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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE MAYO DEL AÑO 2020 (19/05/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 36

TEXTO PAGINA: 36

36 NORMAS LEGALES Martes 19 de mayo de 2020 / El Peruano VISTO Y CONSIDERANDO: El oficio N° 971-2020-MP-FN-PJFS-LAMBAYEQUE, cursado por el abogado Jorge Juan Arteaga Vera, Presidente de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lambayeque, mediante el cual eleva la propuesta para cubrir la plaza de Fiscal Adjunto Provincial, para el Despacho de la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de José Leonardo Ortíz, la misma que, a la fecha, se encuentra vacante; y, en consecuencia se hace necesario emitir el resolutivo correspondiente, previa verificación de los requisitos de Ley. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en el artículo 64° del Decreto Legislativo N° 052, Ley Orgánica del Ministerio Público. SE RESUELVE:Artículo Primero.- Nombrar al abogado Miguel Angel Figueroa Fernández, como Fiscal Adjunto Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Lambayeque, designándolo en el Despacho de la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de José Leonardo Ortiz, con reserva de su plaza de origen. Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lambayeque, Gerencia General, Oficina General de Potencial Humano, Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales y al fiscal mencionado. Regístrese, comuníquese y publíquese.ZORAIDA AVALOS RIVERA Fiscal de la Nación 1866503-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE PUENTE PIEDRA Aprueban las “Medidas de Bioseguridad y Control para prevenir el COVID-19 en los establecimientos públicos y privados de usos comerciales, industriales y de servicios del distrito de Puente Piedra” ORDENANZA N° 377-MDPP Puente Piedra, 12 de mayo de 2020EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUENTE PIEDRA VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con los artículos 7° y 9° de la Constitución Política del Perú, todos tienen derecho a la protección de su salud, la del medio familiar y la de la comunidad. “ORDENANZA QUE PROMUEVE LAS MEDIDAS DE BIOSEGURIDAD Y CONTROL PARA PREVENIR EL COVID-19 EN LOS ESTABLECIMIENTOS PÚBLICOS Y PRIVADOS DEL DISTRITO DE PUENTE PIEDRA” Artículo Primero.- APROBAR las “Medidas de Bioseguridad y Control para prevenir el COVID-19 en los establecimientos públicos y privados de usos comerciales, industriales y de servicios del distrito de Puente Piedra”, las mismas que se detallan en el Anexo I que forma parte integrante de la presente ordenanza. Artículo Segundo.- MODIFICAR el Cuadro Único de Infracciones y Sanciones (CUIS) vigente de la Municipalidad Distrital de Puente Piedra, a efectos de incorporar los códigos de infracción que se detallan en el Anexo II que forma parte integrante de la presente ordenanza. Artículo Tercero.- FACULTAR al señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía, de ser necesario, dicte normas complementarias a lo dispuesto en la presente ordenanza. Artículo Cuarto.- EXHORTAR, a todos los conductores de los establecimientos públicos y privados a coadyuvar en la prevención para evitar la propagación del COVID-19, cumpliendo e implementando las medidas de bioseguridad y control que se aprueban con la presente ordenanza y las demás normas de alcance nacional. Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Gerencia de Comunicaciones la difusión de la presente Ordenanza a través de los medios de comunicación que correspondan. Regístrese, comuníquese y cúmplase.RENNAN SANTIAGO ESPINOZA VENEGAS Alcalde 1866516-1 Ordenanza que crea el programa municipal “El Mercado en tu Barrio”, que pone al alcance del vecindario los alimentos de primera necesidad como medida preventiva al COVID-19 ORDENANZA N° 378-MDPP Puente Piedra, 12 de mayo de 2020EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUENTE PIEDRA VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha; CONSIDERANDO:Que, durante la vigencia del Estado de Emergencia Nacional y después de este periodo, las municipalidades de todo el país deben implementar ferias o mercados itinerantes en espacios abiertos, con todas las medidas sanitarias y de bioseguridad. ORDENANZA QUE CREA EL PROGRAMA MUNICIPAL “EL MERCADO EN TU BARRIO” QUE PONE AL ALCANCE DEL VECINDARIO ALIMENTOS DE PRIMERA NECESIDAD COMO MEDIDA PREVENTIVA AL COVID-19 Artículo Primero.- CRÉASE el programa municipal “El Mercado en tu Barrio”, que pone al alcance del vecindario los alimentos de primera necesidad para su comercialización, evitando la aglomeración en los principales mercados de abasto y reduce el riesgo al contagio, cuyo texto íntegro será publicado en el portal web de la Institución. Artículo Segundo.- FACULTAR al señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía, de ser necesario, dicte normas complementarias a lo dispuesto en la presente ordenanza. Regístrese, comuníquese y cúmplase.RENNAN SANTIAGO ESPINOZA VENEGAS Alcalde 1866518-1