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73 NORMAS LEGALES Jueves 20 de febrero de 2020 El Peruano / entidad, sin demandar recursos adicionales al tesoro público; Que, el Artículo 1º del Decreto Supremo Nº 413-2019-EF, publicado el 30.12.2019, aprueba disposiciones para determinar la compensación económica para los alcaldes distritales y provinciales en el marco de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil, conforme se detalla en el anexo adjunto al citado Decreto Supremo; Que, con Memorándum Nº 001-020-2020-MDLP/ OAJ, la Oficina de Asesoría Jurídica concluye lo siguiente: “…esta Oficina opina que procede la aplicación de la compensación económica a favor del Señor Alcalde, de forma inmediata, en cumplimiento de la Septuagésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público 2019 y el Decreto Supremo Nº 413-2019-EF”; Que, de conformidad con el Decreto Supremo Nº 413-2019-EF, para el caso del Alcalde de La Punta, le corresponde la Compensación Económica Mensual de S/ 5,300.00 (Cinco mil trescientos y 00/100 soles); Que, en tal sentido, estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas al Concejo Municipal por el artículo 9º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; por UNANIMIDAD; ACUERDA: Artículo Primero.- APRUÉBESE como remuneración mensual del Alcalde de la Municipalidad Distrital de La Punta, la suma de S/ 5,300.00 (Cinco mil trescientos y 00/100 soles) a partir de enero del 2020. Artículo Segundo.- DEJAR sin efecto el Artículo Primero del Acuerdo de Concejo Nº 001-001-2019 de fecha 21 de enero de 2019, dejando subsistente las demás disposiciones del citado acuerdo. Artículo Tercero.- DISPENSAR el presente Acuerdo del trámite previo de lectura y aprobación del Acta. Artículo Cuarto.- ENCÁRGUESE, a la Secretaría General de la Municipalidad Distrital de La Punta, la comunicación del presente Acuerdo de Concejo a las diferentes dependencias competentes; así como al funcionario responsable del Portal de Transparencia, la publicación en el Portal Institucional de la Municipalidad (www.munilapunta.gob.pe.). Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.PÍO FERNANDO SALAZAR VILLARÁN Alcalde 1856688-1 MUNICIPALIDAD DE MI PERU Aprueban el Reglamento del Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados en el distrito de Mi Perú para el año 2021 ORDENANZA N° 043-MDMP Mi Perú, 13 de febrero del 2020EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MI PERÚ VISTO en la Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha, el Dictamen N° 001-2020-MDMP/CAP de la Comisión de Administración y Presupuesto, la Carta N° 023-2020-MDMP/SG de la Secretaría General, el Memorándum N° 060-2020-MDMP-GM de la Gerencia Municipal, el Informe Legal N° 017-2020/MDMP-GAJ de la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Informe N° 004-2020-MDMP-GPPR de la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Racionalización, así como el Informe N° 002-2020-MDMP/GPPR-SGPPI de la Subgerencia de Plani fi cación y Programación de Inversiones, en relación a la aprobación del Reglamento del Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados en el Distrito de Mi Perú para el año 2021; CONSIDERANDO: Que, el artículo 197° de la Constitución Política del Perú, modi fi cada por la Ley de Reforma Constitucional, REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE DECLARACIONES JURADAS Se comunica a los organismos públicos que, para efecto de la publicación en la Separata Especial de Declaraciones Juradas de Funcionarios y Servidores Públicos del Estado, se deberá tomar en cuenta lo siguiente: 1. La solicitud de publicación se efectuará mediante o fi cio dirigido al Gerente de Publicaciones O fi ciales y las declaraciones juradas deberán entregarse en copias autenticadas o refrendadas por un funcionario de la entidad solicitante. 2. La publicación se realizará de acuerdo al orden de recepción del material y la disponibilidad de espacio en la Separata de Declaraciones Juradas. 3. La documentación a publicar se enviará además en archivo electrónico (CD o USB) y/o al correo electrónico: dj@editoraperu.com.pe , precisando en la solicitud que el contenido de la versión electrónica es idéntico al del material impreso que se adjunta; de no existir esta identidad el cliente asumirá la responsabilidad del texto publicado y del costo de la nueva publicación o de la Fe de Erratas a publicarse. 4. Las declaraciones juradas deberán trabajarse en Excel, presentado en dos columnas, una línea por celda. 5. La información se guardará en una sola hoja de cálculo , colocándose una declaración jurada debajo de otra. GERENCIA DE PUBLICACIONES OFICIALES