Norma Legal Oficial del día 17 de septiembre del año 2019 (17/09/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

El Peruano / Martes 17 de setiembre de 2019

NORMAS LEGALES

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dos representantes de la Junta Nacional del Café y, dos representantes de la Cámara Peruana del Café; Que, a través de la Resolución Ministerial N° 041-2017-MINAGRI, se designó al Director General de la Dirección General Agrícola como representante del Ministerio de Agricultura y Riego ante el Consejo Nacional del Café; Que, mediante Decreto Supremo N° 003-2019MINAGRI, se creó la Comisión Multisectorial de naturaleza temporal denominada "Mesa de Diálogo Multisectorial para el Análisis e Identificación de Alternativas de Solución a la Problemática del Sector Agrario", dependiente del Ministerio de Agricultura y Riego, con el objeto de analizar, identificar y proponer alternativas de solución a la problemática del sector agrario con énfasis en la agricultura familiar, que contribuyan al mejoramiento de la productividad y competitividad del mencionado Sector; Que, en el marco de la mencionada Mesa de Diálogo se constituyeron Mesas Técnicas a fin de tratar por materias la problemática del sector; entre las cuales se encuentra la "Mesa Técnica 2: Producción Nacional y Comercio", la cual cuenta con la Sub Mesa Técnica de Café, en la que participa el Director General de la Dirección General Agrícola del Ministerio de Agricultura y Riego; Que, en la referida Sub Mesa Técnica de Café se acordó proponer la modificación de la estructura del Consejo Nacional del Café, a fin de incluir como miembro a la Federación Nacional de Cafetaleros y Agricultores del Perú ­ FENCAAP; Que, mediante Informe Técnico N° 040-2019-MINAGRIDVDIAR/DGA-DIA/JFR, de fecha 2 de septiembre de 2019, la Dirección General Agrícola ha considerado pertinente la modificación de la conformación del Consejo Nacional del Café, con la finalidad de incluir a un representante de la FENCAAP, a efectos de contribuir al fortalecimiento de la institucionalidad del sector cafetalero; Que, asimismo, con posterioridad a la emisión de la Resolución Suprema N° 005-2002-AG, la "Cámara Peruana del Café" ha cambiado su denominación a "Cámara Peruana del Café y Cacao"; Que, en tal sentido, corresponde modificar el artículo 2 de la Resolución Suprema N° 005-2002-AG, a efectos de incorporar la representación de la FENCAAP y cambiar la denominación antes mencionada; De conformidad con el numeral 8) del artículo 118 de la Constitución Política del Perú; el Decreto Legislativo N° 997, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura y Riego, modificada por la Ley N° 30048, y la Resolución Suprema N° 005-2002-AG; SE RESUELVE: Artículo 1.- Modificar el artículo 2 de la Resolución Suprema N° 005-2002-AG, que constituyó el Consejo Nacional del Café, en los siguientes términos: "Artículo 2.- El Consejo Nacional del Café estará conformado por: a) El(la) Ministro(a) de Agricultura y Riego o su representante; b) Dos Representantes de la Junta Nacional del Café; c) Dos Representantes de la Cámara Peruana del Café y Cacao; d) Un representante de la Federación Nacional de Cafetaleros y Agricultores del Perú - FENCAAP" Artículo 2.- La presente Resolución Suprema es refrendada por la Ministra de Agricultura y Riego. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República FABIOLA MARTHA MUÑOZ DODERO Ministra de Agricultura y Riego 1807851-11

COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO
Autorizan viaje de representante de PROMPERÚ a Ecuador, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 322-2019-MINCETUR Lima, 16 de setiembre de 2019 Visto, el Oficio Nº 135-2019-PROMPERÚ/PE, de la Presidencia Ejecutiva de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo - PROMPERÚ. CONSIDERANDO: Que, la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo ­ PROMPERÚ, es un organismo público técnico especializado adscrito al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, competente para proponer y ejecutar los planes y estrategias de promoción de bienes y servicios exportables, así como de turismo interno y receptivo, promoviendo y difundiendo la imagen del Perú en materia turística y de exportaciones; Que, en cumplimiento de las actividades programadas por la Dirección de Promoción del Turismo de PROMPERÚ se ha contemplado la participación en el evento "Travel Mart Latin America 2019", a realizarse en la ciudad de Quito, República del Ecuador, del 18 al 20 de setiembre de 2019, con el objetivo de promover nuestra oferta turística a la cadena comercial anglosajona, europea, asiática y de Oceanía; Que, es importante la participación en esta actividad porque permitirá exponer la novedades del destino Perú a la cadena comercial anglosajona; además, los organizadores del evento Travel Mart Latin America, han propuesto al Perú como anfitrión para la edición del 2020; Que, en tal razón, la Presidencia Ejecutiva de PROMPERÚ ha solicitado que se autorice el viaje al exterior de la señora María Soledad Acosta Torrelly, Directora de Promoción del Turismo, para que en representación de PROMPERÚ participe en el evento antes señalado, desarrollando acciones vinculadas a la promoción turística del Perú; Que, la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, establece que los viajes al exterior de servidores, funcionarios o representantes del Estado con cargo a recursos públicos, deben realizarse en categoría económica y ser autorizados conforme lo establece la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos y sus normas reglamentarias; De conformidad con la Ley Nº 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos y sus modificatorias, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modificado por el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM y el Decreto Supremo Nº 013-2013-MINCETUR, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de PROMPERÚ; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje a la ciudad de Quito, República del Ecuador, de la señora María Soledad Acosta Torrelly, del 18 al 20 de setiembre de 2019, para que en representación de PROMPERÚ, participen en el evento "Travel Mart Latin America 2019", mencionado en la parte considerativa de la presente Resolución, para la promoción del turismo receptivo. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución se efectuarán con cargo al Pliego

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