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16 NORMAS LEGALES Domingo 3 de enero de 2021 / El Peruano Artículo 3.- Información Necesaria para Inscribir el área del Bien Inmueble a Favor del Bene fi ciario y Orden de Levantar toda Carga o Gravamen que contenga la Partida Registral 3.1 Disponer que el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional – PROVIAS NACIONAL, remita al Registro de Predios de la O fi cina Registral correspondiente de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos–SUNARP, la información señalada en el artículo 30 del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura, aprobado mediante Decreto Supremo N° 015-2020-VIVIENDA, a efectos de inscribir el área del bien inmueble expropiado a favor del bene fi ciario, en atención a lo establecido en el último párrafo del numeral 6.1 del artículo 6 de la referida norma. 3.2 Disponer que el Registrador, bajo responsabilidad, proceda al levantamiento de toda carga o gravamen que contenga la Partida Registral respecto del área del inmueble afectado. Los acreedores pueden cobrar sus acreencias con el valor de la Tasación pagado directamente o vía consignación a los Sujetos Pasivos. Artículo 4.- Inscripción Registral del área del bien inmueble a Favor del Bene fi ciarioDisponer que la O fi cina Registral correspondiente de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos – SUNARP, inscriba a favor del bene fi ciario el área del bien inmueble expropiado, bajo responsabilidad y sanción de destitución. Artículo 5.- Noti fi cación a los Sujetos Pasivos Disponer que el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional – PROVIAS NACIONAL, noti fi que la presente Resolución a los Sujetos Pasivos de la expropiación, conforme a lo dispuesto en el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura, aprobado mediante Decreto Supremo N° 015-2020-VIVIENDA, requiriéndole la desocupación y entrega del área expropiada del bien inmueble dentro de un plazo máximo de diez (10) días hábiles siguientes de noti fi cada la presente Resolución Ministerial, de encontrarse el área del inmueble desocupado, o treinta (30) días hábiles de estar ocupada o en uso, bajo apercibimiento de iniciar los procedimientos de ejecución coactiva para el lanzamiento o toma de posesión del área del bien inmueble materia de expropiación. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDUARDO GONZÁLEZ CHÁVEZ Ministro de Transportes y Comunicaciones ANEXO VALOR DE LA TASACIÓN DEL ÁREA DEL INMUEBLE AFECTADO POR LA EJECUCIÓN DE LA OBRA: REHABILITACIÓN Y MEJORAMIENTO DE LA CARRETERA ANDAHUAYLAS – PAMPACHIRI – NEGROMAYO, TRAMO: ANDAHUAYLAS–HUANCABAMBA N°SUJETO ACTIVO/ BENEFICIARIO SUJETO PASIVO CÓDIGO ANDNEG-AH-HUANC-147IDENTIFICACIÓN DEL BIEN INMUEBLE AREA AFECTADA: 45.13 m2AFECTACIÒN: PARCIALVALOR DE LA TASACIÒN COORDENADAS UTM DE VALIDEZ UNIVERSAL DEL INMUEBLE (S/) 1MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES- PROVIAS NACIONALARMANDO ROJAS CHIPANA RUFINA HUAMAN CHICLLALINDEROS Y MEDIDAS PERIMETRICAS DEL AREA AFECTADA: Vértices Lado Distancia (m)WGS 84 Este(X) Norte(Y) A A-B 42.68 678472.5205 8481193.6526 B B-C 1.09 678503.6059 8481164.4071 C C-D 42.50 678502.7347 8481163.7508 D D-A 1.04 678471.8007 8481192.8960 15 261,33Por el Frente: Colinda con la Carretera Andahuaylas – Huancabamba, en los vértices A-B, con una longitud de 42.68 m Por la Izquierda: Colinda con la Av. Ica, en los vértices B-C, con una longitud de 1.09 m Por el Fondo: Colinda con el área remanente Mz. U2, Lote 4, en los vértices C-D, con una longitud de 42.50 m. Por la Derecha: Colinda con la Carretera Andahuaylas – Huancabamba, en los vértices D-A, con una longitud de 1.04 m. PARTIDA REGISTRAL: N° P26024179, perteneciente a la O fi cina Registral de Andahuaylas– Zona Registral N° X–Sede Andahuaylas. CERTIFICADO DE BUSQUEDA CATASTRAL: Emitido con fecha 05.05.2018 emitido por la O fi cina Registral de Andahuaylas de la Zona Registral N° X–Sede Cusco. 1916794-1 Aprueban ejecución de expropiación de área de inmueble afectado por la Obra: “Rehabilitación y Mejoramiento de la Carretera Pallasca – Mollepata – Mollebamba – Santiago de Chuco – Emp. Ruta 10, Tramo: Santiago de Chuco – Cachicadan – Mollepata” RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 1082 -2020-MTC/01.02 Lima, 31 de diciembre de 2020VISTA: La Nota de Elevación N° 247-2020-MTC/20 de la Dirección Ejecutiva del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional–PROVIAS NACIONAL, y;CONSIDERANDO: Que, la Quinta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30025, Ley que Facilita la Adquisición, Expropiación y Posesión de Bienes Inmuebles para Obras de Infraestructura y Declara de Necesidad Pública la Adquisición o Expropiación de Bienes Inmuebles afectados para la Ejecución de diversas Obras de Infraestructura, entre otros, declara de necesidad pública la ejecución de la obra de Infraestructura Vial denominada: “Carretera longitudinal de la sierra: Chiple–Cutervo–Cochabamba–Chota – Bambamarca–Hualgayoc–Desvío Yanacocha, Cajabamba–Sausacocha, Huamachuco–Shorey – Santiago de Chuco–Pallasca–Cabana–Tauca, Huallanca–Caraz, Huallanca–La Unión–Huánuco, Izcuchaca–Mayocc–Huanta Ayacucho–Andahuaylas