NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2020 (12/09/2020)
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TEXTO PAGINA: 62
62 NORMAS LEGALES Sábado 12 de setiembre de 2020 / El Peruano Prevención y Eliminación de Barreras Burocráticas y Resolución Nº 0480-2019/SEL-INDECOPI (consentida) de la Sala Especializada en Eliminación de Barreras Burocráticas del INDECOPI; Que, mediante Dictamen Nº 001-2020-CDTYSV-MPC de fecha 31 de enero de 2020, la Comisión de Transportes y Seguridad Vial, concluye: Que, es factible elevar al Pleno de Concejo Municipal y previo debate aprobar la Ordenanza Municipal que deje sin efecto el Art. 3º y 4º de la Ordenanza N| 040-2012-MPC que declaro saturado el parque automotor para la prestación de servicio de taxi en la provincia de Cañete; y asimismo, recomienda a la Gerencia de Transporte que elabore un Estudio Técnico sustentatorio, para determinar si es necesario la declaración saturada del parque automotor conforme a las normas legales vigentes; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas en el Art. 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades; el Pleno de concejo de la Municipalidad Provincial de Cañete, aprobó por voto UNANIME la siguiente: ORDENANZA QUE DEJA SIN EFECTO EL ARTÍCULO TERCERO Y CUARTO DE LA ORDENANZA Nº 40- 2012-MPC, QUE DECLARA SATURADO EL PARQUE AUTOMOTOR PARA LA PRESTACIÓN DE SERVICIO DE TAXI EN LA PROVINCIA DE CAÑETE Artículo 1º.- DÉJESE SIN EFECTO EL ART. 3º de la Ordenanza Nº 040-2012-MPC que otorga autorizaciones para prestar servicio de transporte de taxi, a todas las empresas que presenten su pedido por ante la Gerencia de Transporte y Seguridad Vial, dentro de los 60 días calendario posteriores a la publicación de la Ordenanza Nº 040-2012-MPC, por los fundamentos expuestos en la presente Ordenanza. Artículo 2º.- DÉJESE SIN EFECTO EL ART. 4º de la Ordenanza Nº 040-2012-MPC que declara saturado el parque automotor, para la prestación de servicio de taxi en la provincia de Cañete. DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y FINALES Primera.- Déjese sin efecto toda disposición que contravenga o sea contraria a la presente Ordenanza. Segunda.- Facúltese al señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones reglamentarias necesarias para lograr la adecuada aplicación de la presente Ordenanza. Tercera.- Encargar a la Gerencia Municipal, así como a la Gerencia de Transporte y Seguridad Vial, el cumplimiento de la presente Ordenanza. Artículo 3º.- RATIFICAR los demás extremos la Ordenanza Nº 040-2012-MPC de fecha 27 de diciembre del 2012, que declaro saturado el parque automotor para la prestación de servicio de taxi en la provincia de Cañete. Artículo 4º.- ENCARGAR a la Gerencia de Transporte y Seguridad Vial el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza y póngase en conocimiento de la Gerencia Municipal.Artículo 5º.- ENCARGAR a la Gerencia de Secretaria General la publicación del presente y la noti fi cación a las unidades orgánicas de la Municipalidad Provincial de Cañete correspondientes, asimismo, encargar, a la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto e Informática su publicación en la página institucional de la Municipalidad Provincial de Cañete (www.municanete.gob.pe) entrando en vigencia el día siguiente de su publicación. Regístrese, comuníquese y cúmplase.SEGUNDO CONSTANTINO DIAZ DE LA CRUZ Alcalde Provincial 1883910-1 CONVENIOS INTERNACIONALES Acuerdo de Cooperación entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno de la República Italiana en materia de Prevención, Control y Represión del Abuso y del Tráfico Ilícito de Estupefacientes y de Sustancias Psicotrópicas ACUERDO DE COOPERACIÓN ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DEL PERÚ Y EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA ITALIANA EN MATERIA DE PREVENCIÓN, CONTROL Y REPRESIÓN DEL ABUSO Y DEL TRÁFICO ILÍCITO DE ESTUPEFACIENTES Y DE SUSTANCIAS PSICOTRÓPICAS El Gobierno de la República del Perú y el Gobierno de la República Italiana, a continuación denominadas las Partes Contratantes; reiterando su preocupación por el aumento del trá fi co ilícito de estupefacientes y sustancias psicotrópicas; conocedores que el abuso y el trá fi co ilícito de estupefacientes y sustancias psicotrópicas constituyen un problema que compromete a la humanidad en general y a ambos países en particular; reconociendo los diversos aspectos del abuso y del trá fi co ilícito de estupefacientes y de sustancias psicotrópicas que amenazan los intereses esenciales de cada una de las Partes Contratantes, decididos a ofrecerse recíprocamente la cooperación necesaria para combatir en todos sus aspectos el problema del abuso y del trá fi co ilícito de estupefacientes y sustancias psicotrópicas; animados por el objetivo de que la cooperación a la cual se re fi ere el presente Acuerdo complemente la que ambas Partes se brindarán en cumplimiento de las REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos Constitucionales Autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicación de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) con o sin anexos, que contengan más de una página, se adjuntará un CD o USB en formato Word con su contenido o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe. 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