artículo 16 de la Sección Primera del Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad de Transporte Urbano de Lima y Callao – ATU, aprobado por Decreto Supremo N°003-2019-MTC, establece que la Presidencia Ejecutiva tiene la función de designar, entre otros, al gerente general de la entidad; Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 0001-2019-ATU/PE se designó a la señora Lucy Margot Cha fl oque Agapito en el cargo de Gerente General de la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao – ATU, cargo considerado de con fi anza; Que, la señora Lucy Margot Cha fl oque Agapito ha formulado renuncia al cargo; De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 30900, Ley que crea la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao - ATU y sus modi fi catorias, el Reglamento de la Ley N° 30900, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2019-MTC, y el Decreto Supremo N° 003-2019-MTC que aprueba la Sección Primera del Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao - ATU; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aceptar, con efectividad al 30 de octubre de 2019, la renuncia formulada por la señora Lucy Margot Chafl oque Agapito al cargo de Gerente General de la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao – ATU, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Notifi car la presente resolución la señora Lucy Margot Cha fl oque Agapito y a la O fi cina de Gestión de Recursos Humanos, para los fi nes pertinentes. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese.MARÍA ESPERANZA JARA RISCO Presidenta EjecutivaAutoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao -ATU 1822717-1 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA Aprueban nueva versión del Programa de Declaración Telemática del Impuesto Selectivo al Consumo - Formulario Virtual N° 615 RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 217-2019/SUNAT APRUEBAN NUEVA VERSIÓN DEL PROGRAMA DE DECLARACIÓN TELEMÁTICA DEL IMPUESTO SELECTIVO AL CONSUMO – FORMULARIO VIRTUAL Nº 615 Lima, 29 de octubre de 2019CONSIDERANDO: Que en uso de las facultades concedidas por el numeral 88.1 del artículo 88 del Código Tributario, cuyo último Texto Único Ordenado (TUO) fue aprobado por el Decreto Supremo Nº 133-2013-EF, se aprobó mediante la Resolución de Superintendencia Nº 134-2019/SUNAT el Programa de Declaración Telemática del Impuesto Selectivo al Consumo (PDT ISC), Formulario Virtual Nº 615 – versión 3.2; Que resulta necesario modi fi car el PDT ISC, Formulario Virtual Nº 615 – versión 3.2, con la fi nalidad de que incorpore información más detallada que contribuya a optimizar la gestión de la información de la recaudación del impuesto por producto; Que atendiendo a lo señalado en el considerando anterior, resulta necesario aprobar una nueva versión del PDT ISC, Formulario Virtual Nº 615; Que al amparo del numeral 3.2 del artículo 14° del “Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de proyectos normativos y difusión de