Norma Legal Oficial del día 18 de septiembre del año 2019 (18/09/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 136

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NORMAS LEGALES

Miércoles 18 de setiembre de 2019 /

El Peruano

Distrital, el mismo que tiene, entre otras funciones coordinar y concertar el Plan de Desarrollo Municipal Distrital Concertado y el Presupuesto Participativo Distrital conforme lo dispone en el artículo 104 del mismo cuerpo legal; Que, por Ordenanza Nº 025-2016-MDB del 21 de diciembre del 2016, se aprobó el Reglamento que regula el Proceso de Elección de los representantes de la sociedad civil ante el Consejo de Coordinación Local Distrital de Bellavista; el mismo que establece que la convocatoria y cronograma de elecciones se efectuará a través de Decreto de Alcaldía; Que, habiendo vencido el periodo para el cual fueron elegidos los representantes de la Sociedad Civil, resulta necesario convocar a elecciones para elegir a sus reemplazantes, para lo cual deberá expedirse el correspondiente Decreto de Alcaldía; ESTANDO A LAS ATRIBUCIONES CONFERIDAS POR EL ARTÍCULO 42º Y EL INCISO 6) DEL ARTÍCULO 20º DE LA LEY ORGÁNICA DE MUNICIPALIDADES; DECRETA: Artículo Primero.- CONVOQUESE al proceso de elección de los representantes de la sociedad civil ante el Consejo de Coordinación Local Distrital (CCLD), del distrito de Bellavista, para el período 2019 - 2021. Artículo Segundo.- DESIGNESE al Comité Electoral encargado de conducir el proceso de Elecciones de los Representantes de la Sociedad Civil conforme a lo dispuesto en la Ordenanza Nº 025-2016-MDB, el mismo que estará integrado por los siguientes funcionarios municipales: · Gerente de Participación Vecinal (Presidente). · Gerente de Servicios Sociales (Secretario). · Gerente de Planeamiento y Presupuesto (Vocal). Artículo Tercero.- CONVOCAR a los Regidores del Concejo Distrital de Bellavista, a los representantes de la Sociedad Civil elegidos, el día 08 de noviembre de 2019, en el Palacio Municipal sito en Jr. Bolognesi Nº 498, Bellavista, a horas 17:00 p.m. para la Instalación y Juramentación del Consejo de Coordinación Local Distrital de Bellavista. Artículo Cuarto.- El Consejo de Coordinación Local Distrital de Bellavista asumirá las funciones previstas en el artículo 104º de la Ley Orgánica de Municipalidades. Artículo Quinto.- APRUÉBASE el cronograma del proceso eleccionario, en el ejercicio 2019: · Difusión y Convocatoria a Elecciones: Del 04 de octubre al 14 de octubre. · Instalación del Comité Electoral: 04 de octubre. · Inscripción de delegados participantes: Del 04 de octubre al 14 de octubre. · Publicación del padrón de delegados El 14 de octubre. inscritos: · Impugnación y/o tacha de delegados Del 14 al 15 de octubre. inscritos: · Absolución de tachas e impugnaciones: Del 16 al 18 de octubre. · Publicación de padrón electoral ­ Del 19 al 22 de octubre. Delegados aptos: · Capacitación informativa - ONPE: 23 de octubre. · Inscripción de lista de candidatos: 24 al 28 de octubre. · Publicación de listas inscritas: 28 al 29 de octubre. · Elecciones: 02 de noviembre. · Publicación de Resultados 04 de noviembre. · Proclamación de Resultados 04 de noviembre. · Juramentación de los miembros del 08 de noviembre. CCLD: Artículo Sexto.- INVÍTASE a la Oficina Nacional de Procesos Electorales ­ ONPE- para que brinde el apoyo y asistencia técnica electoral en el proceso eleccionario del distrito de Bellavista.

Artículo Sétimo.- ENCÁRGUESE a la Gerencia Municipal el cumplimiento del presente Decreto. Regístrese, publíquese y cúmplase. DANIEL JUAN MALPARTIDA FILIO Alcalde 1807643-1

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHICLAYO
Declaran procedente la creación del Comité de la Inversión Privada CPIP de la Municipalidad Provincial de Chiclayo y designan conformación
RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA N° 486-2019-MPCH/A Chiclayo, 3 de mayo de 2019 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHICLAYO. VISTO: el Expediente Nº 284170-2019 que contiene el Informe Nº 064-2019-MPCH-GPP. De fecha 10 de Abril del 2019, mediante el cual el Gerente de Planeamiento y Presupuesto, comunica sobre el proceso de Creación del Comité de Promoción de la Inversión Privada CPIP de la Municipalidad Provincial de Chiclayo e informa que existe disponibilidad presupuestaria para la contratación de un profesional en la Secretaría Técnica de la Municipalidad de Chiclayo. e Informe Legal N° 271.2019-MPCH/GAJ del.24.04.2019. CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, de conformidad a lo dispuesto por el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972, concordante con el artículo 194° de la Constitución Política del Estado, modificado por la Ley N° 28607 Ley de Reforma Constitucional. Que el Decreto Legislativo N° 1224, Ley Marco de Promoción de la Inversión Privada mediante Asociaciones Público Privadas y Proyectos en Activos, tiene por objeto establecer los procesos y modalidades de promoción de la inversión privada para el desarrollo de infraestructura pública, servicios públicos, servicios vinculados a estos proyectos de investigación aplicada y/o innovación tecnológica y la ejecución de proyectos en activos. Mediante Decreto Supremo N° 410-2015-EF, aprueban el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1224; tiene por objeto dictar las disposiciones reglamentarias para el Decreto Legislativo N° 1251; modifica algunos artículos del Decreto Legislativo N° 1224 estableciendo nuevas funciones de Pro inversión en las fases de los proyectos de Asociaciones Público Privadas, a fin de asegurar la calidad de los proyectos, ampliar el alcance regional y local de Pro Inversión a través de oficinas desconcentradas que se encargarán de la asistencia técnica a los gobiernos regionales y locales así como fortalecer las capacidades e institucionalidad de Pro inversión para la toma de decisiones técnicas a través de la modificación de su gobernanza. Que, el Decreto Legislativo N° 1362, Regula la Promoción de la Inversión Privada mediante Asociaciones públicas privadas y Proyectos en Activos, y con Decreto Supremo N° 240.2018-EF; se aprueba el Reglamento del D.L. N° 1362. Que, el Decreto Legislativo N° 1362, Regula la "Creación del Comité de Promoción de la Inversión Privada CPIP". Y señala en su Artículo 1°. Tiene por objeto

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