Norma Legal Oficial del día 18 de septiembre del año 2019 (18/09/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 48

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5. Finalidad

NORMAS LEGALES

Miércoles 18 de setiembre de 2019 /
Contenido

El Peruano

Planes y políticas públicas Plan Nacional contra la Trata de Personas 20172021, MININTER (Decreto Supremo Nº 017-2017-IN)

Habiendo desarrollado el árbol de problemas (causas y efectos) y el árbol de medios y fines (objetivos), se puede observar que el III PNLCTF tiene dos fines concretos: i) Disminución de la población con baja capacidad de empleabilidad. ii) Menor población vulnerada en sus derechos fundamentales laborales. A su vez, estos dos elementos conllevan a un fin último: "contribución a la calidad de vida de la población". 6. Relación sectoriales con los objetivos estratégicos

Plantea que "el Perú al 2021 garantiza un entorno seguro a la población en situación de riesgo ante la trata de personas y la protección integral a sus víctimas y con respeto a su dignidad humana y la restitución de sus derechos". Para cumplir con esta visión, el Plan está ordenado en cuatro ejes estratégicos: prevención y sensibilización; atención, protección y reintegración; fiscalización y persecución del delito; y gobernanza institucional. El Plan señala la necesidad de visibilizar el trabajo forzoso a través de la Acción Estratégica 1, Promover el registro e inscripción de los y las trabajadoras del hogar que garanticen las condiciones necesarias para que gocen de trabajo decente, dentro del Objetivo Específico 1: Garantizar y promover el trabajo decente, libre de violencia de género y discriminación de los trabajadores y trabajadoras del hogar. De acuerdo al Plan, la inscripción y la formalización permitirán visibilizar esta forma de trabajo y los casos de trabajo forzoso. Declara de interés nacional y preferente atención la asignación de recursos públicos que garantice el cumplimiento del instrumento marco de política pública que articula y vincula las políticas públicas en materia de niñez y adolescencia en el país. Plantea como visión que niños y adolescentes "tienen igualdad de oportunidades, acceden a servicios de calidad y participan en el ejercicio, promoción y defensa de sus derechos, en conjunto con las instituciones del Estado y la comunidad, desarrollándose plenamente en el seno de su familia, en un ambiente sano y libre de violencia".

Plan Nacional de Derechos Humanos 2018-2021, MINJUS (Decreto Supremo Nº 002-2018-JUS)

El PESEM 2017-2022 del Sector Trabajo y Promoción del Empleo, fue aprobado con Resolución Ministerial N° 111-2019-TR de fecha 8 de abril de 2019 y que "es resultado de la ampliación del PESEM sectorial actualizado, aprobado con la Resolución Ministerial Nº 329-2016-TR, de fecha 29 de diciembre de 2016, acorde con la Agenda de Desarrollo Sostenible al 2030 de las Naciones Unidas, a las políticas del presente gobierno en el marco del cumplimiento de los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) y con miras a nuestra incorporación como país al grupo de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE)"83. Al respecto, el Objetivo Estratégico Nº 4 del PESEM 20172022 del Sector Trabajo y Promoción del Empleo es: "Generar competencias y oportunidades laborales para poblaciones vulnerables, particularmente mujeres víctimas de violencia y personas con discapacidad" y su principal acción estratégica está enfocada en "fortalecer políticas y articular con las entidades públicas y privadas para erradicar el trabajo infantil, trabajo forzoso y promover la igualdad en el empleo". Asimismo, está articulado con el Objetivo Estratégico Institucional Nº 5 del Plan Estratégico Institucional (PEI) 2017-2022 del MTPE, que es: "Promover los derechos fundamentales en el trabajo de la población", asociada a la estratégica institucional AEI 5.1. "asistencia técnica especializada para fortalecer la capacidad de respuesta de las entidades públicas en la prevención y la erradicación del trabajo infantil, del trabajo forzoso y trata de personas". En ese sentido, el MTPE presenta el III PNLCTF, concordante con la meta 8.7 del ODS 8, a fin de contribuir al logro de los resultados propuestos por el Objetivo Estratégico Nº 4 del PESEM 2017-2022, y del Objetivo Estratégico Institucional Nº 5 del Plan Estratégico Institucional (PEI) 2017-2022, a través de acciones destinadas a sensibilizar a la población sobre la ocurrencia del delito de trabajo forzoso y la necesidad de identificarlo y denunciarlo ante las autoridades correspondientes, así como implementar acciones estratégicas para la reintegración de las víctimas a la sociedad. Adicionalmente, el III PNLCTF se alinea con las siguientes políticas, planes e instrumentos a nivel sectorial de otras entidades del Estado que realizan acciones relacionadas al trabajo forzoso y otras temáticas afines, tales como los señalados en la Tabla Nº 9. Tabla Nº 9. Planes y políticas públicas de otras entidades del Estado que realizan acciones relacionadas al trabajo forzoso y otras temáticas afines
Planes y políticas públicas Contenido

Ley que eleva a rango de ley el Decreto Supremo N° 001- 2012- MIMP y declara de interés nacional y preferente atención la asignación de recursos públicos para garantizar el cumplimiento del Plan Nacional de Acción por la Infancia y la AdolescenciaPNAIA 2012-2021 (Ley N° 30362) Estrategia Nacional para la Prevención y Erradicación del Trabajo Infantil 20122021 (Decreto Supremo Nº 015-2012-TR) Política Nacional para la Transversalización del Enfoque Intercultural (Decreto Supremo N° 0032015-MC)

Estrategia del Estado para prevenir, erradicar el trabajo infantil (principalmente en sus peores formas) y proteger a niños, con la participación de instituciones públicas y privadas. Instrumento marco que tiene como objetivo orientar, articular y establecer los mecanismos de acción del Estado para garantizar el ejercicio de los derechos de la población culturalmente diversa del país, particularmente de los pueblos indígenas y la población afroperuana, promoviendo un Estado que reconoce la diversidad cultural innata a nuestra sociedad, opera con pertinencia cultural y contribuye así a la inclusión social, la integración nacional y eliminación de la discriminación. Tiene como objetivo garantizar los derechos lingüísticos de los hablantes de lenguas indígenas u originarias en el ámbito nacional por todas las entidades del Estado en todos los niveles de gobierno en el marco de sus competencias, y por las personas jurídicas bajo el régimen privado que presten servicios públicos o ejercen función administrativa. Establece el marco general de la política de desarrollo e inclusión social para las intervenciones articuladas de los tres niveles de gobierno. Plantea cuatro ejes estratégicos: Desarrollo Infantil Temprano; Desarrollo Integral de la Niñez y la Adolescencia; Inclusión Económica; y Protección de las Personas Adultas Mayores.

Política Nacional de Lenguas originarias, tradición oral e interculturalidad (Decreto Supremo N° 005-2017-MC) Estrategia Nacional de Desarrollo e Inclusión Social "Incluir para Crecer" (Decreto Supremo Nº 008-2013-MIDIS)

Nota: El ordenamiento corresponde a la jerarquía de las normas.

7. Enfoques El Estado Peruano reconoce al trabajo forzoso como una violación grave de los derechos humanos y un delito84. El III PNLCTF considera los enfoques de derechos humanos, género, niñez y adolescencia, discapacidad, interculturalidad, sistémico o de integralidad y de resultados. Enfoque de derechos humanos. Es un marco conceptual, que comprende un conjunto de normas jurídicas nacionales e internacionales, principios éticos ejercidos individual e institucionalmente, así como políticas públicas aplicadas por el Estado que involucran a actores públicos y privados, empoderando a los/las titulares de los derechos en la capacidad de ejercerlos y exigirlos. Se concreta en actitudes que llevan a la práctica el ideal de la igual dignidad de todas las personas, promoviendo cambios en las condiciones de vida de las poblaciones más vulnerables.

Política General de Tiene como objetivo establecer ejes estratégicos de Gobierno al 2021 (Decreto desarrollo integral para el país con la finalidad de superar las Supremo N° 056-2018-PCM) brechas identificadas en el ejercicio efectivo de los derechos fundamentales de las personas y que guardan consistencia con el marco de políticas y planes del país, de los cuales, los ejes estratégicos 3 (crecimiento económico, equitativo, competitivo y sostenible) y 4 (desarrollo social y bienestar de la población) tienen un impacto con la disminución de los factores de riesgo de trabajo forzoso. Política Nacional frente a la Trata de Personas y sus formas de explotación (Decreto Supremo Nº 0012015-JUS) Tiene como objetivo la prevención, el control y reducción de la trata de personas y sus formas de explotación, a través de la atención a los factores sociales y culturales que la generan; la persecución y sanción eficiente del delito de trata; y la atención, protección y recuperación integral de las víctimas.

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PESEM 2017-2022 del Sector Trabajo y Promoción del Empleo. p. 5. Decreto Legislativo Nº 1323 que fortalece la lucha contra el trabajo forzoso, el feminicidio, la violencia familiar y la violencia de género. Publicado en el Diario Oficial El Peruano el 6 de enero de 2017.

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