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11 NORMAS LEGALES Viernes 2 de octubre de 2020 El Peruano / otras medidas, precisa que la devolución de los saldos no utilizados de los recursos transferidos por las entidades, con cargo a los recursos de su presupuesto institucional por la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, a favor de los organismos internacionales, se realiza una vez culminada la ejecución objeto de los convenios de administración de recursos, costos compartidos u otras modalidades similares, de conformidad con lo establecido por el numeral 8 del artículo 20 del Decreto Legislativo Nº 1441, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Tesorería; Que, mediante O fi cio Nº D000703-2020-PCM- PEB-DE, la Directora Ejecutiva del Proyecto Especial Bicentenario de la Independencia del Perú, remite el Informe Nº 000033-2020-PCM-PEB-DE/UAJ y el Informe Nº 000026-2020-PCM-PEB-DE/UPP, que sustentan la viabilidad para realizar la transferencia de recursos fi nancieros a favor del PNUD por un importe de S/ 9 020 633,87 (NUEVE MILLONES VEINTE MIL SEISCIENTOS TREINTA Y TRES Y 87/100 Soles), de acuerdo al Documento del Proyecto 00126131 – 00120280 “Fortalecimiento de la Ciudadanía y la Identidad Nacional de cara al Bicentenario” suscrito por la Representante Residente del PNUD y el Presidente del Consejo de Ministros; Que, mediante Informe Nº D000306-2020-PCM- OGPP, la O fi cina General de Plani fi cación y Presupuesto emite opinión favorable para el trámite de la transferencia fi nanciera de recursos a favor del PNUD para la ejecución del Proyecto 00126131 – 00120280 “Fortalecimiento de la Ciudadanía y la Identidad Nacional de cara al Bicentenario” y, asimismo, remite la Nota de Certi fi cación de Crédito Presupuestario Nº 000000161-2020 emitida por la Unidad Ejecutora 019 Bicentenario de la Independencia del Perú, que cubre la primera transferencia al PNUD por la suma de S/ 9 020 633,87 (NUEVE MILLONES VEINTE MIL SEISCIENTOS TREINTA Y TRES Y 87/100 Soles), con cargo a los recursos autorizados de las Metas 0003 “Desarrollo de Actividades Culturales y Artísticas” y 0004 “Apoyo a la Acción Comunal”, Fuente de Financiamiento: 1 Recursos Ordinarios- Rubro 00 Recursos Ordinarios y Especí fi ca de Gasto 2.4.1.2.1.99 “A Otros Organismos Internacionales” de la Unidad Ejecutora 019 Bicentenario de la Independencia del Perú, para fi nanciar las actividades del referido Proyecto, previstas para el año 2020; Que, en ese sentido resulta necesario autorizar la transferencia fi nanciera de recursos a favor del PNUD, conforme a lo dispuesto en la Décima Sexta Disposición Complementaria Final del Decreto de Urgencia Nº 014-2019, que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; el Decreto de Urgencia Nº 014-2019, que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020; y, el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por el Decreto Supremo Nº 022-2017-PCM; SE RESUELVE:Artículo 1.- Autorizar la transferencia fi nanciera Autorizar la transferencia fi nanciera de recursos a favor del Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD), para la ejecución del Proyecto 00126131 – 00120280 “Fortalecimiento de la Ciudadanía y la Identidad Nacional de cara al Bicentenario”, por el importe de S/ 9 020 633,87 (NUEVE MILLONES VEINTE MIL SEISCIENTOS TREINTA Y TRES Y 87/100 Soles), de acuerdo al Documento del Proyecto 00126131 – 00120280 suscrito por la Representante Residente del PNUD y el Presidente del Consejo de Ministros. Artículo 2.- Financiamiento El egreso que demande el cumplimiento de la presente resolución ministerial, se afectará a la Unidad Ejecutora 019: Bicentenario de la Independencia del Perú, del Pliego 001 Presidencia del Consejo de Ministros, con cargo a las Metas 0003 “Desarrollo de Actividades Culturales y Artísticas” y 0004 “Apoyo a la Acción Comunal”, Fuente de Financiamiento: 1 Recursos Ordinarios- Rubro 00 Recursos Ordinarios y Especí fi ca de Gasto 2.4.1.2.1.99 “A Otros Organismos Internacionales” de la citada Unidad Ejecutora. Artículo 3.- Devolución de saldos no utilizados De conformidad con la Décima Sexta Disposición Complementaria Final del Decreto de Urgencia Nº 014-2019 y el artículo 16 del Decreto de Urgencia Nº 039-2019, la devolución de los saldos no utilizados de los recursos transferidos, se realiza una vez culminada la ejecución objeto de los convenios de administración de recursos, costos compartidos u otras modalidades similares, de conformidad con lo establecido por el numeral 8 del artículo 20 del Decreto Legislativo Nº 1441, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Tesorería. Artículo 4.- Noti fi cación Notifi car la presente resolución ministerial a la Directora Nacional del Proyecto PNUD 00126131 – 00120280 “Fortalecimiento de la Ciudadanía y la Identidad Nacional de cara al Bicentenario” y a la Unidad Ejecutora 019: Bicentenario de la Independencia del Perú de la Presidencia del Consejo de Ministros, para que en mérito a sus funciones realicen el trámite y seguimiento respectivo. Artículo 5.- Publicación Disponer la publicación de la presente resolución ministerial en el Diario O fi cial El Peruano, y en la misma fecha, en el Portal Institucional de la Presidencia del Consejo de Ministros (www.gob.pe/pcm). Regístrese, comuníquese y publíquese.WALTER MARTOS RUIZ Presidente del Consejo de Ministros 1889794-1 Apueban “Lineamientos para la elaboración de los modelos de provisión de bienes y servicios” RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA DE DESCENTRALIZACIÓN Nº 011-2020-PCM/SD Lima, 24 de setiembre de 2020.VISTO el informe Nº D000003-2020-PCM-SSARL de la Subsecretaría de Articulación Regional y Local que sustenta la propuesta de Lineamientos para la elaboración de modelos de provisión de bienes y servicios elaborada por la Secretaría de Descentralización, así como el Memorando Nº D000407-2020-PCM-SGP de la Secretaría de Gestión Pública, a través del cual dicha Secretaría brinda opinión favorable a la propuesta de Lineamientos; y, CONSIDERANDO: Que, mediante el artículo 20 y la Tercera Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo Nº 029-2018-PCM, que aprueba el Reglamento que Regula las Políticas Nacionales se establece que los Ministerios con competencias compartidas determinan los roles y responsabilidades para cada nivel de gobierno, a través del establecimiento de modelos de provisión de bienes y servicios orientados al ciudadano. Que, el referido artículo precisa que para la construcción de los modelos de provisión de bienes y servicios, el Ministerio debe identi fi car el bien o servicio; los roles y responsabilidades de cada nivel de gobierno; y, los principales problemas o puntos críticos que di fi cultan la entrega o provisión del bien o servicio, conforme a la metodología que apruebe la Presidencia del Consejo de Ministros. Que, en ese sentido, la Tercera Disposición Complementaria Final del citado Decreto Supremo, establece que mediante Resolución de Secretaría de