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15 NORMAS LEGALES Martes 17 de noviembre de 2020 El Peruano / Que, mediante Resolución Directoral Ejecutiva Nº 059-2020/APCI-DE se dispuso aprobar el Mapa de Procesos a Nivel 0 de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional – APCI y su Anexo Listado de Procesos a Nivel 01, 02 y 03; Que, los procesos incluidos en el Mapa de Procesos a nivel 0 aprobado por Resolución Directoral Ejecutiva Nº 059-2020/APCI-DE está sujeto a revisión permanente en aplicación del enfoque de mejora continua que integra la gestión por procesos, impulsada por la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto de la APCI con la participación de los dueños del proceso (órganos responsables); Que, mediante Resolución Directoral Ejecutiva Nº 091-2020/APCI-DE de fecha 13 de noviembre de 2020 se aprobó el Inventario del Proceso M03 Administración de la Cooperación Técnica Internacional, a Nivel 0, 1, 2 y 3; así como, treinta y seis (36) Fichas Té cnicas de Procesos, veinticinco (25) Fichas de Procedimientos y sus respectivos Diagramas, correspondientes al Proceso M03 Administración de la Cooperación Técnica Internacional, a Nivel 0, 1, 2 y 3, que conforman el Mapa de Procedimientos (MAPRO) de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional – APCI; Que, respecto al Proceso M03.04.02 Administración de los Registros de ONGD, ENIEX e IPREDA, corresponde indicar que mediante Resolución Directoral Ejecutiva Nº 028-2010/APCI-DE de fecha 22 de marzo de 2010 se aprobó la Directiva Nº 001-2010/APCI-DOC “Directiva que establece los procedimientos para la Inscripción, Renovación de Vigencia, Cambio de Denominación Social y Baja en el Registro de Instituciones Privadas Sin Fines de Lucro Receptoras de Donaciones de Carácter Asistencial o Educacional Provenientes del Exterior (IPREDA) que conduce la Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI)”, modi fi cada mediante las Resoluciones Directorales Ejecutivas Nº 138-2012/APCI-DE y N° 026-2013/APCI-DE; Que, asimismo, con Resolución Directoral Ejecutiva Nº 067-2011/APCI-DE de fecha 27 de julio de 2011 se aprobó la “Directiva que establece los procedimientos en los registros de ONGD y ENIEX que conduce la APCI”, modi fi cada mediante las Resoluciones Directorales Ejecutivas N° 068-2016/APCI-DE, N° 073-2016/APCI-DE y N° 130-2016/APCI-DE; Que, mediante Informe Nº 195-2020/APCI-OAJ del 12 de noviembre de 2020, la O fi cina de Asesoría Jurídica (OAJ) de la APCI señala que la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General ha sido modi fi cada, entre otros dispositivos, mediante el Decreto Legislativo Nº 1272, publicado el 21 de diciembre de 2016 en el diario ofi cial El Peruano, a efectos de optimizar la regulación de los principios del procedimiento administrativo, entre otras medidas; así como a través del Decreto Legislativo Nº 1452, publicado el 16 de setiembre de 2016 en el diario o fi cial El Peruano, con el fi n de simpli fi car trámites administrativos; Que, a través del Decreto Legislativo Nº 1310, publicado el 30 de diciembre de 2016 en el diario o fi cial El Peruano, se aprueban medidas adicionales de simpli fi cación administrativa, estableciendo la obligación de que las entidades del Poder Ejecutivo realicen un Análisis de Calidad Regulatoria (ACR) de los procedimientos administrativos establecidos en disposiciones normativas de alcance general, a fi n de identi fi car, eliminar y/o simpli fi car aquellos que resulten innecesarios, ine fi caces, injusti fi cados, desproporcionados, redundantes o no se encuentren adecuados a la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General o a las normas con rango de ley que les sirven de sustento; Que, como resultado del ACR, mediante Decreto Supremo Nº 130-2018-PCM publicado el 28 de diciembre de 2018 en el Diario O fi cial El Peruano, sustentado en el Informe Nº 002-2018-CCR-ST de la Comisión Multisectorial de Calidad Regulatoria, se ratifi caron cinco (05) procedimientos administrativos contenidos en el TUPA de la APCI, de los cuales un (01) procedimiento administrativo requería de una medida simpli fi cadora; se eliminaron cinco (05) procedimientos administrativos del TUPA de la APCI; y, se identi fi caron oportunidades de mejora del marco normativo sobre dos (02) procedimientos administrativos no contenidos en el TUPA de la APCI;Que, asimismo, como parte de la mejora del marco normativo de la APCI, mediante Decreto Supremo Nº 025-2019-RE se estableció el procedimiento administrativo de inscripción de las Instituciones Privadas sin fi nes de Lucro Receptoras de Donaciones de Carácter Asistencial o Educacional provenientes del Exterior (IPREDA); Que, en ese sentido, a través de su Informe N° 195-2020-APCI/OAJ la OAJ de APCI indica que (i) los procedimientos administrativos de “Inscripción en el Registro Nacional de Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo (ONGD) Receptoras de Cooperación Técnica Internacional”, “Inscripción en el Registro de Entidades e Instituciones Extranjeras de Cooperación Técnica Internacional (ENIEX)” e “Inscripción de las Instituciones Privadas sin fi nes de Lucro Receptoras de Donaciones de Carácter Asistencial o Educacional provenientes del Exterior (IPREDA)” han sido modi fi cados por el precitado marco normativo; y, (ii) que las fi chas técnicas de procesos y procedimientos, así como sus respectivos diagramas, del Proceso M03.04.02 Administración de los Registros de ONGD, ENIEX e IPREDA, han sido elaborados considerando la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, y modi fi catorias, y demás normas conexas; Que, en tanto el marco normativo que sustenta la Directiva Nº 001-2010/APCI-DOC “Directiva que establece los procedimientos para la Inscripción, Renovación de Vigencia, Cambio de Denominación Social y Baja en el Registro de Instituciones Privadas Sin Fines de Lucro Receptoras de Donaciones de Carácter Asistencial o Educacional Provenientes del Exterior (IPREDA) que conduce la Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI)” y modi fi catorias, y la “Directiva que establece los procedimientos en los registros de ONGD y ENIEX que conduce la APCI”, y modi fi catorias, se encuentra desactualizado y que las fi chas técnicas de procesos y procedimientos, así como sus respectivos diagramas, del Proceso M03.04.02 Administración de los Registros de ONGD, ENIEX e IPREDA han sido aprobados por Resolución Directoral Ejecutiva Nº 091-2020/APCI-DE, la O fi cina de Asesoría Jurídica opina que corresponde dejar sin efecto las Resoluciones Directorales Ejecutivas Nº 028-2010/APCI-DE de fecha 22 de marzo de 2010 y Nº 067-2011/APCI-DE de fecha 27 de julio de 2011 que aprobaron las referidas Directivas respectivamente, así como sus correspondientes modi fi catorias aprobadas por las Resoluciones Directorales Ejecutivas Nº 138-2012/APCI-DE, N° 026-2013/APCI-DE, N° 068-2016/APCI-DE, N° 073-2016/APCI-DE y N° 130-2016/APCI-DE; Con el visto de la O fi cina de Asesoría Jurídica de la APCI; y, En uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 27692, Ley de Creación de la APCI y sus modi fi catorias, así como el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la APCI, aprobado por Decreto Supremo Nº 028-2007-RE y sus modi fi catorias; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Dejar sin efecto la Resolución Directoral Ejecutiva Nº 028-2010/APCI-DE de fecha 22 de marzo de 2010 que aprueba la Directiva Nº 001-2010/APCI-DOC “Directiva que establece los procedimientos para la Inscripción, Renovación de Vigencia, Cambio de Denominación Social y Baja en el Registro de Instituciones Privadas Sin Fines de Lucro Receptoras de Donaciones de Carácter Asistencial o Educacional Provenientes del Exterior (IPREDA) que conduce la Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI)”, y sus modi fi catorias aprobadas por las Resoluciones Directorales Ejecutivas Nº 138-2012/APCI-DE y N° 026-2013/APCI-DE. Artículo 2º.- Dejar sin efecto la Resolución Directoral Ejecutiva Nº 067-2011/APCI-DE de fecha 27 de julio de 2011 que aprueba la “Directiva que establece los procedimientos en los registros de ONGD y ENIEX que conduce la APCI”, y sus modi fi catorias aprobadas por las Resoluciones Directorales Ejecutivas N° 068-2016/APCI-DE, N° 073-2016/APCI-DE y N° 130-2016/APCI-DE. Artículo 3º.- Para los órganos y unidades orgánicas de la APCI los procedimientos de Administración de los Registros de ONGD, ENIEX e IPREDA, se encuentran establecidos en las fi chas y diagramas de los Procesos M03.04.02.01 Inscripción de Administrados en el Registro