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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE ENERO DEL AÑO 2021 (03/01/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 36

TEXTO PAGINA: 29

29 NORMAS LEGALES Domingo 3 de enero de 2021 El Peruano / la aprobación de la ejecución de expropiación del área del inmueble afectado por la Obra y el valor de tasación; De conformidad con lo dispuesto en la Quinta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30025, Ley que Facilita la Adquisición, Expropiación y Posesión de Bienes Inmuebles para Obras de Infraestructura y Declara de Necesidad Pública la Adquisición o Expropiación de Bienes Inmuebles afectados para la Ejecución de diversas Obras de Infraestructura, la Ley N° 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, la Resolución Ministerial Nº 0785-2020-MTC/01 que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, y el Decreto Supremo N° 015-2020-VIVIENDA, que aprueba el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la ejecución de obras de infraestructura; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobación de la Ejecución de la Expropiación del área del Inmueble y del Valor de Tasación Aprobar la ejecución de la expropiación del área de un (01) inmueble afectado por la obra: “Construcción y Mejoramiento de la Carretera Camaná - Dv. Quilca - Matarani - Ilo – Tacna; Sub Tramo 1: Matarani - El Arenal, Sub Tramo 2: El Arenal -Punta Bombón” y el valor de Tasación de la misma, ascendente a S/ 5 842,90 (CINCO MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y DOS CON 90/100 SOLES), conforme se detalla en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Consignación del Valor de la Tasación Disponer que el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional – PROVIAS NACIONAL, consigne en el Banco de la Nación, el monto del valor de la Tasación a favor del Sujeto Pasivo de la expropiación, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes de emitida la presente Resolución Ministerial. Artículo 3.- Información Necesaria para Inscribir el área del Bien Inmueble a Favor del Bene fi ciario y Orden de Levantar toda Carga o Gravamen que contenga la Partida Registral 3.1 Disponer que el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional – PROVIAS NACIONAL, remita al Registro de Predios de la O fi cina Registral correspondiente de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos - SUNARP, la información señalada en el artículo 30 del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura, aprobado mediante Decreto Supremo N° 015-2020-VIVIENDA, a efectos de inscribir el área del bien inmueble expropiado a favor del bene fi ciario. 3.2 Disponer que el Registrador, bajo responsabilidad, proceda al levantamiento de toda carga o gravamen que contenga la Partida Registral. Los acreedores pueden cobrar sus acreencias con el valor de la Tasación pagado directamente o vía consignación al Sujeto Pasivo. Artículo 4.- Inscripción Registral del área del bien inmueble a Favor del Bene fi ciario Disponer que la O fi cina Registral correspondiente de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos - SUNARP inscriba a favor del bene fi ciario el área del bien inmueble expropiado, bajo responsabilidad y sanción de destitución. Artículo 5.- Noti fi cación al Sujeto Pasivo Disponer que el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional – PROVIAS NACIONAL, notifi que la presente Resolución Ministerial al Sujeto Pasivo de la expropiación, conforme a lo dispuesto en el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura, aprobado mediante Decreto Supremo N° 015-2020-VIVIENDA, requiriéndoles la desocupación y entrega del área expropiada del bien inmueble afectado dentro de un plazo máximo de diez (10) días hábiles siguientes de noti fi cada la presente Resolución Ministerial, de encontrarse el área del inmueble desocupada, o treinta (30) días hábiles de estar ocupada o en uso, bajo apercibimiento de iniciar los procedimientos de ejecución coactiva para el lanzamiento o toma de posesión del área del bien inmueble materia de expropiación. Regístrese, comuníquese y publíquese.EDUARDO GONZÁLEZ CHÁVEZ Ministro de Transportes y Comunicaciones ANEXO VALOR DE LA TASACIÓN DEL ÁREA DE UN (01) INMUEBLE AFECTADO POR LA EJECUCIÓN DE LA OBRA: “CONSTRUCCIÓN Y MEJORAMIENTO DE LA CARR ETERA CAMANÁ - DV. QUILCA - MATARANI - ILO - TACNA; SUB TRAMO 1: MATARANI - EL ARENAL, SUB TRAMO 2: EL ARENAL - PUNTA DE BOMBON” No.SUJETO ACTIVO / BENEFICIARIOSUJETO PASIVO IDENTIFICACIÓN DEL ÀREA DEL BIEN INMUEBLEVALOR DE LA TASACIÓN (S/) 1MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES - PROVIAS NACIONAL FABIOLA RIVERA ALVAREZCÓDIGO: CCS-MATBOM-PTABOM-177-AAREA AFECTADA: 170.80 m2AFECTACIÓN: Parcial del Inmueble 5 842,90COORDENADAS UTM DE VALIDEZ UNIVERSAL DEL INMUEBLE LINDEROS Y MEDIDAS PERIMÉTRICAS DEL ÁREA AFECTADA: Norte: Colinda con el Predio de U.C N° 01366 (Terreno de Rolando Medina Salazar), con una longitud 4.36mSur: Colinda con el Predio de U.C N° 01360 (Terreno de Pedro Vásquez Zavalaga),con una longitud 3.91mEste: Colinda con una Área Adquirida, con una longitud 41.71mOeste: Colinda con el Área remanente del mismo predio, con una longitud 41.86mVertice Lado DistanciaCoordenadas UTM Este(X) Norte(Y) 1 1-2 47.71 202866.0716 8101411.1431 2 2-3 3.91 202898.9439 8101385.4726 PARTIDA REGISTRAL: N° 04000429 perteneciente a Ofi cina Registral de Islay, Zona Registral N° XII, Sede Arequipa.CERTIFICADO DE BÚSQUEDA CATASTRAL: Emitido con fecha 05.09.2019 (Informe Técnico N° 9593-2019) por la O fi cina Registral de Islay, Zona Registral N° XII, Sede Arequipa.3 3-4 41.86 202896.1589 8101382.7320 4 4-1 4.36 202862.8985 8101408.1562 1916797-1