Norma Legal Oficial del día 13 de septiembre del año 2019 (13/09/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

El Peruano / Viernes 13 de setiembre de 2019

NORMAS LEGALES

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Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado­ OSCE. Artículo 2.- Dejar sin efecto la Resolución Ministerial N° 150-2019-PCM. Artículo 3.- Remitir copia de la presente Resolución Ministerial al Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado ­ OSCE, en su calidad de Secretaría Técnica de la Comisión Multisectorial, así como a los representantes designados en el artículo 1, para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. SALVADOR DEL SOLAR LABARTHE Presidente del Consejo de Ministros 1806840-1

Autorizan viaje de servidores del INDECOPI a EE.UU., en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 317-2019-PCM Lima, 12 de septiembre de 2019 VISTA: La Carta Nº 770-2019/PRE-INDECOPI de la Presidencia del Consejo Directivo del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI); y, CONSIDERANDO: Que, el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias relativas a Inversiones (CIADI), es la institución líder a nivel mundial dedicada al arreglo de diferencias relativas a inversiones internacionales, posee amplia experiencia en este ámbito debido a que ha administrado la mayoría de los casos de inversión internacional. En atención a ello, los Estados han acordado que el CIADI se constituya en el foro destinado al arreglo de diferencias entre inversionistas y Estados en la mayoría de los tratados internacionales de inversión, así como en numerosos contratos y legislación en materia de inversión; Que, al amparo del Acuerdo de Promoción y Protección Recíproca de Inversiones suscrito entre la República del Perú y el Reino de España, la empresa Lidercon S.L. ha iniciado un arbitraje internacional contra el Estado Peruano, ante el Tribunal Arbitral del CIADI; Que, mediante el Oficio Nº 218-2019-EF/CE.36, la Comisión Especial que representa al Estado en Controversias Internacionales de Inversión, creada mediante Ley Nº 28933 ­ Ley que establece el sistema de coordinación y respuesta del Estado en controversias internacionales de inversión, señala que de acuerdo al cronograma procesal del arbitraje internacional, la audiencia del citado caso se llevará a cabo en la sede del CIADI, en la ciudad de Washington, D.C, Estados Unidos de América, del 19 al 27 de setiembre de 2019; Que, asimismo, la Comisión Especial que representa al Estado en Controversias Internacionales de Inversión informa al INDECOPI que en la referida audiencia el Estado peruano expondrá los argumentos de su defensa, que incluye la presentación de testigos y expertos, quienes ya presentaron sus testimonios e informes durante el desarrollo del proceso, los cuales podrán ser interrogados por la contraparte; Que, adicionalmente, se señala que en ese contexto, el Estudio de Abogados Internacional Sidley Austin LLP, que representa al Estado peruano en la citada controversia, ha venido coordinando y ha contado con la colaboración de los servidores Silvia Lorena Hooker Ortega, Vocal de la Sala Especializada en Defensa de la Competencia del Tribunal del INDECOPI y Carlos Raúl Jiménez Rodríguez, Ejecutivo 1 de la Gerencia Legal del INDECOPI, para presentar sus declaraciones testimoniales en el marco del proceso arbitral antes mencionado; las que resultan esenciales para respaldar las alegaciones presentadas por el Estado Peruano; Que, el artículo 14 del Reglamento de la Ley Nº 28933 ­ Ley que establece el sistema de coordinación

y respuesta del Estado en controversias internacionales de inversión, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 125-2008-EF, dispone que las entidades públicas deben atender con prontitud y a cabalidad las solicitudes de documentos e información que requiera una Comisión Especial, bajo responsabilidad del titular de la entidad; y, asimismo, deben brindar todas las facilidades para que sus funcionarios y empleados puedan participar en los casos, cuando ello sea requerido por la Comisión Especial; Que, los servidores Silvia Lorena Hooker Ortega, Vocal de la Sala Especializada en Defensa de la Competencia del Tribunal del INDECOPI y Carlos Raúl Jiménez Rodríguez, Ejecutivo 1 de la Gerencia Legal del INDECOPI, vienen participando en las reuniones con la Comisión Especial que representa al Estado en Controversias Internacionales de Inversión, para la discusión de la defensa del país ante el mencionado proceso arbitral, con asistencia del Estudio de Abogados Internacional Sidley Austin LLP que patrocina al Estado Peruano en el referido caso; Que, en tal sentido, resulta de interés institucional autorizar el viaje de los servidores Silvia Lorena Hooker Ortega, Vocal de la Sala Especializada en Defensa de la Competencia del Tribunal del INDECOPI y Carlos Raúl Jiménez Rodríguez, Ejecutivo 1 de la Gerencia Legal del INDECOPI, a la ciudad de Washington D.C., Estados Unidos de América, a fin que participen en las reuniones previas con el Estudio de Abogados Internacional Sidley Austin LLP, que se realizarán desde el día 16 de setiembre de 2019, y como testigos en la controversia arbitral, atendiendo a lo solicitado por la Comisión Especial que representa al Estado en Controversias Internacionales de Inversión; lo que les permita respaldar y reforzar la posición y alegatos a favor y en defensa del Estado Peruano; Que, los gastos por concepto de viáticos y pasajes aéreos serán asumidos con el Presupuesto Institucional del INDECOPI; De conformidad con la Ley Nº 30879 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; la Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, aprobadas por el Decreto Supremo Nº 0472002-PCM; la Ley Nº 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo Nº 1033 - Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI); y, el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por el Decreto Supremo Nº 0222017-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje a la ciudad de Washington D.C., Estados Unidos de América, del 16 al 27 de setiembre de 2019, para los fines expuestos en la presente resolución ministerial, de los siguientes servidores del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI): - Carlos Raúl Jiménez Rodríguez, Ejecutivo 1 de la Gerencial Legal - Silvia Lorena Hooker Ortega, Vocal de la Sala Especializada en Defensa de la Competencia del Tribunal Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolución ministerial serán cubiertos por el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI), de acuerdo al siguiente detalle:
Nombres y Apellidos Pasajes Viáticos por Nº de días Total viáticos

Carlos Raúl Jiménez US$ 1,159.27 US$ 440.00 x 10 días US$ 4,400.00 Rodríguez Silvia Lorena Hooker US$ 1,159.27 US$ 440.00 x 10 días US$ 4,400.00 Ortega

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