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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2019 (18/09/2019)

CANTIDAD DE PAGINAS: 144

TEXTO PAGINA: 141

M IÉRCOLES 18 DE SETIEMBRE DE 2019NORMAS LEGALESAÑO DE LA LUCHA CONTRA LA CORRUPCIÓN Y LA IMPUNIDAD 1 Gerente de Publicaciones Oficiales : Ricardo Montero Reyes SUMARIOAño XXXVI - Nº 15085 PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS D.S. N° 156-2019-PCM.- Decreto Supremo que prorroga el Estado de Emergencia por impacto de daños debido al proceso eruptivo del volcán Ubinas, en varios distritos de las pr ovincias de General Sánchez Cerro y Mariscal Nieto del departamento de Moquegua 1 ECONOMIA Y FINANZAS D.S. N° 299-2019-EF.- Autorizan Transferencia de Partidas en el Pre supuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019 a favor de diversos Pliegos del Gobierno Nacional, Gobier nos Regionales y Gobiernos Locales 3 PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS Decreto Supremo que prorroga el Estado de Emergencia por impacto de daños debido al proceso eruptivo del volcán Ubinas, en varios distritos de las provincias de General Sánchez Cerro y Mariscal Nieto del departamento de Moquegua DECRETO SUPREMO Nº 156-2019-PCM EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICACONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto Supremo Nº 128-2019-PCM, publicado en el Diario O fi cial El Peruano, el 20 de julio de 2019, se declaró el Estado de Emergencia por impacto de daños debido al proceso eruptivo del volcán Ubinas, en varios distritos de algunas provincias de los departamentos de Moquegua, Arequipa y Tacna, por el plazo de sesenta (60) días calendario, para la ejecución de medidas y acciones de excepción, inmediatas y necesarias, de respuesta y rehabilitación que correspondan; Que, conforme a lo establecido en el artículo 69 del Reglamento de la Ley Nº 29664, del Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD), aprobado por el Decreto Supremo Nº 048-2011-PCM, y en el artículo 6 de la “Norma Complementaria sobre la Declaratoria de Estado de Emergencia por Desastre o Peligro Inminente, en el marco de la Ley Nº 29664, del Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres–SINAGERD”, aprobada por el Decreto Supremo Nº 074-2014-PCM; el Gobierno Regional presenta al Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI), la solicitud de prórroga del Estado de Emergencia adjuntando los informes técnicos que fundamenten su solicitud, así como las medidas de carácter presupuestal necesarias, para la emisión de una opinión respecto de su procedencia o improcedencia. En caso de procedencia, la norma dispone que el Estado de Emergencia no debe exceder de sesenta (60) días calendario; Que, mediante el O fi cio N° 1326-GRM/GR del 10 de setiembre de 2019, el Gobernador Regional del Gobierno Regional de Moquegua solicita al Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI, la prórroga del Estado de Emergencia declarado mediante el Decreto Supremo Nº 128-2019-PCM, en varios distritos de las provincias de General Sánchez Cerro y Mariscal Nieto, del departamento de Moquegua, para continuar con la ejecución de medidas y acciones de excepción, inmediatas y necesarias, de respuesta y rehabilitación que correspondan; Que, de acuerdo a lo establecido en los artículos 8 y 17 de la “Norma Complementaria sobre la Declaratoria de EDICIÓN EXTRAORDINARIA