Norma Legal Oficial del día 01 de septiembre del año 2019 (01/09/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 14

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NORMAS LEGALES

Domingo 1 de setiembre de 2019 /

El Peruano

Que, el literal e) del artículo 16 de la Sección Primera del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la ATU, aprobado por el Decreto Supremo Nº 0032019-MTC, establece que la Presidencia Ejecutiva tiene la función de designar, entre otros, a los titulares de los órganos de línea, de asesoramiento y de apoyo, así como de las unidades orgánicas de ser el caso; Que, se encuentra vacante el cargo de Subdirector de la Subdirección de Regulación de la Dirección de Integración de Transporte Urbano y Recaudo de la ATU, cargo considerado de confianza; Con el visado de la Gerente General, de la Jefa de la Oficina de Gestión de Recursos Humanos y del Jefe de la Oficina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Sección Primera del ROF de la ATU, aprobado por el Decreto Supremo Nº 003-2019-MTC; y la Sección Segunda del ROF de la ATU, aprobado por la Resolución Ministerial Nº 090-2019-MTC-01; SE RESUELVE: Artículo 1.- Designar, a partir de la fecha, al señor JOSE BENJAMIN SOLIS VALENCIA, en el cargo de Subdirector de la Subdirección de Regulación de la Dirección de Integración de Transporte Urbano y Recaudo de la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao (ATU), cargo considerado de confianza. Artículo 2.- Notificar la presente Resolución al señor JOSE BENJAMIN SOLIS VALENCIA y a la Oficina de Gestión de Recursos Humanos, para los fines pertinentes. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial "El Peruano". Regístrese, comuníquese y publíquese. HUMBERTO VALENZUELA GÓMEZ Presidente Ejecutivo 1802450-1

Con el visto bueno de Secretaria Técnica y Oficina de Asesoría Jurídica; de conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 28740, Ley del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa, Ley N° 30220, Ley Universitaria; Resolución Ministerial N° 396-2014-MINEDU y modificatorias; y Resolución Ministerial N°331-2017-MINEDU; SE RESUELVE: Artículo 1.- Designar a partir del 02 de setiembre 2019, a Griselda Benita González Garrido, en el puesto de confianza de Asesor de Presidencia I del Consejo Directivo Ad Hoc del Sineace. Artículo 2.- Encargar la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, así como en el portal institucional,(www.sineace.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. CAROLINA BARRIOS VALDIVIA Presidenta del Consejo Directivo Ad Hoc SINEACE 1802038-1

INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA E INFORMATICA
Índices de Precios al Consumidor a Nivel Nacional y de Lima Metropolitana, correspondientes al mes de agosto de 2019
RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 268-2019-INEI Lima, 31 de agosto de 2019 CONSIDERANDO:

CONSEJO SUPERIOR DEL SISTEMA NACIONAL DE EVALUACION, ACREDITACION Y CERTIFICACION DE LA CALIDAD EDUCATIVA
Designan Asesor de Presidencia I del Consejo Directivo Ad Hoc del Sineace
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA N° 105-2019-SINEACE/CDAH-P San Isidro, 27 de Agosto de 2019 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de Presidencia del Consejo Directivo Ad Hoc N° 047-2019-SINEACE/CDAH-P, de fecha 10 de abril 2019, se aprobó la Estructura de Puestos Transitoria del Ente Rector del Sineace, considerando a uno de los puestos de Asesor de Presidencia como empleado de confianza; Que, corresponde al Asesor de Presidencia del Consejo Directivo Ad Hoc, asesorar y asistir a la Presidencia en materias de competencia del Sineace, participar en la formulación de políticas, coordinar la elaboración de proyectos de normas, supervisar por encargo de Presidencia la labor que realizan las dependencias, emitir opinión en temas relacionados a las competencias de la Institución, entre otras actividades; Que, encontrándose vacante el puesto indicado precedentemente, resulta necesario designar al profesional que se encargue de las funciones antes indicadas;

Que, la Ley Nº 29438, modifica el Art. 10º del Decreto Legislativo Nº 502, estableciendo que el Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI) publicará en el diario oficial "El Peruano" y difundirá por cualquier medio válido a su alcance, a los organismos del Estado y a cualquier persona natural o jurídica interesada, el primer día útil del mes siguiente al que corresponda y con carácter de norma legal, la variación mensual que haya experimentado el Índice de Precios al Consumidor en el ámbito del nivel nacional y el Índice de Precios al Consumidor de Lima Metropolitana; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 685-2010EF/10, se designó a los integrantes de la Comisión Especial, conformada por tres representantes del Banco Central­BCRP; del Ministerio de Economía y Finanzas­ MEF y del Instituto Nacional de Estadística e Informática­ INEI, encargada de fijar una metodología para construir un indicador estadísticamente confiable para la medición del Índice de Precios al Consumidor (IPC) en el ámbito del nivel nacional; Que, la Dirección Técnica de Indicadores Económicos, ha elaborado el cálculo del Índice de Precios al Consumidor a Nivel Nacional, aplicando la metodología aprobada por la referida Comisión Especial, por lo que es necesario disponer la publicación de la Variación Mensual del Índice de Precios al Consumidor a Nivel Nacional y del Índice de Precios al Consumidor de Lima Metropolitana, correspondientes al mes de agosto 2019 y la variación acumulada, así como aprobar su publicación en el Boletín Mensual; y Con las visaciones de la Sub Jefatura de Estadística; de la Dirección Técnica de Indicadores Económicos y de la Oficina Técnica de Asesoría Jurídica; y, En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 6 del Decreto Legislativo Nº 604, Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática.

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