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7 NORMAS LEGALES Domingo 28 de marzo de 2021 El Peruano / OE6 Fortalecer la cooperación y participación de todos los sectores de la población para la gobernanza de la diversidad biológica. Meta 13. Al 2021 se ha fortalecido la gobernanza descentralizada de la diversidad biológica bajo un enfoque participativo, intercultural, de género y de inclusión social, en articulación con los niveles de gobierno nacional, regional y local, en el marco de los tratados internacionales. Acciones 2014-2018El Plan de Acción 2014-2018 de la ENDB identi fi có 147 acciones como medios especí fi cos para concretar su cumplimiento. Los resultados de la evaluación realizada por la DGDB del MINAM al Plan de Acción 2014-2018 dan cuenta que: o se lograron ejecutar plenamente 52 acciones (35 %), 65 contaban con algún nivel de avance (44 %) y 30 no pudieron ser ejecutadas (20 %).o las acciones con alto nivel de cumplimiento contribuyen a las metas 4 (servicios ecosistémicos), 6 (sensibilización y conciencia), 8 (control y fi scalización) y 12 (protección, mantenimiento y recuperación de conocimientos tradicionales). o las acciones que cuentan con algún nivel de avance coadyuvan a las metas 3 (programas de conservación in situ), 5 (acceso y la distribución de bene fi cios) y 11 (nuevos conocimientos sobre su riqueza o diversidad genética). o los avances más notables contribuyen al Objetivo Estratégico 2 de la ENDB (metas 4 y 5). Es importante precisar que la ejecución y/o el avance de las acciones realizadas por nuestro país en relación con las metas de la ENDB y las acciones previstas en el Plan de Acción 2014-2018 han sido descritos en el Sexto Informe Nacional sobre la aplicación del CDB (en el cual las acciones fueron estructuradas en cincuenta y tres medidas, para fi nes del reporte) 1. El siguiente grá fi co resume la estructura de la vigente ENDB: Para continuar con la implementación de la ENDB y lograr sus objetivos y metas, es necesario aprobar el Plan de Acción actualizado con acciones estratégicas al 2021. Lo expuesto contribuye también a concretar las acciones previstas en el marco de la recomendación 49 de la Evaluación de Desempeño Ambiental del Perú de la CEPAL/OCDE, la cual señala expresamente que se debe “Otorgar prioridad política y los medios necesarios para la implementación de la Estrategia y Plan de Acción Nacional de Diversidad Biológica al 2021 (EPANDB), como herramienta clave para la conservación y uso sostenible de la biodiversidad del Perú, incluida la agrícola”. El presente Plan de Acción concluirá al 31 de diciembre de 2021. Es importante tener en cuenta que salvo el Plan de Acción que se está actualizando, las demás secciones de la ENDB al 2021 se mantienen plenamente vigentes. 2.2 BASE LEGAL El presente Plan de Acción actualizado de la ENDB se sustenta, principalmente, en las normas que se detallan a continuación: - Resolución Legislativa N° 26181 (1991), norma a través de la cual el Perú aprueba el CDB:En el marco de la Decisión X/2 de la Décima Reunión de la Conferencia de las Partes (COP) del CDB, para el decenio 2011-2020, se adoptó el “Plan Estratégico para la Diversidad Biológica 2011-2020”, instrumento que guía los objetivos a nivel mundial en materia de diversidad biológica y en el que se establecieron las denominadas Metas de Aichi para la Diversidad Biológica. - Constitución Política del Perú: De acuerdo con el artículo 68 el Estado está obligado a promover la conservación de la diversidad biológica y de las áreas naturales protegidas. - Ley N° 26839, Ley sobre la Conservación y Aprovechamiento Sostenible de la Diversidad Biológica: De acuerdo con el artículo 7 la ENDB constituye el principal instrumento de plani fi cación para el cumplimiento de los objetivos de la presente ley y el Convenio. En ella se establecen los programas y planes de acción orientados a la conservación de la diversidad biológica, la utilización sostenible de sus componentes y la participación justa y equitativa en los bene fi cios derivados de su utilización. - Reglamento de la Ley sobre la Conservación y Aprovechamiento Sostenible de la Diversidad Biológica, aprobado por el Decreto Supremo N° 068-2001-PCM: