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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2021 (17/11/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 20

20 NORMAS LEGALES Miércoles 17 de noviembre de 2021 El Peruano / de la Ley N° 31084, Ley que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021; Que, las Unidades de Innovación en Acuicultura y la Unidad de Innovación en Pesca mediante el Informe N° 000000284-2021-PNIPA/UIA como responsables de la verificación de la información de las solicitudes de desembolsos y de los fondos del respectivo Proyecto de Inversión Pública (PIP), presentan la relación de las subvenciones que se otorgará a las Entidades Privadas que ejecutan Subproyectos de Innovación en Acuicultura y Pesca, derivados de los Concursos PNIPA 2018-2019 y 2020-2021 y solicitan la certificación del aporte de la contrapartida del PNIPA por el monto total de S/ 1,999,858.11 del PIP de Acuicultura y Pesca; Que, a través del Informe N° 00000096-2021-PNIPA/ UPP, emitido por la Unidad de Planificación y Presupuesto, atendiendo a lo solicitado por las Unidades de Innovación en Acuicultura y la Unidad de Innovación en Pesca anteriormente citadas, establece la relación de las subvenciones a Entidades Ejecutoras (personas jurídicas privadas), que ejecutan Subproyectos de Innovación en Pesca y Acuicultura, derivados de los Concursos PNIPA 2018-2019 y 2020-2021, en las categorías de: Investigación Aplicada y Desarrollo Tecnológico Subproyectos de Servicios de Extensión (SEREX), Subproyectos de Investigación Aplicada y Desarrollo Experimental (SIADE), Subproyectos de Fortalecimiento de Capacidades en Servicios de I&D+i (SFOCA) y Subproyectos de Investigación Adaptativa (SIA) en Pesca y Acuicultura, conforme a la información remitida y verificada por las Oficinas Macro Regionales - OMR y las Unidades de Innovación en Pesca y en Acuicultura. Asimismo, en el ámbito de su competencia, señala que ha verificado la disponibilidad presupuestal para atender los desembolsos programados, detallando el monto total y por fuente de financiamiento aplicable señalados en el Anexo Único de la presente resolución; Que, asimismo resulta pertinente señalar que la Unidad de Administración, las Unidades de Innovación en Pesca y en Acuicultura, así como las respectivas Oficinas Macro Regionales, deben realizar las acciones pertinentes para el adecuado monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines y metas para lo cual se otorgan las mencionadas subvenciones, de conformidad con lo dispuesto en la Resolución Ministerial N° 034-2021-PRODUCE, relacionado con el cumplimiento de la rendición de cuentas y evaluación del otorgamiento de subvenciones, que prevé informar de manera semestral al Titular del Pliego sobre los avances físicos y financieros de las metas para los cuales fueron entregados los recursos, así como los resultados alcanzados y los beneficios generados por el otorgamiento de las subvenciones autorizadas; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Supremo N° 396-2016-EF, Contrato de Préstamo N° 8692-PE entre el Gobierno del Perú y el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento – BIRF – Banco Mundial; Ley N° 31084, Ley que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el año fi scal 2021, Resolución Ministerial N° 198-2017-PRODUCE, Resolución Ministerial N° 346-2017-PRODUCE, y Resolución Ministerial N° 034-2021-PRODUCE; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el otorgamiento de subvenciones Autorizar el otorgamiento de subvenciones a favor de las Entidades Ejecutoras (personas jurídicas privadas), que ejecutan Subproyectos de Innovación en Pesca y en Acuicultura, derivados de los Concursos PNIPA 2018-2019 y 2020-2021, en las categorías de Subproyectos de Servicios de Extensión (SEREX), Subproyectos de Investigación Aplicada y Desarrollo Experimental (SIADE), Subproyectos de Fortalecimiento de Capacidades en Servicios de I&D+i (SFOCA) y Subproyectos de Investigación Adaptativa (SIA) en Pesca y en Acuicultura, señaladas en los cuadros del Anexo Único de la presente resolución, hasta por la suma de S/.1,999,858.11 (Un millón Novecientos noventa y nueve mil ochocientos cincuenta y ocho con 11/100 Soles), por fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios; en el marco del Contrato de Préstamo N° 8692-PE y de lo dispuesto por la Ley N° 31084, Ley que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021. Artículo 2.- Financiamiento Los otorgamientos de subvenciones autorizadas en el artículo 1 de la presente Resolución se atenderán con cargo al presupuesto aprobado en el presente Año Fiscal asignado a la Unidad Ejecutora 005: Programa Nacional de innovación en Pesca y Acuicultura, de las fuentes de fi nanciamiento indicadas. Artículo 3.- Limitación en el uso de los recursos Los recursos de las subvenciones autorizadas por el artículo 1 de la presente Resolución no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Monitoreo Las Unidades de Innovación en Pesca y de Innovación en Acuicultura, las Oficinas Macro Regionales y la Unidad de Administración deben realizar las acciones pertinentes para el adecuado monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines y metas para lo cual se otorgan las mencionadas subvenciones, en el marco de lo dispuesto por la Vigésima Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley N° 31084, Ley que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021. Asimismo, se dispone que la Unidad de Planificación y Presupuesto, Unidad de Administración y las Unidades Técnicas de Innovación en Pesca y en Acuicultura, y las Oficinas Macro Regionales, cumplan con informar de manera oportuna para el cumplimiento de la Resolución Ministerial N° 034-2021-PRODUCE, con relación al cumplimiento de la rendición de cuentas y evaluación del otorgamiento de subvenciones, que prevé informar de manera semestral al Titular Pliego sobre los avances físicos y financieros de las metas para los cuales fueron entregados los recursos; así como los resultados alcanzados y los beneficios generados por el otorgamiento de las subvenciones autorizadas. Artículo 5.- Acciones Administrativas La Dirección de Operaciones del Programa queda facultada para efectuar las acciones pertinentes para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución; asimismo, disponer que las Unidades de Planificación y Presupuesto, Administración y las Unidades Técnicas de Innovación en Pesca y en Acuicultura, y las Oficinas Macro Regionales, deben elaborar la relación de los beneficiarios de las subvenciones otorgadas, para remitir semestralmente al Ministerio de la Producción para la respectiva publicación en su Portal Institucional. Artículo 6.- Noti fi cación y Publicación Notifi car la presente Resolución a las Unidades y O fi cinas Macro Regionales – OMR del Programa, mediante correo electrónico o por otro medio que pudiera constar, asimismo disponer la publicación de la presente resolución en el Portal Institucional del PNIPA y en el diario o fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. DAVID ALFONSO RAMOS LÓPEZ Director Ejecutivo del Programa Nacional de Innovación en Pesca y Acuicultura 2011312-1