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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE MARZO DEL AÑO 2021 (29/03/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 16

TEXTO PAGINA: 13

13 NORMAS LEGALES Lunes 29 de marzo de 2021 El Peruano / la Resolución Rectoral Nº 730-2017-UNFV, en el ítem 28 del procedimiento de Obtención el Grado Académico de Bachiller, excluyendo la exigencia del requisito de Partida de nacimiento y encargar al presidente de la Comisión elevar al Titular para su consideración y aprobación; Estando a lo dispuesto por el señor Rector en el Proveído Nº 579-2021-R-UNFV de fecha 09.02.2021; el Consejo Universitario en Sesión Ordinaria virtual 156 de fecha 26.02.21, acordó en el sentido y tal como se precisa en la parte resolutiva de la presente resolución; De conformidad con la Ley Nº 30220 - Ley Universitaria, el Estatuto y Reglamento General, la Resolución R. Nº 536-2016-UNFV de fecha 27.12.16 y la Resolución R. Nº 8068-2021-CU-UNFV de fecha 14.01.2021; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Modi fi car la Resolución R. Nº 730-2017-UNFV de fecha 02.05.2017, en el ítem 28 del procedimiento de Obtención del Grado Académico de Bachiller, excluyendo el requisito: partida de nacimiento. Artículo Segundo.- Los Vicerrectorados Académico y de Investigación, la Dirección General de Administración, las Facultades, así como todas las demás dependencias de la Universidad, dictarán las medidas necesarias para el cumplimiento de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y archívese.JUAN OSWALDO ALFARO BERNEDO Rector 1938791-1 Autorizan expedición de duplicado de diploma de Bachiller en Educación, otorgado por la Universidad Nacional Federico Villarreal UNIVERSIDAD NACIONAL FEDERICO VILLARREAL RESOLUCIÓN R. Nº 8351-2021-CU-UNFV San Miguel, 8 de marzo del 2021Visto, el expediente con NT. 00756 de fecha de recepción 06.01.2021, seguido por doña ROCÍO BUSTAMANTE TORREJÓN, egresada de la Facultad de Educación, mediante el cual solicita el duplicado de diploma de Grado de Bachiller en Educación, expedido por esta Casa de Estudios Superiores; y CONSIDERANDO: Que, el Congreso de la República dio la Ley Nº 28626, de fecha 28.10.2005, publicada en el diario o fi cial El Peruano con fecha 18.11.2005, se autoriza a las Universidades Públicas y Privadas a expedir duplicados de diplomas de Grados y Títulos Profesionales a solicitud del interesado, por motivos de pérdida, deterioro o mutilación del título original, siempre que cumpla con las formalidades y requisitos de seguridad previstos por cada Universidad; Que, mediante Resolución Nº 1525-06-ANR, modi fi cada con Resolución Nº 1895-2006-ANR, publicadas en el diario o fi cial El Peruano, con fechas 21.01.2006 y 14.06.2006 respectivamente, la Asamblea Nacional de Rectores, aprobó el Reglamento de Duplicados de Diplomas de Grados y Títulos Profesionales expedidos por las universidades del país; Que, mediante Resolución Nº 1503-2011-ANR, de fecha 15.12.2011, modi fi cada con Resoluciones Nros. 1256 y 1634-2013-ANR, de fechas 26.08.2013 y 22.10.2013 respectivamente, emitidas por la Comisión de Coordinación Interuniversitaria de la Asamblea Nacional de Rectores, se aprobó el Texto Único Ordenado del Reglamento de la Ley Nº 28626, Reglamento de Duplicados de Diplomas de Grados Académicos y Títulos Profesionales expedidos por las universidades del país; Que, mediante Resolución R. Nº 4224-2013-CU-UNFV, de fecha 25.09.2013, recti fi cada con Resolución R. Nº 6309-2014-CU-UNFV, de fecha 05.09.2014, se aprobó el “Registro de Tarifas de los Servicios no Exclusivos de la Universidad Nacional Federico Villarreal en el que se estableció la tarifa que abonarán los interesados, entre otros, por concepto de duplicado de diploma de Grado de Bachiller y de Título Profesional en las Facultades de la Universidad; Que, mediante documento recepcionado en fecha 06.01.2021, por doña ROCÍO BUSTAMANTE TORREJÓN, solicita duplicado de diploma de Grado de Bachiller en Educación, el cual fue expedido por esta Universidad el 13.10.2003, señala que sufrió la pérdida de dicho diploma; para acreditar lo señalado y a fi n de cumplir con los requisitos para la expedición del duplicado de diploma, adjunta dos fotografías tamaño pasaporte, la Declaración Jurada Simple, la publicación en un diario de circulación nacional de la pérdida del referido diploma, constancia de haber obtenido el Grado de Bachiller en Educación, así como el recibo de pago del derecho correspondiente; Que, el Jefe de la O fi cina de Grados y Títulos de la Secretaría General mediante O fi cio Nº 033- 2021-OGT- SG-UNFV de fecha 12.01.2021, señala que se expidió con fecha 13.10.2003 el Diploma de Grado de Bachiller en Educación a favor de la recurrente, el cual se encuentra asentado en el Libro Nº 88, Folio Nº 49 y Registro Nº 65201, el mismo que obra en la O fi cina de Grados y Títulos de la Secretaria General de esta Universidad; asimismo, señala que lo solicitado por doña ROCÍO BUSTAMANTE TORREJÓN cumple con los requisitos para el otorgamiento del duplicado del referido diploma, en concordancia con las Resoluciones Nos. 1525-2006, 1895-2006 y 1503-2011-ANR y la Ley Nº 28626; En mérito a la opinión de la O fi cina Central de Asesoría Jurídica, contenida en Informe Legal Nº 028-2021-OCAJ-UNFV, de fecha 18.01.2021, a lo señalado por el Vicerrectorado Académico en Informe Nº 026-2021-VRAC-UNFV, de fecha 25.01.2021 y estando a lo dispuesto por el señor Rector según Proveído Nº 334-2020-R-UNFV, de fecha 26.01.2021; el Consejo Universitario en Sesión Ordinaria Virtual Nº 156 de fecha 26.02.2021, acordó autorizar a la O fi cina de Grados y Títulos de la Secretaría General, la expedición del duplicado de diploma de Grado de Bachiller en Educación, otorgado por la Facultad de Educación de esta Casa de Estudios Superiores, a favor de doña ROCÍO BUSTAMANTE TORREJÓN; y De conformidad con la Ley Nº 30220 – Ley Universitaria, el Estatuto y el Reglamento General de la Universidad Nacional Federico Villarreal, la Resolución R. Nº 536-2016-UNFV, de fecha 27.12.2016 y la Resolución R. Nº 8068-2021-CU-UNFV, de fecha 14.01.2021; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar a la O fi cina de Grados y Títulos de la Secretaría General, la expedición del duplicado de diploma de Bachiller en Educación, otorgado por la Facultad de Educación de esta Casa de Estudios Superiores, a favor de doña ROCÍO BUSTAMANTE TORREJÓN (por pérdida). El mismo que se encuentra asentado en el Libro Nº 88, Folio Nº 49 y Registro Nº 65201 y fecha de expedición 13.10.2003, el cual obra en la referida O fi cina. Artículo Segundo.- La O fi cina de Trámite Documentario y Atención al Usuario de la Secretaría General, noti fi cará bajo cargo la presente resolución a la interesada. Artículo Tercero.- Encargar a la O fi cina Central de Comunicaciones e Imagen Institucional, la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial “El Peruano”, de conformidad con el Texto Único Ordenado del Reglamento de la Ley Nº 28626, aprobado con Resolución Nº 1503- 2011-ANR. Artículo Cuarto.- Los Vicerrectorados Académico y de Investigación, la Facultad de Educación, así como la O fi cina de Grados y Títulos de la Secretaría General, dictarán las medidas necesarias para el cumplimiento de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y archívese.JUAN OSWALDO ALFARO BERNEDO Rector 1938785-1