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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2019 (18/09/2019)

CANTIDAD DE PAGINAS: 144

TEXTO PAGINA: 124

124 NORMAS LEGALES Miércoles 18 de setiembre de 2019 / El Peruano Artículo Décimo Primero.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Junta Nacional de Justicia, Fiscalía Suprema de Control Interno, Presidencias de las Juntas de Fiscales Superiores de los Distritos Fiscales de Callao y Lima, Coordinación de las Fiscalías Provinciales Corporativas Transitorias Especializadas en Violencia contra la Mujer y los Integrantes del Grupo Familiar de Lima, Sede Lima, Gerencia General, O fi cina General de Potencial Humano, O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales y a los fi scales mencionados. Regístrese, comuníquese y publíquese.ZORAIDA AVALOS RIVERA Fiscal de la Nación 1808317-2 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE MOQUEGUA Concesiones mineras cuyos títulos fueron aprobados durante los meses de enero, febrero y marzo de 2019 RESOLUCIÓN DE GERENCIA Nº 038-2019/GREM.M-GRM Moquegua, 29 de marzo de 2019VISTO: La relación de títulos mineros otorgados durante los meses de: ENERO, FEBRERO Y MARZO DE 2019, conforme a lo informado por Asesoría Legal; y, CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Ministerial Nº 009-2008- MEM/DM publicada en el Diario O fi cial El Peruano con fecha 16.01.2008, se declaró entre otros, que el Gobierno Regional de Moquegua concluyó el proceso de transferencia de funciones sectoriales en materia de energía y minas (…), por tanto a partir de dicha fecha se tiene competencia para ejercer entre otras, la función de otorgar concesiones mineras para la pequeña minería y minería artesanal de alcance regional. Que, el Gobierno Regional Moquegua a través de la Gerencia Regional de Energía y Minas de Moquegua, ha iniciado el otorgamiento de títulos de concesión minera para la pequeña minería y minería artesanal de alcance regional, conforme a lo indicado en el párrafo anterior. Que, conforme a lo establecido por el Artículo 10 Literal n. del D.S. Nº 084-2007-EM “SIDEMCAT”, concordante con el Artículo 124 del D.S. Nº 014-92 “TUO de la Ley General de Minería” y Artículo 24 del D.S. Nº 018-92-EM “Reglamento de Procedimientos Mineros”, una de las funciones del Gobierno Regional integrante del SIDEMCAT, es efectuar la publicación en el Diario O fi cial “El Peruano” de la relación de concesiones mineras, cuyos títulos hubiera aprobado. De conformidad con el D.S. Nº 084-2007-EM “SIDEMCAT”, D.S. Nº 014-92 “TUO de la Ley General de Minería” y D.S. Nº 018-92-EM “Reglamento de Procedimientos Mineros” y Resolución Ministerial Nº 009-2008-MEM/DM y Ley Nº 28926. SE RESUELVE: Artículo Único.- PUBLICARSE en el Diario O fi cial “El Peruano”, las concesiones mineras cuyos títulos fueron aprobados durante los meses de ENERO, FEBRERO y MARZO de 2019, por la Gerencia Regional de Energía y Minas Moquegua, siendo las siguientes: 1) DENISSE, con código 680000518 , mediante R.G.Nº 009-2019/GREM- GRM de fecha 30 de Enero de 2019 (D.Ichuña, P.General Sanchez Cerro) V1:N8217 E333 V2:N8215 E333 V3:N8215 E332 V4:N8217 E332; 2) HUAYLLONI III, con código 680000618 , mediante R.G.Nº 010-2019/GREM- GRM de fecha 30 de Enero de 2019 (D.El Algarrobal, P.Ilo)V1:N8047 E263 V2:N8046 E263 V3:N8046 E262 V4:N8047 E262; 3) PERSISTENCIA 1, con código 680001118 , mediante R.G.Nº 011-2019/GREM-GRM de fecha 30 de Enero de 2019 (D.Pacocha P.Ilo)V1:N8057 E257 V2:N8056 E257 V3:N8056 E256 V4:N8057 E256; 4) FACUNDO JULIAN, con código 680001218 , mediante R.G.Nº 016-2019/GREM-GRM, de fecha 05 de Febrero de 2019 (D.Moquegua P.Mariscal Nieto)V1:N8086 E295 V2:N8083 E295 V3:N8083 E293 V4:N8084 E293 V5:N8084 E294 V6:N8086 E294; 5) ANITA 2017 UNO, con código 680001617 , mediante R.G.Nº 013-2019/GREM-GRM de fecha 05 de Febrero de 2019 (D.Moquegua P.Mariscal Nieto)V1:N8079 E313 V2:N8078 E313 V3:N8078 E312 V4:N8079 E312; 6) ANDREA CAROLINA 2, con código 680001917 , mediante R.G.Nº 014-2019/GREM-GRM de fecha 05 de Febrero de 2019 (D.Moquegua, P.Mariscal Nieto)V1:N8091 E298 V2:N8090 E298 V3:N8090 E297 V4:N8091 E297; 7) VIRGEN DE CHAPI 2018, con código 680002317 , mediante R.G.Nº 015-2019/GREM-GRM de fecha 05 de Febrero de 2019 (D.Pacocha, P.Ilo)V1:N8077 E246 V2:N8076 E246 V3:N8076 E245 V4:N8077 E245; 8) SAN PABLO 2018B, con código 680000918 , mediante R.G.Nº 030-2019/GREM-GRM de fecha 13 de Marzo de 2019 (D.Moquegua, P.Mariscal Nieto)V1:N8081 E314 V2:N8079 E314 V3:N8079 E313 V4:N8081 E313. Regístrese y comuníquese.ROBERT GERMÁN CARAZAS FLORES Gerente Regional de Energía y MinasGerencia Regional de Energía y Minas 1807520-1 GOBIERNO REGIONAL DE TACNA Autorizan viaje de Gobernador Regional a Bolivia, en comisión de servicios ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL Nº 091-2019-CR/GOB.REG.TACNA Tacna, doce de setiembre de dos mil diecinueveCONSIDERANDO:Que, la Constitución Política del Perú en su artículo 191 establece que: “Los gobiernos regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia”. Que, la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización, en su artículo 8 precisa: “La autonomía es el derecho y la capacidad efectiva del Gobierno en sus tres niveles, de normar, regular y administrar los asuntos públicos de su competencia (…)”. Que, la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en su artículo 15 establece como atribución del Consejo Regional: “(...) s. Las demás que les corresponda de acuerdo a Ley”; asimismo, el artículo 39 prescribe: “Los Acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional (…).” Que, la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, en su artículo 1 señala: “La presente Ley regula la autorización de viajes al exterior de los funcionarios y servidores públicos o representantes del Estado (...)”. Que, la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto para el año fi scal 2019, en su artículo 10 señala: “(...) 10.1. La autorización para viajes al exterior de las personas señaladas en el párrafo precedente se aprueba conforme a lo establecido en la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y sus normas reglamentarias.