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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2020 (19/12/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 116

TEXTO PAGINA: 4

4 NORMAS LEGALES Sábado 19 de diciembre de 2020 / El Peruano PODER LEGISLATIVO CONGRESO DE LA REPUBLICA LEY Nº 31092 LA PRESIDENTA A. I. DEL CONGRESO DE LA REPÚBLICA POR CUANTO:EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA; Ha dado la Ley siguiente: LEY DE CREACIÓN DEL DISTRITO DE LAMBRAS EN LA PROVINCIA DE TAYACAJA DEL DEPARTAMENTO DE HUANCAVELICA Artículo 1. Objeto de la Ley La presente ley tiene por objeto crear el distrito de Lambras, con su capital Santa María, en la provincia de Tayacaja del departamento de Huancavelica. Artículo 2. Límites del distrito de Lambras Los límites territoriales del distrito de Lambras, en la provincia de Tayacaja del departamento de Huancavelica, son los siguientes: POR EL NORESTELimita con el distrito de Huachocolpa de la provincia de Tayacaja.El límite se inicia en el álveo del río Mantaro en un punto de coordenada UTM 537 274 m E y 8 674 231 m N; continúa en dirección sureste por la divisoria de aguas que se forma entre las quebradas Era Pata, Lambras y Collpahuayjo, con las quebradas Sopayhuayjo, Robles y Yacupañahuy, pasando por la línea de cumbre de los cerros Jatun Pata (punto de coordenada UTM 539 401 m E y 8 671 658 m N), Taracay (punto de coordenada UTM 540 727 m E y 8 669 422 m N), Luichupata (punto de coordenada UTM 542 621 m E y 8 668 041 m N), cerro sin nombre (punto de coordenada UTM 544 250 m E y 8 666 692 m N), Escorsonera y Lausacocha (cota de 3453). POR EL ESTELimita con el distrito de Huachocolpa de la provincia de Tayacaja. Del último punto nombrado, el límite prosigue en dirección sur por las cumbres de los cerros Lausacocha y Leonjasa (punto de coordenada UTM 546 560 m E y 8 662 311 m N). POR EL SURLimita con el distrito de Surcubamba de la provincia de Tayacaja. El límite prosigue en dirección general noroeste por la divisoria de aguas que se forma entre las quebradas Lambrashuayjo (Tributarios), San Gregorio, Lacchahuyjo, Pacayhuayjo con las quebradas Collpahuayjo, Gregorio, Lambras y San Miguel, pasando por la línea de cumbre de los cerros Llactajalluypata (cota 3493), Arcococha, Pihuauro (punto de coordenada UTM 540 257 m E y 8 662 575 m N), Chanchococha (cota 3209), Lirio Jasa (punto de coordenada UTM 535 814 m E y 8 666 322 m N), Condorsenja y Artesa hasta alcanzar la con fl uencia de los COMUNICADO A NUESTROS USUARIOS REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE DECLARACIONES JURADAS Las entidades públicas que requieran publicar documentos en la Separata Especial de Declaraciones Juradas de Funcionarios y Servidores Públicos del Estado deberán tomar en cuenta lo siguiente: El jefe del área autorizada y acreditado ante la Gerencia de Publicaciones O fi ciales, enviará la solicitud de publicación desde su cuenta de correo institucional a la siguiente cuenta electrónica: dj@editoraperu.com.pe . 1) En el correo institucional se deberá adjuntar lo siguiente: a) O fi cio escaneado dirigido al Gerente de Pubicaciones O fi ciales, en el que se solicita la publicación de declaraciones juradas. El o fi cio podrá ser fi rmado digitalmente o con sello y fi rma manual del funcionario autorizado. b) El archivo en formato Excel (*) conteniendo las declaraciones juradas, una debajo de otra y en una sola hoja de cálculo. No se recibirá documentos físicos ni archivos en formato PDF. (*) Las plantillas en formato Excel se pueden descargar del siguiente link: http://pga.editoraperu. com.pe/ddjj-plantilla.xlt 2) El contenido de todo archivo electrónico que se entregue para su publicación será considerado COPIA FIEL DEL DOCUMENTO ORIGINAL QUE OBRA EN LOS ARCHIVOS DE LA INSTITUCIÓN SOLICITANTE. De esta manera, cada entidad pública es responsable del contenido de los archivos electrónicos que entrega a EDITORAPERU para su publicación. 3) En el campo “ASUNTO” del correo institucional se deberá consignar el número de O fi cio y nombre de la institución. En el contenido del mensaje electrónico se deberá indicar el nombre y número del teléfono celular del funcionario que podrá resolver dudas o problemas técnicos que se presenten con los documentos. 4) Como señal de conformidad, el usuario recibirá un correo de respuesta de EDITORAPERU, en el que se consignará el número de la Orden de Publicación (OP). Este mensaje será considerado “Cargo de Recepción”. 5) La publicación se realizará conforme al orden de llegada y de acuerdo a la disponibilidad de espacio. 6) Los documentos se recibirán de lunes a viernes de 09.00 a 17:30 pm.7) Este comunicado rige para las entidades públicas que no usan el Portal de Gestión de Atención al Cliente - PGA. GERENCIA DE PUBLICACIONES OFICIALES