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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2019 (01/09/2019)

CANTIDAD DE PAGINAS: 20

TEXTO PAGINA: 4

4 NORMAS LEGALES Domingo 1 de setiembre de 2019 / El Peruano la Presidencia Ejecutiva del Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología del Perú – SENAMHI. Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Portal Institucional del SENAMHI (www. Senamhi.gob.pe) y en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíqueseKEN TAKAHASHI GUEVARA Presidente EjecutivoServicio Nacional de Meteorología e Hidrología del Perú – SENAMHI 1802497-1 ECONOMIA Y FINANZAS Aceptan renuncia de Asesor II, Jefe del Gabinete de Asesores del Despacho Ministerial RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 315-2019-EF/43 Lima, 31 de agosto de 2019CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Ministerial Nº 454-2018- EF/43, se designó al señor Pablo Edgar Araníbar Osorio, en el cargo de Asesor II, Categoría F-5, Jefe del Gabinete de Asesores del Despacho Ministerial del Ministerio de Economía y Finanzas; Que, el citado funcionario ha presentado renuncia al cargo que venía desempeñando, la que es pertinente aceptar; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; en el Decreto Legislativo Nº 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; y, en la Resolución Ministerial N° 301-2019-EF/41 que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Economía y Finanzas; SE RESUELVE: Artículo Único. Aceptar, a partir del 1 de setiembre de 2019, la renuncia presentada por el señor Pablo Edgar Araníbar Osorio, en el cargo de Asesor II, Categoría F-5, Jefe del Gabinete de Asesores del Despacho Ministerial del Ministerio de Economía y Finanzas, dándosele las gracias por los servicios prestados. Regístrese, comuníquese y publíquese.CARLOS AUGUSTO OLIVA NEYRA Ministro de Economía y Finanzas 1802505-1 EDUCACION Aprueban Norma Técnica denominada “Orientaciones para el desarrollo del Año Escolar 2020 en Instituciones Educativas y Programas Educativos de la Educación Básica” RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL N° 220-2019-MINEDU Lima, 28 de agosto de 2019VISTOS, el Expediente N° 110305-2019, los informes técnicos contenidos en el referido expediente, el Informe N° 1055-2019-MINEDU/SG-OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO:Que, el artículo 79 de la Ley N° 28044, Ley General de Educación, establece que el Ministerio de Educación es el órgano del Gobierno Nacional que tiene por fi nalidad de fi nir, dirigir y articular la política de educación, cultura, recreación y deporte, en concordancia con la política general del Estado; Que, el literal a) del artículo 80 de la referida Ley señala que es función del Ministerio de Educación, de fi nir, dirigir, regular y evaluar, en coordinación con las regiones, la política educativa y pedagógica nacional, y establecer políticas especí fi cas de equidad; Que, las actividades educativas deben desarrollarse en el respectivo año escolar, dentro del marco establecido en la Ley N° 28044 y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 011-2012-ED; Que, mediante O fi cio N° 00455-2019-MINEDU/VMGI- DIGC, la Dirección General de Calidad de la Gestión Escolar remitió al Despacho Viceministerial de Gestión Institucional el Informe Nº 00554-2019-MINEDU/VMGI-DIGC-DIGE suscrito de manera conjunta por los órganos involucrados, el cual fue complementado con el Informe N° 00586-2019-MINEDU/VMGI-DIGC-DIGE, mediante los cuales se sustenta la necesidad de aprobar la Norma Técnica denominada “Orientaciones para el desarrollo del Año Escolar 2020 en Instituciones Educativas y Programas Educativos de la Educación Básica”; cuyo objetivo es orientar a los equipos directivos y demás integrantes de la comunidad educativa de las instituciones educativas y programas educativos de la Educación Básica, en las acciones que garanticen el desarrollo óptimo del año escolar del periodo lectivo 2020; Que, de acuerdo al literal a) del numeral 2.2 del artículo 2 de la Resolución Ministerial Nº 735-2018-MINEDU, se delega en el Viceministro de Gestión Institucional del Ministerio de Educación, entre otras facultades y atribuciones, emitir y aprobar los actos resolutivos que aprueban, modi fi can o dejan sin efecto los Documentos Normativos del Ministerio de Educación en el ámbito de su competencia conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; Con el visado del Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica, de la Secretaría de Plani fi cación Estratégica, de la Dirección General de Calidad de la Gestión Escolar, de la Dirección General de Gestión Descentralizada, de la Dirección General de Infraestructura Educativa, de la Dirección General de Educación Básica Regular, de la Dirección General de Servicios Educativos Especializados, de la Dirección General de Educación Básica Alternativa, Intercultural Bilingüe y de Servicios Educativos en el Ámbito Rural, de la Dirección General de Desarrollo Docente, de la Dirección de Innovación Tecnológica en Educación, de la Dirección de Gestión de Recursos Educativos, de la O fi cina de Seguimiento y Evaluación Estratégica, de la O fi cina de Medición de la Calidad de los Aprendizajes, de la O fi cina de Defensa Nacional y de Gestión del Riesgo de Desastres, del Programa Nacional de Infraestructura Educativa, de la Ofi cina de Plani fi cación Estratégica y Presupuesto y de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con el Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modi fi cado por la Ley Nº 26510; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU; y en virtud a las facultades delegadas mediante Resolución Ministerial Nº 735-2018-MINEDU y sus modi fi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar la Norma Técnica denominada “Orientaciones para el desarrollo del Año Escolar 2020 en Instituciones Educativas y Programas Educativos de la Educación Básica”; la misma que, como anexo, forma parte de la presente resolución.