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4 NORMAS LEGALES Miércoles 17 de noviembre de 2021 El Peruano / Designan Subsecretario de la Subsecretaría de Prevención y Gestión de la Información de la Secretaría de Gestión Social y Diálogo RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 276-2021-PCM Lima, 16 de noviembre de 2021CONSIDERANDO:Que, se encuentra vacante el cargo de Subsecretario/a de la Subsecretaría de Prevención y Gestión de la Información de la Secretaría de Gestión Social y Diálogo de la Presidencia del Consejo de Ministros; Que, en ese sentido, resulta necesario designar al/a la servidor/a que desempeñará el citado cargo; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; y, el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Resolución Ministerial N° 156-2021-PCM; SE RESUELVE:Artículo Único.- Designar al señor CESAR MARTIN BEDOYA GARCIA, en el cargo de Subsecretario de la Subsecretaría de Prevención y Gestión de la Información de la Secretaría de Gestión Social y Diálogo de la Presidencia del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese.MIRTHA ESTHER VÁSQUEZ CHUQUILIN Presidenta del Consejo de Ministros 2011883-3 Aprueban la “Directiva para el acceso y uso de imágenes satelitales y aéreas para acciones de respuesta y rehabilitación por desastre o peligro inminente” RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 277-2021-PCM Lima, 16 de noviembre de 2021CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley Nº 29664, se crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD), como un sistema interinstitucional, sinérgico, descentralizado, transversal y participativo, con la fi nalidad de identi fi car y reducir los riesgos asociados a peligros o minimizar sus efectos, así como evitar la generación de nuevos riesgos, y preparación y atención ante situaciones de desastres, mediante el establecimiento de principios, lineamientos de política, componentes, procesos e instrumentos de la Gestión del Riesgo de Desastres; Que, según lo dispuesto en el artículo 9 y el literal g) del artículo 10 de la citada Ley, la Presidencia del Consejo de Ministros es el ente rector del SINAGERD; y, en dicha condición, tiene la atribución de aprobar directivas y lineamientos en los ámbitos relacionados con la Gestión del Riesgo de Desastres; Que, de conformidad con lo establecido en el literal c) del artículo 13 de la Ley Nº 29664, el Instituto Nacional de Defensa Civil–INDECI es un organismo público ejecutor, conformante del SINAGERD, que tiene entre sus funciones la de realizar y coordinar las acciones necesarias a fi n de procurar una óptima respuesta de la sociedad en caso de desastres, garantizando una adecuada y oportuna atención de personas afectadas, así como la rehabilitación de los servicios básicos indispensables. Asimismo, mediante el Decreto Supremo N° 002-2016-DE se adscribe el INDECI al Ministerio de Defensa; Que, el numeral 9.1 del artículo 9 del Reglamento de la Ley Nº 29664, que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD), aprobado por Decreto Supremo Nº 048-2011-PCM, establece como función adicional del INDECI, asesorar y proponer al ente rector la normativa que asegure procesos técnicos y administrativos que faciliten la preparación, la respuesta y la rehabilitación; Que, asimismo, el artículo 29 del referido Reglamento establece que la preparación está constituida por el conjunto de acciones de planeamiento, de desarrollo de capacidades, organización de la sociedad, operación efi ciente de las instituciones regionales y locales encargadas de la atención y socorro, establecimiento y operación de la red nacional de alerta temprana y de gestión de recursos, entre otros, para anticiparse y responder en forma e fi ciente y e fi caz, en caso de desastre o situación de peligro inminente, a fi n de procurar una óptima respuesta en todos los niveles de gobierno y de la sociedad; Que, a través de los o fi cios Nº 2524-2021-INDECI/12.0, Nº 5792-2020-INDECI/12.0 y N° 5061-2020-INDECI/1.0, sustentados en los Informes Técnicos N° 040-2020-INDECI/12.1 y N° 042-2021-INDECI/12.1, y con la conformidad emitida con el O fi cio N° 4527-2021-INDECI/1.0, el INDECI propone la aprobación de la Directiva para el acceso y uso de imágenes satelitales y aéreas para acciones de respuesta y rehabilitación por desastre o peligro inminente; Que, mediante Memorando Nº D000860-2021-PCM- DVGT, el Despacho Viceministerial de Gobernanza Territorial remite el Informe Nº D000093-2021-PCM-UF-OTGRD-BAS, en el cual se emite opinión favorable a la citada propuesta, en el marco de sus competencias previstas en el artículo 9 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Resolución Ministerial Nº 156-2021-PCM; Que, en atención a lo expuesto, resulta necesario aprobar la “Directiva para el acceso y uso de imágenes satelitales y aéreas para acciones de respuesta y rehabilitación por desastre o peligro inminente”, la misma que tiene como objetivo de fi nir las acciones y responsabilidades para la evaluación, obtención, descarga procesamiento, distribución y almacenamiento de imágenes satelitales y aéreas para la toma de decisiones en los niveles de emergencia 4 y 5, ante peligro inminente o desastres; Con el visado del Viceministerio de Gobernanza Territorial, y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 29664, Ley que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD); el Reglamento de la Ley Nº 29664, que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD), aprobado por Decreto Supremo Nº 048-2011-PCM; y, el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Resolución Ministerial Nº 156-2021-PCM; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobar la “Directiva para el acceso y uso de imágenes satelitales y aéreas para acciones de respuesta y rehabilitación por desastre o peligro inminente”, que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y su Anexo, en las sedes digitales de la Presidencia del Consejo de Ministros (www.gob.pe/pcm) y del Instituto Nacional de Defensa Civil (www.gob.pe/indeci), el mismo día de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. MIRTHA ESTHER VÁSQUEZ CHUQUILIN Presidenta del Consejo de Ministros 2011883-4