Norma Legal Oficial del día 13 de septiembre del año 2019 (13/09/2019)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 11

El Peruano / Viernes 13 de setiembre de 2019

NORMAS LEGALES

11

General de Desminado Humanitario del Ejército; para participar en una Reunión en el Centro de Excelencia, en la ciudad de Roma, República Italiana, a realizarse del 16 al 19 de septiembre de 2019; Que, de acuerdo a la Exposición de Motivos, suscrita por el Director General de Desminado Humanitario del Ejército, se precisa que el viaje al exterior en Comisión de Servicio del personal militar designado, permitirá estandarizar las técnicas de Desminado Humanitario, establecer las relaciones pertinentes con el personal que realiza labores especializadas de Desminado Humanitario y la lucha contra los Artefactos Explosivos Improvisados (AEI), que permite actualizar la doctrina, obtener donaciones de material y equipo, optimizando los medios y recursos empleados por el Estado para el cumplimiento de los compromisos adquiridos ante la Convención de Ottawa; Que, el Centro de Excelencia C ­ IED de Italia, solo asumirá los gastos de alojamiento y traslado interno desde el aeropuerto hasta el hotel, en consecuencia, se debe otorgar viáticos diarios hasta por un cuarenta por ciento (40%) del que corresponde, conforme a lo establecido en el inciso b) del artículo único de la Resolución Ministerial Nº 696-2013-DE/SG, que aprueba los porcentajes máximos de viáticos, para el caso de invitaciones que incluyan financiamiento parcial de viajes al exterior del personal militar y civil del Sector Defensa, en función de la escala por zonas geográficas detallada en el artículo 5 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, y modificada con el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM; Que, conforme a lo mencionado en la Hoja de Gastos del Director General de Desminado Humanitario del Ejército, del 25 de julio de 2019, los gastos derivados por pasajes aéreos internacionales y el pago de viáticos por Comisión de Servicio en el Extranjero (40%) que ocasione la presente autorización de viaje, se efectuarán con cargo al presupuesto Institucional del Año Fiscal 2019 de la Unidad Ejecutora 003: Ejército Peruano, conforme a lo establecido en los incisos a) y b) del artículo 10 del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE-SG; Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con el fin de prever la participación del personal militar designado en la parte resolutiva en el citado evento, es necesario autorizar su salida del país con dos (02) días de anticipación, así como su retorno dos (02) días posteriores al término del mismo, sin que éste último irrogue gasto alguno al Tesoro Público; Estando a lo propuesto por el Comandante General del Ejército; y, De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2016-DE; la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; la Ley Nº 27619, Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento, aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y su modificatoria aprobada con el Decreto Supremo Nº 0562013-PCM; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG y sus modificatorias, que reglamentan los Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa. SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio, al General de Brigada Sergio Arturo BENDEZU ECHEVARRIA, Director General de Desminado Humanitario del Ejército, identificado con DNI Nº 43691001, CIP Nº 112876000, y al Teniente Coronel EP Jaime ARÉVALO PEREIRA, Director Ejecutivo de la Dirección General de Desminado Humanitario del Ejército, identificado con DNI Nº 07462015, CIP Nº 116358200, para participar en una Reunión en el Centro de Excelencia, a realizarse del 16 al 19 de septiembre de 2019, en la ciudad de Roma, República Italiana, así como autorizar su salida del país el 14 de septiembre de 2019 y su retorno el 21 de septiembre de 2019. Artículo 2.- El Ministerio de Defensa ­ Ejército del Perú, efectuará los pagos que correspondan, con cargo al

presupuesto institucional del Año Fiscal 2019, de acuerdo a los conceptos siguientes:
Pasajes aéreos Lima ­ Roma (República Italiana) ­ Lima (Clase económica): US$ 1,487.00 x 02 personas (incluye TUUA) US$ 2,974.00 Viáticos: US$ 540.00 x 02 personas x 04 días x 40% Total a pagar en Dólares Americanos

US$ 1,728.00 US$ 4,702.00

Articulo 3.- El Comandante General del Ejército queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el artículo 1, sin exceder el total de días autorizados, sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del personal autorizado. Artículo 4.- El personal militar comisionado, deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el Titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo plazo deberá efectuar la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el artículo 6 del Decreto Supremo Nº 0472002-PCM y su modificatoria. Artículo 5.- La presente Resolución Ministerial, no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE MOSCOSO FLORES Ministro de Defensa 1806512-1

Autorizan viaje de oficial EP a Argentina, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1190-2019/DE/IGN Lima, 11 de setiembre de 2019 VISTO: La Carta S/N del Instituto Geográfico Nacional de la República Argentina, de fecha 01 de julio de 2019; CONSIDERANDO: Que, el inciso 8 del artículo 5 de la Ley N° 27292, Ley del Instituto Geográfico Nacional (IGN), señala que el IGN tiene entre sus funciones representar al país ante los organismos técnico-científicos, nacionales e internacionales en eventos y reuniones relacionados con las Ciencias Geográfico-Cartográficas y sus aplicaciones; Que, el Marco de Referencia Geodésica Global (GGRF), es un conjunto de datos espaciales fundamentales que apoyan la recopilación, integración y utilización de otros datos geoespaciales, cuya aplicación abarca desde programas decenales extremadamente precisos de monitoreo de la tierra, hasta la operación de vehículos aéreos no tripulados utilizados para la recopilación de imágenes espaciales; Que, el 26 de febrero de 2015, la Asamblea General de las Naciones Unidas aprobó la Primera Resolución Geoespacial sobre el Marco de Referencia Geodésica Global para el Desarrollo Sostenible, exigiendo que los Estados Miembros se comprometan a mejorar la infraestructura geodésica nacional como un medio esencial para mejorar el Marco de Referencia Geodésico Mundial, reconociendo la importancia de un enfoque global coordinado con la Geodesia, que es la disciplina enfocada a medir con precisión la forma, tamaño y el campo de gravedad de la tierra; Que, en un esfuerzo conjunto de la Unión Internacional de Geodesia y Geofísica (IUGG), la

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.