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8 NORMAS LEGALES Miércoles 17 de noviembre de 2021 El Peruano / Orgánica de Municipalidades, dispone la creación de Comisiones Sectoriales de Transferencia, presididas por un Viceministro del sector correspondiente; Que, mediante la Resolución Ministerial N° 144-2002-MINCETUR/DM modi fi cada por la Resolución Ministerial Nº 105-2005-MINCETUR/DM, se conformó la Comisión Sectorial de Transferencia del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, presidida por el/la Viceministro/a de Turismo del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; asimismo, mediante Resolución Ministerial Nº 102-2012-MINCETUR, se designó a la O fi cina General de Plani fi cación, Presupuesto y Desarrollo del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, como Secretaría Técnica de la citada Comisión; Que, según lo dispuesto por el artículo 33 de la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización, y el artículo 65 de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en el ámbito de la provincia de Lima las competencias y funciones reconocidas al gobierno regional son transferidas a la Municipalidad Metropolitana de Lima; Que, mediante Decreto Supremo N° 103-2011-PCM, se establecieron medidas para continuar las transferencias pendientes de funciones, fondos, programas, proyectos, empresas, activos y otros organismos a los Gobiernos Regionales y Locales, programados hasta el año 2010; Que, el artículo 63 de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece las funciones en materia de turismo, objeto de transferencia a la Municipalidad Metropolitana de Lima; Que, con Resolución Ministerial Nº 031-2021-MINCETUR, se aprueba el “Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del Año 2021 del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo”; Que, mediante el artículo 1 de la Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 012-2021-PCM/SD, se acredita a la Municipalidad Metropolitana de Lima para la transferencia de las funciones en materia de turismo, descritas en los literales a), b), c), d), e), f), g), h), i), j), l), m), n), o), p), q) y r) del artículo 63 de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales, en virtud de las conclusiones del Informe de Concordancia Nº 001-2020-PCM/SD-SSARL; Que, el numeral 4.20 del acápite 4 de la de la Directiva N° 007-2007-PCM/SD, “Normas para la Ejecución de la Transferencia del año 2007 al Régimen Especial de Lima Metropolitana, de las Funciones Sectoriales incluidas en los Planes Anuales de Transferencia”, aprobada por Resolución de Secretaría de Descentralización N° 032-2007-PCM/SD y modi fi cada por Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 399-2011-PCM/SD; señala que las Actas de Entrega y Recepción, son los documentos mediante el cual los titulares de Pliego de los Sectores y de la Municipalidad Metropolitana de Lima, o quienes éstos designen, efectivizan la transferencia de las funciones sectoriales y de los recursos presupuestales, infraestructura, personal, bienes y acervo documentario, vinculados a éstas y tiene efecto y fuerza legal; Que, la Comisión Sectorial de Transferencia del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo y la Comisión de Transferencia de la Municipalidad Metropolitana de Lima, en cumplimiento de la Directiva N° 007-2007-PCM/SD, “Normas para la ejecución de la transferencia del año 2007 al régimen especial de Lima Metropolitana, de las funciones sectoriales incluidas en los Planes Anuales de Transferencia”, aprobada mediante Resolución de Secretaría de Descentralización N° 032-2007-PCM/SD y modi fi cada con Resolución de Secretaría de Descentralización N° 399-2011-PCM/SD, y del Esquema del Plan de Acción Sectorial para la transferencia de funciones sectoriales a la Municipalidad Metropolitana de Lima, aprobado mediante Resolución de Secretaría de Descentralización N° 401-2011-PCM/SD, mediante sus respectivos representantes, han suscrito y visado el Acta de Entrega y Recepción de funciones sectoriales del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo a la Municipalidad Metropolitana de Lima, en materia de turismo”, así como las Actas Sustentarorias Nº 1 al Nº 5, e Informe Final; de acuerdo al procedimiento de transferencia de funciones sectoriales, según la Directiva emitida por la Secretaría de Descentralización, antes mencionada;Que, corresponde emitir la Resolución Ministerial para comunicar que se está dando por concluida la transferencia de funciones sectoriales en materia de turismo, comprendidas en los literales a), b), c), d), e), f), g), h), i), j), l), m), n), o), p), q) y r) del artículo 63 de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, a la Municipalidad Metropolitana de Lima; de conformidad con el literal g) del numeral 5.2.9 del acápite 5 de la Directiva Nº 007-2007-PCM/SD “Normas para la Ejecución de la Transferencia del año 2007 al Régimen Especial de Lima Metropolitana, de las Funciones Sectoriales incluidas en los Planes Anuales de Transferencia”, aprobada por Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 032-2007-PCM/SD y modi fi cada por Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 399-2011-PCM/SD; De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; la Ley N° 27783, Ley de Bases de la Descentralización; la Ley N° 27867, Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales; y, la Directiva N° 007-2007-PCM/SD, “Normas para la Ejecución de la Transferencia del año 2007 al Régimen Especial de Lima Metropolitana, de las Funciones Sectoriales incluidas en los Planes Anuales de Transferencia”, aprobada por Resolución de Secretaría de Descentralización N° 032-2007-PCM/SD; SE RESUELVE: Artículo 1.- Conclusión del proceso de transferencia Declarar concluido el proceso de transferencia de funciones sectoriales en materia de turismo, comprendidas en los literales a), b), c), d), e), f), g), h), i), j), l), m), n), o), p), q) y r) del artículo 63 de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, a la Municipalidad Metropolitana de Lima. Artículo 2.- Ejercicio de las funciones e) y m) del artículo 63 de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales Disponer que el ejercicio pleno de las funciones establecidas en los literales e) y m) del artículo 63 de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales; se hará efectivo al día siguiente de la publicación de la Ordenanza que apruebe la modi fi cación del Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad Metropolitana de Lima por la cual se incorpore los procedimientos administrativos vinculados a los prestadores de servicios turísticos; Artículo 3.- Suscripción de Actas Sustentatorias Complementarias Disponer la suscripción de Actas Sustentatorias Complementarias por las cuales se actualicen la identi fi cación de los recursos asociados a las funciones establecidas en los literales e) y m) del artículo 63 de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales; a la fecha en que se apruebe la modi fi cación del Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad Metropolitana de Lima, a la cual hace referencia el artículo anterior. Artículo 4.- Precisiones sobre las funciones de autorización y supervisión de la actividad de explotación de juegos de casino y máquinas tragamonedas La transferencia a la Municipalidad Metropolitana de Lima de las funciones establecidas en los literales e) y m) del artículo 63 de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales; no comprende las funciones de autorización y supervisión de la actividad de explotación de juegos de casino y máquinas tragamonedas, la cual es una función exclusiva del MINCETUR. Artículo 5.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario O fi cial “El Peruano” y, en la misma fecha, en el Portal Web Institucional del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (www.gob.pe/mincetur). Regístrese, comuníquese y publíquese.ROBERTO SÁNCHEZ PALOMINO Ministro de Comercio Exterior y Turismo 2012055-1