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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE FEBRERO DEL AÑO 2020 (24/02/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 20

TEXTO PAGINA: 20

20 NORMAS LEGALES Lunes 24 de febrero de 2020 / El Peruano Anexo a la Resolución SBS Nº 0410-2020 AGENCIARESOLUCIÓN APERTURADICE DEBE DECIR HuamangaResolución SBS Nº 872-2004, emitida con fecha 03.06.2004.Portal Independencia Nº 64-65, distrito de Ayacucho, provincia de Huamanga, departamento de Ayacucho.Portal Independencia Nº 63-64, distrito de Ayacucho, provincia de Huamanga, departamento de Ayacucho. ChinchaResolución SBS Nº 706-2006, emitida con fecha 31.05.2006.Avenida Mariscal Oscar R. Benavides 299.Av. Oscar Benavides y Calle Mariscal Castilla Sub Lote 1-B (Av. Mariscal Oscar R. Benavides Nº 299) Zona Chincha Alta, distrito de Chincha Alta, provincia de Chincha, departamento de Ica. PuquioResolución SBS Nº 202-2000, emitida con fecha 24.03.2000.Jr. 9 de Diciembre Nº 261 (Centro Poblado Puquio Barrio Ccollana Manzana 51, Lote 18).Centro Poblado Puquio - Barrio Ccollana Mz. 51 Lote 18-19 Sector Ccollana, distrito de Puquio, provincia de Lucanas, departamento de Ayacucho. GuadalupeResolución SBS Nº 4629-2015, emitida con fecha 14.08.2015.Calle Libertad 234, Centro Poblado Guadalupe, Mz. M, Lt. 11Centro Poblado Guadalupe Mz. M Lote 11A (Calle Libertad Nº 234), distrito de Salas, provincia y departamento de Ica. José Luis BustamanteResolución SBS Nº 5414-2019, emitida con fecha 15.11.2019.Av. Andrés Avelino Cáceres Mz. D Lote 1 Sección 2 Urb. Villa Hermosa, distrito de José Luis Bustamante y Rivero, provincia y departamento de Arequipa.Av. Andrés Avelino Cáceres Mz. D Lote 1 Sección 2 Urb. Vista Hermosa, distrito de José Luis Bustamante y Rivero, provincia y departamento de Arequipa. 1858117-1 de la Gastronomía y el Deporte en el distrito de La Victoria”, y que en el referido decreto de alcaldía establece que el ejercicio de las actividades gastronómicas se desarrollaría en un horario de lunes a domingos de 05:00 pm a 12:00 am.; Que mediante informe Nº 097-2020-SGCIM-GDE/MLV, la Subgerencia de Comercio Informal y Mercados propone la modi fi cación del horario de actividades del Plan Piloto que Implementa el Boulevard Turístico de la Gastronomía y el Deporte y que sería desde las 12:00 pm (mediodía) hasta las 10:00 pm. ya que durante las inspecciones en campo se pudo determinar que existe la necesidad de impulsar el incremento de las condiciones económicas de los participantes del boulevard para así consolidar su participación diaria; igualmente es necesario gestionar el servicio de alumbrado adicional para las ubicaciones de los módulos participantes y fi nalmente mejorar la seguridad del Jr. San Cristóbal; Que mediante informe Nº 014-2020-GDE/MLV, la Gerencia de Desarrollo Económico hace suyo el contenido del informe citado en el párrafo anterior; Que mediante informe Nº 085-2020-GAJ/MLV la Gerencia de Asesoría Jurídica emite opinión favorable la modi fi cación del horario de actividades del plan piloto en mención; opinión que es compartida por la Gerencia Municipal a través del proveído Nº 0224-2020-GM; Estando a los considerando precedentes, y en uso de sus facultades señaladas en los artículos 20º numeral 6) y 42º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y lo estipulado en la Ordenanza Nº 325/MLV que regula el comercio ambulatorio en los espacios públicos regulados del distrito de La Victoria y promueven su formalización; SE DECRETA: Artículo Primero.- Modi fi car el horario establecido en el plan piloto de implementación del Boulevard Turístico de la Gastronomía y el Deporte en el distrito de La Victoria aprobado mediante Decreto de Alcaldía Nº 014-2019, el cual será de las 12:00 p.m. (mediodía) hasta las 10:00 p.m.; y disponer que en caso amerite cualquier otra modi fi cación la Gerencia de Desarrollo Económico realice las acciones correspondientes, con conocimiento de este despacho. Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia de Desarrollo Económico y demás áreas pertinentes, el cumplimiento de lo dispuesto en el presente decreto. Artículo Tercero.- Disponer la publicación del presente decreto en el Diario O fi cial El Peruano, así también en el portal institucional de la entidad municipal (www.munilavictoria.gob.pe). Regístrese, comuníquese y cúmplase. GEORGE PATRICK FORSYTH SOMMER Alcalde 1857475-1GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE LA VICTORIA Modifican el horario establecido en el plan piloto de implementación del Boulevard Turístico de la Gastronomía y el Deporte en el distrito DECRETO DE ALCALDÍA N° 003-2020 La Victoria, 6 de febrero de 2020 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE LA VICTORIA; VISTOS: el informe Nº 097-2020-SGCIM-GDE/MLV de la Subgerencia de Comercio Informal y Mercados; el informe Nº 014-2020-GDE/MLV de la Gerencia de Desarrollo Económico; el informe Nº 085-2020-GAJ/MLV de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que el artículo 194 de la Constitución Política del Perú establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de la Municipalidades; Que el numeral 6) artículo 20º Ley Orgánica de Municipalidades, establece que una de las atribuciones del señor alcalde es: “Dictar decretos y resoluciones de alcaldía, con sujeción a las leyes y ordenanzas”; concordante con el artículo 42º de la citada ley, que señala: “Los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y efi ciente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del concejo municipal”; Que la Ordenanza Nº 325-2019/MLV que regula el Comercio Ambulatorio en los espacios públicos del distrito de La Victoria y promueve su formalización tiene por fi nalidad impulsar el proceso hacia la formalización de los comerciantes en la vía pública considerando que la actividad es de carácter temporal, teniendo en cuenta la plani fi cación urbana sostenible y las normas de seguridad ciudadana del distrito; Que mediante Decreto de Alcaldía Nº 014-2019/MLV, se aprueba el plan piloto que implementa el “Boulevard Turístico