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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE ENERO DEL AÑO 2021 (03/01/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 36

TEXTO PAGINA: 14

14 NORMAS LEGALES Domingo 3 de enero de 2021 / El Peruano ANEXO VALOR DE LA TASACIÓN DEL ÁREA DEL INMUEBLE AFECTADO POR LA EJECUCIÓN DE LA OBRA: “REHABILITACION Y MEJORAMIENTO DE LA CARRETERA PALLASCA- MOLLEPATA-MOLLEBAMBA-SANTIAGO DE CHUCO-EMP. RUTA 10 TRAMO: SANTIAGO DE CHUCO-CACHICADAN-MOLLEPATA” No.SUJETO ACTIVO / BENEFICIARIOSUJETO PASIVOIDENTIFICACIÓN DEL BIEN INMUEBLEVALOR DE LA TA- SACIÓN (S/) CODIGO: ANG-0503 AREA AFECTADA : 1,279.00 m2AFECTACIÓN: Parcial del Inmueble COORDENADAS UTM DE VALIDEZ UNIVERSAL DEL INMUEBLE LINDEROS Y MEDIDAS PERIMÉTRICAS DEL ÁREA AFECTADA: VERTICE LADO DISTANCIACOORDENADAS UTM WGS 84 MINISTERIO DE TRANS- PORTES Y CO- MUNICACIONE S - PROVIAS NACIONALLUJAN DE BELTRAN PAULA, BELTRAN SOLOR- ZANO TEODORO POLICAR- POESTE (X) NORTE (Y) LIMITE COLINDANCIALONGITUD (m)1 01-feb 5.19 821226.2079 9100944.2641 Por el NorteLUJAN SÁNCHEZ SANTOS DOMINGO Y REYNA DE LUJAN EUFEMIATEODOCIA,33.52 02-mar 5.19 821223.8977 9100948.9156 12,037.89 1 3 03-abr 5.19 821221.1175 9100953.3024 Por la Sur LUJAN SÁNCHEZ MAFALDA 15.87 4 04-may 1.98 821217.8972 9100957.3771 Por la EsteCARRETERA EXISTENTE 102.31 5 05-jun 11.35 821216.5166 9100958.7931 Por el OesteLUJAN DE BELTRÁN PAULA Y BELTRÁN SOLORZANO TEODORO POLICARPIO06 06-jul 10.94 821222.1600 9100968.6400 7 07-ago 5.4 821232.6200 9100965.4500 8 08-sep 2.56 821237.5500 9100963.2500 9 09-oct 3.25 821239.5068 9100961.5974 10 10-nov 9.49 821241.2442 9100958.8561 11 11-dic 21.89 821241.6600 9100949.3800 12 dic-13 17.24 821242.8900 9100927.520013 13-14 17.47 821243.0800 9100910.2800 14 14-15 12.84 821243.0000 9100892.8100 15 15-16 5.75 821244.3400 9100880.0400 16 16-17 5.6 821245.0000 9100874.3300 17 17-18 12.03 821246.7800 9100869.0200 18 18-19 5.73 821253.1800 9100858.8300 19 19-20 10.14 821249.8900 9100854.1400 20 20-21 72.79 821244.2134 9100845.7395 21 21-22 9.49 821232.6873 9100917.6148 22 22-23 7.95 821231.1041 9100926.9674 23 23-24 5.29 821229.4047 9100934.732924 24-ene 4.77 821227.9105 9100939.8037 PARTIDA REGISTRAL: N° 11050640 perteneciente a la O fi cina Registral de Otuzco.CERTIFICADO DE BÚSQUEDA CATASTRAL: Emitido con fecha 17.07.2019 (Informe Nº 6703-2019-ZR.-V-ST/OC ) por la O fi cina Registral de Otuzco, Zona registral Nº V- SEDE TRUJILLO 1916799-1 Aprueban ejecución de expropiación de área de inmueble afectado por la ejecución de la Obra: “Rehabilitación y Mejoramiento de la Carretera Andahuaylas – Pampachiri – Negromayo, tramo: Andahuaylas – Huancabamba” RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 1081-2020-MTC/01.02 Lima, 31 de diciembre de 2020VISTA: La Nota de Elevación N° 252-2020-MTC/20 de la Dirección Ejecutiva del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional – PROVIAS NACIONAL, y; CONSIDERANDO: Que, la Quinta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30025, Ley que Facilita la Adquisición, Expropiación y Posesión de Bienes Inmuebles para Obras de Infraestructura y Declara de Necesidad Pública la Adquisición o Expropiación de Bienes Inmuebles afectados para la Ejecución de diversas Obras de Infraestructura, entre otros, declara de necesidad pública la ejecución de la Obra: “Carretera Andahuaylas-Pampachiri-Negromayo, Tramo: Andahuaylas-Huancabamba”, y autoriza la expropiación de los bienes inmuebles que resulten necesarios para tal fi n; Que, el artículo 1 del Texto Ú nico Ordenado del Decreto Legislativo N° 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisició n y Expropiació n de inmuebles, transferencia de inmuebles de propiedad del Estado, liberació n de Interferencias y dicta otras medidas para la ejecució n de Obras de Infraestructura, aprobado mediante Decreto Supremo N° 015-2020-VIVIENDA (en adelante, TUO de la Ley), indica que el Decreto Legislativo N° 1192 establece el régimen jurídico aplicable a los procesos de Adquisición y Expropiación de inmuebles, transferencia de bienes inmuebles de propiedad del Estado y liberación de Interferencias para la ejecución de Obras de Infraestructura, de conformidad con lo dispuesto en la Constitución Política del Perú; Que, el numeral 4.2 del artículo 4 del TUO de la Ley, de fi ne al Bene fi ciario como el titular del derecho de propiedad del inmueble como resultado de la Adquisición, Expropiación o transferencia de inmuebles de propiedad del Estado, necesarios para la ejecución de la Obra de Infraestructura y que, el único Bene fi ciario es el Estado