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3 NORMAS LEGALES Lunes 24 de mayo de 2021 El Peruano / Nº D000111-2021-PENSION65-DE, considerando que durante el proceso de implementación de los mismos se ha identi fi cado la necesidad de efectuar la modi fi cación del plazo para la recepción de solicitudes por cambio de perceptor en la plataforma https://casos.bono600.gob.pe/?id=8 hasta el 27 de mayo de 2021, ampliando la oportunidad de cobro de los hogares bene fi ciarios; Que, mediante Informe Nº D000172-2021- PENSION65-UTI, la Unidad de Tecnologías de la Información emite opinión favorable para la actualización de los “Lineamientos de cambio de perceptor de los subsidios monetarios otorgados por el Programa Nacional de Asistencia Solidaria “Pensión 65” en el marco de la Declaratoria de Emergencia Sanitaria por el COVID-19”, aprobados mediante Resolución Directoral Nº D000111-2021-PENSION65-DE, al encontrarse conforme con las actividades asignadas a dicha unidad, las cuales guardan relación con las acciones realizadas para el otorgamiento de los subsidios monetarios; Que, mediante Memorando Nº D000240-2021- PENSION65-UA la Unidad de Administración pone en conocimiento el Informe Nº D000004-2021-PENSION65-TRAM del responsable de Trámite Documentario, emitiendo opinión favorable para la actualización de los “Lineamientos de cambio de perceptor de los subsidios monetarios otorgados por el Programa Nacional de Asistencia Solidaria “Pensión 65” en el marco de la Declaratoria de Emergencia Sanitaria por el COVID-19”, aprobados mediante Resolución Directoral Nº D000111-2021-PENSION65-DE; Que, mediante Memorando Nº D000217-2021- PENSION65-UCI, la Unidad de Comunicación e Imagen emite opinión favorable para la modi fi cación de los “Lineamientos de cambio de perceptor de los subsidios monetarios otorgados por el Programa Nacional de Asistencia Solidaria “Pensión 65” en el marco de la Declaratoria de Emergencia Sanitaria por el COVID-19”, aprobados mediante Resolución Directoral Nº D000111-2021-PENSION65-DE; Que, mediante Memorando Nº D000195-2021- PENSION65-UPPM, la Unidad de Planeamiento, Presupuesto y Modernización emite opinión favorable para la modi fi cación de los “Lineamientos de cambio de perceptor de los subsidios monetarios otorgados por el Programa Nacional de Asistencia Solidaria “Pensión 65” en el marco de la Declaratoria de Emergencia Sanitaria por el COVID-19”, aprobados mediante Resolución Directoral Nº D000111-2021-PENSION65-DE, al considerar que permitirá atender a un mayor número de hogares que requieran acceder al proceso de cambio de perceptor, a través del registro de dichas solicitudes en la plataforma informática dispuesta para ello; Que, el artículo 7 del Texto Único Ordenado (TUO) de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, establece que los actos de administración interna se orientan a la e fi cacia y e fi ciencia de los servicios y a los fi nes permanentes de las entidades, señalándose, además, que el régimen de la e fi cacia anticipada de los actos administrativos previstos en el artículo 17 del TUO, es susceptible de ser aplicado a los actos de administración interna, siempre que no se violen normas de orden público ni afecte a terceros; Que, el numeral 17.1 del artículo 17 del TUO de la Ley Nº 27444 dispone que la autoridad podrá disponer en el mismo acto administrativo que tenga e fi cacia anticipada a su emisión, sólo si fuera más favorable a los administrados, y siempre que no lesione derechos fundamentales o intereses de buena fe legalmente protegidos a terceros y que existiera en la fecha a la que pretenda retrotraerse la efi cacia del acto el supuesto de hecho justi fi cativo para su adopción; Que, mediante el Informe Nº D000276-2021- PENSION65-UAJ, la Unidad de Asesoría Jurídica emite opinión legal favorable para la modi fi cación de los “Lineamientos de cambio de perceptor de los subsidios monetarios otorgados por el Programa Nacional de Asistencia Solidaria “Pensión 65” en el marco de la Declaratoria de Emergencia Sanitaria por el COVID-19”, aprobados mediante Resolución Directoral Nº D000111-2021-PENSION65-DE, con lo cual se amplía el plazo para la recepción de solicitudes por cambio de perceptor en la plataforma https://casos.bono600.gob.pe/?id=8, hasta el 27 de mayo de 2021, encontrándose en concordancia a lo dispuesto en el Decreto de Urgencia Nº 010-2021 y su ampliatoria; Que, estando a las facultades de la Dirección Ejecutiva y contando con la visación del Jefe de la Unidad de Operaciones, del Jefe de la Unidad de Tecnologías de la Información, del Jefe de la Unidad de Administración designado temporalmente, de la Jefa designada temporalmente de la Unidad de Comunicación e Imagen, de la Jefa de la Unidad de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, y del Jefe de la Unidad de Asesoría Jurídica del Programa Nacional de Asistencia Solidaria “Pensión 65” y de conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 081-2011-PCM y modi fi catorias, la Resolución Ministerial Nº 273-2017-MIDIS, el Decreto de Urgencia Nº 010-2021 y el Decreto de Urgencia Nº 023-2021; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobar, con e fi cacia anticipada al 16 de mayo de 2021, la versión actualizada de los “Lineamientos de cambio de perceptor de los subsidios monetarios otorgados por el Programa Nacional de Asistencia Solidaria “Pensión 65” en el marco de la Declaratoria de Emergencia Sanitaria por el COVID-19”, aprobados mediante Resolución Directoral Nº D000111-2021-PENSION65-DE, la misma que forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 2.- Disponer que las solicitudes por cambio de perceptor en la plataforma https://casos.bono600.gob.pe/?id=8 sean recepcionadas hasta el día 27 de mayo de 2021, conforme a lo dispuesto en la versión actualizada de los “Lineamientos de cambio de perceptor de los subsidios monetarios otorgados por el Programa Nacional de Asistencia Solidaria “Pensión 65” en el marco de la Declaratoria de Emergencia Sanitaria por el COVID-19”, aprobada en el artículo 1 precedente. Artículo 3 .- Noti fi car el presente acto resolutivo a la Unidad de Operaciones, la Unidad de Tecnologías de la Información, la Unidad de Administración, la Unidad de Comunicación e Imagen y la Unidad de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, para conocimiento y fi nes pertinentes. Artículo 4 .- Dispóngase la publicación de la presente Resolución Directoral en el Diario O fi cial El Peruano y que la Unidad de Comunicación e Imagen del Programa Nacional de Asistencia Solidaria “Pensión 65”, en el plazo de 02 días hábiles de emitido el presente acto resolutivo, efectúe su publicación en el portal institucional del Programa Nacional de Asistencia Solidaria “Pensión 65”: www.pension65.gob.pe Regístrese, comuníquese y publíquese.MABEL GÁLVEZ GÁLVEZ Directora EjecutivaPrograma Nacional de Asistencia Solidaria Pensión 65 1955637-1 PRODUCE Aprueban el Manual de Operaciones del Programa Nacional de Desarrollo Tecnológico e Innovación - PROINNOVATE RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 000145-2021-PRODUCE Lima, 23 de mayo de 2021VISTOS: Los O fi cios Nos. 169-2021-PRODUCE- INNÓVATEPERÚ.CE y 173-2021-PRODUCE-